Resoluciones. Deléguese Atribuciones A Las Siguientes Personas: Re-2018-036 Ingeniero José Ignacio Franco Magallanes, Como Director De Control Técnico De Combustibles
Número de Boletín | 236 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero |
8 – Martes 8 de mayo de 2018 Registro Ofi cial Nº 236
Art. 2.- El Colegio Médico de Orellana deberá cumplir
con todas las obligaciones previstas en el Reglamento
para el otorgamiento de personalidad jurídica a las
organizaciones sociales expedido mediante Decreto
Ejecutivo No. 193 publicado en Registro Ofi cial Suplemento
No. 109 de 27 de octubre de 2017.
Disposición Final Única.- El presente Acuerdo
Ministerial, entrará en vigencia a partir de su suscripción,
sin perjuicio de su publicación en el Registro Ofi cial.
Dado en la ciudad de Quito, a 17 de abril de 2018.
f.) Dr. Carlos Durán Salinas, Viceministro de Gobernanza y
Vigilancia de la Salud.
Es fi el copia del documento que consta en el Archivo de la
Dirección Nacional de Secretaría General al que me remito
en caso necesario. Lo certifi co en Quito a, 22 de abril de
2018.- f.) Ilegible, Secretaria General, Ministerio de Salud
Pública.
No. RE-2018-036
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURÍFERO
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador determina que: “Las Instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les serán atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
fi nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos, reformado
por la Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y
a la Ley de Régimen Tributario Interno, publicado en el
Registro Ofi cial No. 244 de 7 de julio de 2010, dispone
la creación de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero (ARCH) como organismo técnico -
administrativo encargado de regular, controlar y fi scalizar
las actividades técnicas y operacionales en las diferentes
fases de la industria Hidrocarburífera;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 35
de la Ley de Modernización del Estado, Privatización y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada y el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva, el Director
Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero, se encuentra legalmente facultado para
delegar sus atribuciones a los funcionarios u órganos de
inferior jerarquía de la institución cuando así lo estime
conveniente;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. MH-DM-2015-
009-AM de 13 de abril de 2015, publicado en la Edición
Especial del Registro Ofi cial No. 321 de 20 de mayo de
2015, el Ministro de Hidrocarburos, expide el Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de
la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero,
ARCH;
Que, mediante Resolución No. 005-2016-DIRECTORIO-
ARCH de 03 de mayo del 2016, se designa al Ing. Raúl Darío
Baldeón López como Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH);
Que, mediante Acción de Personal No. DAF-GTH-184, de
13 de marzo del 2017, se otorga el nombramiento de libre
remoción al Ingeniero José Ignacio Franco Magallanes
como Director de Control Técnico de Combustibles;
Que, mediante Resolución No. 004-001-DIRECTORIO-
ARCH-2015, se expide el Reglamento para Autorización
de las Actividades de Comercialización de Gas Licuado
de Petróleo, en cuyo artículo 22, confi ere la facultad al
Director Ejecutivo de la ARCH, para otorgar autorizaciones
de operación y registro de plantas de abastecimiento o
almacenamiento y envasado;
Que, es necesario racionalizar y desconcentrar la gestión
administrativa de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero en general y del Director Ejecutivo de
la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero en
especial, a fi n de proveer de mayor agilidad al despacho de
las labores inherentes a dicha institución; y,
Que, En ejercicio de las atribuciones que le confi ere
el artículo 35 de la Ley de Modernización del Estado,
Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte
de la Iniciativa Privada, en concordancia con el artículo
55 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la
Función Ejecutiva,
Resuelve:
Art. 1.- Delegar al Ing. José Ignacio Franco Magallanes,
como Director de Control Técnico de Combustibles, para
que a nombre y representación del Director Ejecutivo de la
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero ejerza a
más de las contempladas en el Numero 11.2.5 del Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por procesos de la
ARCH, las siguientes funciones:
a. Suscribir dentro del ámbito de su jurisdicción,
las Resoluciones motivadas de autorización de
factibilidad para la implantación de nuevos depósitos
de distribución, centros de acopio de GLP y de centros
de distribución de combustibles líquidos derivados
de los hidrocarburos de acuerdo al procedimiento y
disposiciones aprobadas por el Director de la Agencia
de Regulación y Control Hidrocarburífero;
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