Acuerdos 8009. Desígnense en calidad de funcionarios adscritos a la Agregaduría de la Policía Nacional del Ecuador en Colombia a los señores: Mayor de Policía Proaño Carrion Álvaro Patricio, Oficial de Enlace y otros

SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Interior
12 – Martes 7 de febrero de 2017 Registro Of‌i cial Nº 939
Talento Humano emitió dictamen favorable para conceder
comisión de servicios con remuneración, por viaje al
exterior, del Cap. Esteban Guzmán Pepinos, Jefe de
Seguridad del Viceministerio de Seguridad Interna; y, Ab.
Diego Fuentes Acosta, Viceministro de Seguridad Interna;
y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el numeral
Acuerda:
Art. 1.- Legalizar la comisión de servicios con
remuneración por viaje al exterior, del Cap. Esteban
Guzmán Pepinos, Jefe de Seguridad del Viceministerio
de Seguridad Interna; y, Ab. Diego Fuentes Acosta,
entonces Viceministro de Seguridad Interna, el mismo
que participó como delegado de esta Cartera de Estado,
en la 85 reunión de la Asamblea General de INTERPOL,
celebrada en Bali Indonesia, del 04 al 12 de noviembre
de 2016, considerando el tiempo adicional requerido por
razones de logística.
Art. 2.- Los servidores indicados, deberán presentar el
informe ejecutivo concreto y específ‌i co de la comisión
de servicios al exterior, al Sistema de Información para la
Gobernabilidad Democrática -SIGOB de la Presidencia de
la República.
Art. 3.- Los gastos que demandó este desplazamiento,
serán legalizados del presupuesto del Ministerio del
Interior.
Art. 4.- E1 presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia a partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en el Distrito Metropolitano de Quito, 14 de
diciembre de 2016.
f.) Diego Xavier Fuentes Acosta, Ministro del Interior (E).
MINISTERIO DEL INTERIOR.- Certif‌i co que el
presente documento es f‌i el copia del original que reposa
en el archivo de la Dirección de Secretaría General de este
Ministerio al cual me remito en caso necesario.- Quito a 12
de enero de 2017.- f.) Ilegible, Secretaría General.
No. 8009
Diego Xavier Fuentes Acosta
MINISTRO DEL INTERIOR (E)
Considerando:
establece que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional
son instituciones de protección de los derechos, libertades
y garantías de los ciudadanos. Señala que la protección
interna y el mantenimiento del orden público son funciones
privativas del Estado y responsabilidad de la Policía
Nacional. Dispone además que las servidoras y servidores
de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional se formarán
bajo los fundamentos de la democracia y de los derechos
humanos, y respetarán la dignidad y los derechos de las
personas sin discriminación alguna y con apego irrestricto
al ordenamiento jurídico;
Que, el artículo 163 de la Carta Magna en concordancia
con el artículo 2 de la Ley Orgánica de la Policía Nacional,
determina que la Policía Nacional es una institución
estatal de carácter civil, armada, técnica, jerarquizada,
disciplinada, profesional y altamente especializada, cuya
misión es atender la seguridad ciudadana, el orden público
y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad
de las personas dentro del territorio nacional;
establece que la Administración Pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige, entre otros, por
los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia, transparencia y
evaluación;
Que, de conformidad con el artículo 416 de la Norma
Suprema, las relaciones del Ecuador con la comunidad
internacional responderán a los intereses del pueblo
ecuatoriano y en consecuencia proclama la independencia
e igualdad jurídica de los Estados, la convivencia pacíf‌i ca
y la autodeterminación de los pueblos, así como la
cooperación, la integración y la solidaridad;
Que, el artículo 13 de la Ley Orgánica de la Policía
Nacional establece como funciones del Ministro del
Interior: “e) Expedir el Acuerdo de nombramientos de los
agregados policiales, of‌i ciales adjuntos y demás personal
designado por el Comandante General, previa resolución
de los respectivos consejos”;
Nacional señala que los agregados policiales, policiales
adjuntos y personal auxiliar serán nombrados por el
Comandante General en los grados de Coronel, Mayor y
Sargento Primero respectivamente, previa Resolución de
los correspondientes Consejos y se legalizarán mediante
Acuerdo Ministerial, sus nombramientos se comunicarán
al Ministerio de Relaciones Exteriores, durarán en sus
funciones un ario improrrogable y lo ejercerán por una
sola vez durante su vida profesional;
Que, el artículo 4 del Reglamento del Consejo de
Generales de la Policía Nacional señala que son
atribuciones y deberes del Consejo de Of‌i ciales Generales
de la Policía Nacional: “d.- Calif‌i car la conducta moral
y profesional de los Of‌i ciales Generales y Superiores,
previa la elaboración de la terna, para el nombramiento
de Agregados Policiales, Adjuntos y Representantes
Policiales ante Organismos Internacionales”;
Que, el artículo 6 del Reglamento de Calif‌i cación
y Designación de Agregados Policiales, Adjuntos,

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