Acuerdos 18 068. Desígnese al señor Juan Francisco Ballén Mancero, Coordinador General de Servicios para la Producción, actué en representación de la señora Ministra ante la Comisión Estratégica de Marcas

Número de Boletín265
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
Martes 19 de junio de 2018 – 5Registro Of‌i cial Nº 265
Que la Ley Orgánica del Servicio Público publicada en
el Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 294 de 6
de octubre de 2010 en su artículo 4, menciona que serán
servidoras o servidores públicos todas las personas que
en cualquier forma o a cualquier título trabajen, presten
servicios o ejerzan un cargo, función o dignidad dentro del
sector público;
Que la Ley antecedente en su artículo 16, menciona
que para desempeñar un puesto público se requiere
de nombramiento o contrato legalmente expedido por
la respectiva autoridad nominadora. El término para
posesionarse del cargo público será de quince días,
contados a partir de la notif‌i cación y en caso de no hacerlo
caducarán;
Que el artículo 16 del Reglamento General a la Ley
Orgánica de Servicio Público, publicado en el Suplemento
del Registro Of‌i cial No. 418 de 1 de abril de 2011, dispone
que se debe entender por nombramiento el acto unilateral
del poder público expedido por autoridad competente
o autoridad nominadora mediante la expedición de un
decreto, acuerdo, resolución, acta o acción de personal,
que otorga capacidad para el ejercicio de un puesto en el
servicio público;
Que mediante Memorando MEF-CGAF-2018-0280-M,
del 28 de mayo de 2018 el Coordinador General
Administrativo Financiero solicita a esta Coordinación
General Jurídica elaboren los acuerdos de nombramientos
para los Viceministros de Economía y Finanzas;
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i eren los
Ecuador, 4,16 de la Ley Orgánica del Servicio Público, y;
16 del Reglamento General a la Ley invocada.
Acuerda:
Art. 1.- Nombrar como Viceministro de Finanzas al Mgs.
Fabián Aníbal Carrillo Jaramillo a partir del primero de
junio de 2018.
Art. 2.- El presente Acuerdo Ministerial entrará en
vigencia partir de su suscripción, sin perjuicio de su
publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado, en el Distrito Metropolitano de la ciudad de San
Francisco de Quito, a 01 de junio de 2018.
f.) Econ. Richard Martínez Alvarado, Ministro de Economía
y Finanzas.
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS.- Es f‌i el
copia del original.- f.) Ilegible.- 2 fojas.- 04 de junio de
2018.
Nro. 18 068
Eva García Fabre
MINISTRA DE INDUSTRIAS Y PRODUCTIVIDAD
Considerando:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
154, numeral 1, de la Constitución de la República, a
las ministras y ministros de Estado les corresponde
dirigir la política del Ministerio a su cargo y expedir las
normas, acuerdos y resoluciones que requiera la gestión
ministerial.
del Estado, los ministros pueden delegar sus atribuciones
cuando la conveniencia institucional así lo requiera.
Que, el artículo 17, segundo inciso, del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función
Ejecutiva, ERJAFE, señala que: “Los Ministros de Estado,
dentro de la esfera de su competencia, podrán delegar sus
atribuciones y deberes al funcionario inferior jerárquico de
sus respectivos Ministerios, cuando se ausenten en comisión
de servicios al exterior o cuando lo estimen conveniente,
siempre y cuando las delegaciones que concedan no afecten
a la buena marcha del Despacho Ministerial, todo ello sin
perjuicio de las funciones, atribuciones y obligaciones que
de acuerdo con las leyes y reglamentos tenga el funcionario
delegado. Las delegaciones ministeriales a las que se ref‌i ere
este artículo serán otorgadas por los Ministros de Estado
mediante acuerdo ministerial, el mismo que será puesto en
conocimiento del Secretario General de la Administración
Pública Central e Institucional, serán delegables en las
autoridades u órganos de inferior jerarquía, excepto las
que se encuentren prohibidas por la Ley o por Decreto. La
delegación será publicada en el Registro Of‌i cial”.
Que, el artículo 57 del mismo Estatuto citado dice: “La
delegación podrá ser revocada en cualquier momento por
el órgano que la haya conferido y se extinguirá, en el caso
de asuntos únicos, cuando se haya cumplido el acto cuya
expedición o ejecución se delegó.
Que, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 8 de 24 de mayo
de 2017, el Licenciado Lenin Moreno Garcés Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, designó a la
economista Eva García Fabre, como Ministra de Industrias
y Productividad.
Que, el artículo del Decreto Ejecutivo No 64, de fecha 06
de julio de 2017, dispone: “En el artículo 2 del Decreto
Ejecutivo 706, publicado en el Registro Of‌i cial 422 de 7 de
abril de 2011, que crea la Comisión Estratégica de Marcas,
sustitúyase los numerales 2 y 4 que dicen: “2. Secretario
Nacional de la Administración Pública;” y “4. Ministerio
Coordinador de la Producción Empleo y Competitividad;
y””, por los siguientes: “2. Secretario General de la
Presidencia, o su delegado” y “4. Ministro de Industrias y
Productividad o su delegado; y””.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y
legales,
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