Resolución RE-2016-039 - Deléguense funciones a las siguientes personas: Doctora Silvia María Arias García, Abogada de la ARCH
Fecha de disposición | 03 Marzo 2017 |
Fecha de publicación | 03 Marzo 2017 |
Número de registro | RE-2016-039 |
Número de Gaceta | 955 |
34 – Viernes 3 de marzo de 2017 Registro Ofi cial Nº 955
Hidrocarburos y la reglamentación aplicable, observando
para el efecto el ámbito de acción y productos señalados
en el artículo 11 del numeral 11.2.5 del Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por Procesos de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero;
Que, es necesario racionalizar y desconcentrar la gestión
administrativa de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero en general y del Director Ejecutivo de
la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero en
especial, a fi n de proveer de mayor agilidad al despacho
de las labores inherentes a la institución; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confi ere el artículo
35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones
y Prestación de Servicios Públicos por parte de la
Iniciativa Privada, en concordancia con el artículo 55
del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la
Función Ejecutiva,
Resuelve:
Art. 1.- Delegar a la Ing. Fabiola Cecilia Velásquez Chica,
en calidad de Coordinadora de Gestión de Control Técnico
de la Comercialización de Gas Licuado de Petróleo y
Gas Natural (E) para que a nombre y representación del
Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero (ARCH) ejerza a más de las que constan
en el número 11.2.5 del Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la ARCH en lo referente
a la Gestión de Control Técnico de la Comercialización
de Gas Licuado de Petróleo y Gas Natural, las siguientes
funciones:
a) Realizar el registro de instalaciones centralizadas de
GLP en el catastro.
b) Emitir la modifi cación de la autorización de operación
y registro de centros de acopio o depósitos de
distribución, cambio de comercializadora o de
propietario, desvinculación o vinculación a otra
comercializadora; una vez cumplidos los requisitos
por parte de los sujetos de control.
c) Suscribir ofi cios y/o comunicaciones que deban
elaborarse para solicitar información o documentación
complementaria, a fi n de agilizar los trámites
de aprobación de solicitudes, así como aquellos
relacionados con la gestión de control y fi scalización
en el ámbito de su jurisdicción administrativa.
c) Suscribir ofi cios de atención de requerimientos de
información y/o envío de información a instituciones
judiciales, públicas y privadas inherentes al ámbito de
su competencia en coordinación con el Director de la
ARCH.
d) Realizar todos o cada uno de las funciones arriba
delegadas en el ámbito nacional cuando una
emergencia o urgencia así lo demanden para evitar
repercusiones en las operaciones Hidrocarburíferas de
su competencia.
Art. 2.- La Ing. Fabiola Cecilia Velásquez Chica,
responderá administrativamente ante el Director Ejecutivo
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero,
personal, civil y penalmente ante las autoridades
competentes por los actos realizados en ejercicio de la
presente delegación.
Art. 3.- La Ing. Fabiola Cecilia Velásquez Chica, informará
por escrito cuando el Director Ejecutivo de la Agencia
de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH) así
lo requiera, de las acciones tomadas en ejercicio de la
presente delegación.
Art. 4.- En el contenido de los documentos a los que se
refi ere el artículo 1 de la presente Resolución, deberá
hacerse constar el siguiente texto:
“Suscribo el presente (Tipo de documento) en virtud de la
Delegación otorgada mediante Resolución (Señalar Nro.
y fecha de la delegación), por el Ing. Raúl Darío Balden
López, en su calidad de Director Ejecutivo de la Agencia
de Regulación y Control Hidrocarburífero.”
Art. 5.- La presente Resolución quedará extinguida ipso
iure al retornar el titular a la Coordinación de Gestión de
Control Técnico de la Comercialización de Gas Licuado
de Petróleo y Gas Natural.
Art. 6.- Esta Resolución entrara en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Ofi cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 07 de diciembre
de 2017.
f.) Ing. Raúl Darío Baldeón López, Director Ejecutivo,
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero,
ARCH.
ARCH.- AGENCIA DE REGULACIÓN Y CON-
TROL HIDROCARBURÍFERO.- Es fi el copia del
original.- Lo certifi co.- f.) Patricia Iglesias, Centro de
Documentación.- Quito, 26 de enero de 2017.
No. RE-2016-039
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURÍFERO
Considerando:
Ecuador publicada en el Registro Ofi cial No. 449 de fecha
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