Acuerdos 016-2017. Acuerdo 016-2017 - Deléguense Facultades a las Siguientes Personas: Subsecretario de Transporte Aéreo

Número de Boletín980
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Transporte y Obras Públicas
10 – Viernes 7 de abril de 2017 Registro Of‌i cial Nº 980
PUBLÍQUESE Y COMUNIQÚESE.- En la ciudad de
Quito, Distrito Metropolitano, a 09 de marzo de 2017.
f.) Ing. Boris Córdova González, Ministro de Transporte
y Obras Públicas.
No. 016-2017
Ing. Boris Córdova González
MINISTRO DE TRANSPORTE
Y OBRAS PÚBLICAS
Considerando:
Que, el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador, establece que a los Ministros
y Ministras de Estado, les corresponde “(...) ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión”;
Que, el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, establece
que “los Ministros de Estado son competentes para el
despacho de todos los asuntos Inherentes a sus ministerios
sin necesidad de autorización alguna del Presidente de la
República (...)”;
Que, de acuerdo a lo previsto en los artículos 35 de
y Prestación de Servicios Públicos por parte de la
Iniciativa Privada, y 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, el Ministro
de Transporte y Obras Públicas se encuentra facultado
para delegar sus atribuciones a los funcionarios de la
institución que representa, cuando lo estime conveniente;
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 6 numeral 9
Pública; y, 4 su Reglamento de Aplicación, el señor
Ministro de Transporte y Obras Públicas se encuentra
facultado para delegar sus atribuciones a los funcionarios
de la institución que representa, cuando lo estime
conveniente
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 1192 de 22 de
septiembre de 2016, el Economista Rafael Correa
Delgado, Presidente Constitucional de la República,
nombra al Ingeniero Boris Sebastián Córdova González
como Ministro de Transporte y Obras Públicas; y,
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 156 de 20 de
noviembre de 2013, el Presidente de la República dispuso
la reorganización del Consejo Nacional de Aviación Civil
y de la Dirección General de Aviación Civil;
Que, de acuerdo al artículo 2 del antedicho Decreto, el
Consejo Nacional de Aviación Civil está conformado
por a) El representante designado por el Presidente
de la República, que para el efecto será el Ministro de
Transporte y Obras Públicas, quien lo presidirá; b) El
Ministro de Turismo; y, c) El Ministro de Comercio
Exterior;
Que, según el numeral 2.3 del Estatuto por Procesos del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas contenido en el
Acuerdo Ministerial No. 36 publicado en el Suplemento
No. 93 del Registro Oficial de 30 de noviembre de 2010, le
corresponde a la Subsecretaría de Transporte Aeronáutico
Civil coordinar con las competentes instituciones la
planificación, regulación y control del transporte aéreo
y del sistema aeroportuario en el territorio ecuatoriano,
asegurando el cumplimiento de los objetivos y prioridades
definidos en los planes, programas y proyectos que se
encuentran bajo su responsabilidad en el marco de leyes,
políticas, regulaciones y normas vigentes nacionales e
internacionales; y,
En uso de las atribuciones que le confiere el numeral
y el artículo 17 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva.
Acuerda:
Art. 1.- Delegar al Subsecretario de Transporte Aéreo,
para que en nombre y representación del Ministro de
Transporte y Obras Públicas, integre el Consejo Nacional
de Aviación Civil, en calidad de Presidente, con las
atribuciones, obligaciones y responsabilidades previstas
en la Ley de Aviación Civil, el Decreto Ejecutivo No. 156
de 20 de noviembre de 2013 y demás normas aplicables.
Art. 2.- El Subsecretario de Transporte Aéreo, podrá
realizar todos los actos necesarios para cumplir con la
presente delegación; y será responsable administrativa,
civil y penalmente por los actos realizados en ejercicio
de esta delegación.
Art. 3.- Encárguese de la ejecución de este Acuerdo al
Subsecretario de Transporte Aéreo y al Director General
de Aviación Civil.
DISPOSICIÓN GENERAL ÚNICA.- Derogar el
Acuerdo Ministerial 049-2016 de 20 de octubre de 2016.
Déjese sin efecto cualquier otra disposición de igual
o menos jerarquía que contravenga lo previsto en el
presente Acuerdo.
El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de la
presente fecha sin perjuicio de su publicación en el
Registro Oficial.
PÚBLÍQUESE Y COMUNIQÚESE, dado en la ciudad
de San Francisco de Quito, Distrito Metropolitano, a 15
de marzo de 2017.
f.) Ing. Boris Córdova González, Ministro de Transporte y
Obras Públicas.

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