Resolución RE-2016-035 - Deléguense facultades a varios funcionarios: Ingeniero Cristhian Xavier Benalcázar Orosco, Coordinador de Gestión de Control Técnico de Transporte y Almacenamiento de Derivados del Petróleo (E)
Fecha de disposición | 23 Febrero 2017 |
Fecha de publicación | 23 Febrero 2017 |
Número de registro | RE-2016-035 |
Número de Gaceta | 851-Primer Suplemento |
Jueves 23 de febrero de 2017 – 19Registro Ofi cial Nº 951 – Suplemento
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 05 de diciembre
de 2016.
f.) Ing. Raúl Darío Baldeón López, Director Ejecutivo,
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero.
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURÍFERO.- Es fi el copia del original.- Lo
certifi co.- f.) Patricia Iglesias, Centro de Documentación.-
Quito, 26 de enero de 2017.
Nro. RE-2016-035
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURÍFERO
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del
Ecuador publicada en el Registro Ofi cial Nro. 449 de fecha
20 de octubre de 2008, determina que: “Las Instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les serán atribuidas en la Constitución
y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus fi nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos, reformado
por la Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la
Ley de Régimen Tributario Interno, publicada en el Registro
Ofi cial Nro. 244 de 27 de julio del 2010, dispone la creación
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
como organismo técnico–administrativo encargado de
regular, controlar y fi scalizar las actividades técnicas
y operacionales en las diferentes fases de la industria
hidrocarburífera;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 35
de la Ley de Modernización del Estado, Privatización y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada publicada en el Registro Ofi cial Nro. 349 de fecha
31 de diciembre de 1993, y el artículo 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
publicado en el Registro Ofi cial Nro 536 de fecha 18 de
marzo de 2002, el Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero, se encuentra
legalmente facultado para delegar sus atribuciones a los
funcionarios u órganos de inferior jerarquía de la institución
cuando así lo estime conveniente;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MH-DM-
2015-0009-AM de 13 de abril de 2015, el Ministro de
Hidrocarburos, acuerda expedir el Estatuto Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero, ARCH, publicado
en la Edición Especial Nro. 321 del Registro Ofi cial de
fecha 20 de mayo de 2015;
Que, es competencia del Proceso de Gestión de Control
Técnico de Transporte y Almacenamiento de Derivados del
Petróleo como gestión interna de la Dirección de Control
Técnico de Combustibles, ejercer el control sobre el
transporte y almacenamiento de Hidrocarburos, conforme
lo dispuesto en la Ley de Hidrocarburos y la reglamentación
aplicable, observando para el efecto el ámbito de acción
y productos señalados en el número 11.2.5 del Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la
Agenda de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH);
Que, mediante Resolución Nro. 005-2016-DIRECTORIO-
ARCH de 03 de mayo del 2016, se designa al Ing. Raúl Darío
Baldeón López como Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH);
Que, es necesario racionalizar y desconcentrar la gestión
administrativa de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero en general y del Director Ejecutivo de
la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero en
especial, a fi n de proveer de mayor agilidad al despacho de
las labores inherentes a la institución; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confi ere el artículo
35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones
y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada, en concordancia con el artículo 55 y 98 del
Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva,
Resuelve:
Art. 1.- Delegar al Ing. Cristhian Xavier Benalcázar
Orosco, como Coordinador de Gestión de Control
Técnico de Transporte y Almacenamiento de Derivados
del Petróleo (E), para que a nombre y representación
del Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y
Control Hidrocarburífero (ARCH) ejerza a más de las
que constan en el número 11.2.5 del Estatuto Orgánico de
Gestión Organizacional por procesos de la ARCH en lo
referente a la Gestión de Control Técnico de Transporte y
Almacenamiento de Derivados del Petróleo, las siguientes
funciones:
a) Otorgar certifi cados de afectaciones y no afectaciones
al derecho de vía de acuerdo a la normativa aplicable.
b) Autorizar cruces transversales de acuerdo a la normativa
aplicable.
c) Suscribir resoluciones de aprobación de uso de tablas de
calibración de tanques de almacenamiento de derivados
de petróleo, GLP y gas natural.
d) Suscribir resoluciones de autorización de operación y
registro de tanques de almacenamiento de derivados
del petróleo o derivados del petróleo y sus mezclas con
biocombustibles, gas licuado de petróleo (GLP) o gas
natural.
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