Resoluciones. DGAC-DGAC-2021-0011-R Expídese el Estatuto Orgánico Sustitutivo de Gestión Organizacional por Procesos

Número de Boletín393
SecciónResoluciones
EmisorDirección General de Aviación Civil
Jueves 18 de febrero de 2021 Suplemento Nº 393 - Registro Ocial
2
Resolución Nro. DGAC-DGAC-2021-0011-R
Quito, D.M., 01 de febrero de 2021
DIRECCIÓN GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
EL DIRECTOR GENERAL DE AVIACIÓN CIVIL
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador, dispone: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una
potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y
la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de la misma Constitución, determina: "La administración pública constituye un servicio a
la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.”;
Que, el artículo 394 de la norma suprema textualmente dice: "El Estado garantizará la libertad de transporte
terrestre, aéreo, marítimo y fluvial dentro del territorio nacional, sin privilegios de ninguna naturaleza. (). El
Estado regulará el transporte terrestre, aéreo y acuático y las actividades aeroportuarias y portuarias.";
Que, mediante Decreto Supremo No. 1693 de fecha 9 de agosto de 1946, publicado en el Registro Oficial No.
671 de 28 de agosto de 1946, se creó la Dirección General de la Aviación Civil;
Que, posteriormente y ante la necesidad de actualizar las normas que rigen la actividad aeronáutica, mediante
Codificación 2006-016 del Congreso Nacional, resolvió aprobar la Codificación de la Ley de Aviación Civil,
publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 435 de 11 de enero del 2007, misma que fue reformada el
02 de julio de 2019, y publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 521;
Que, el artículo 5 de la Codificación de la Ley de Aviación Civil, establece: "La Dirección General de Aviación
Civil es una entidad autónoma de derecho público, con personería jurídica y fondos propios, con sede en el
Distrito Metropolitano de Quito. ()";
Que, el artículo 1 de la Codificación del Código Aeronáutico, prescribe: "La aeronáutica civil en la República
del Ecuador se rige por la Constitución Política de la República, los tratados y convenios internacionales
ratificados por la República del Ecuador, así como por este Código, sus leyes especiales y reglamentos.- En los
casos no previstos en este Código, se aplicarán las demás leyes de la República y los principios generales del
Derecho Aeronáutico.";
Que, mediante Resolución No. SENRES-PROC-2006-0000046, publicada en el Registro Oficial No. 251, de 17
de abril de 2006, el Secretario Nacional Técnico de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del
Sector Público emitió la Norma Técnica de Diseño de Reglamentos o Estatutos Orgánicos de Gestión
Organizacional por Procesos;
Que, mediante Resolución No. 029/2010 de 03 de marzo de 2010, se expidió el Reglamento Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos de la Dirección General de Aviación Civil, publicado en la Edición
Especial No. 32 del Registro Oficial de 16 de marzo de 2010;
Que, con Resolución No. 238/2010 de 30 de agosto de 2010, se reformó el mencionado Reglamento Orgánico
de Gestión Organizacional por Procesos de la Dirección General de Aviación Civil, en el que incluyeron los
puestos directivos denominados: “Director de Secretaria General” y “Director de Relaciones Internacionales”;
1/55
* Documento firmado electrónicamente por Quipux
Jueves 18 de febrero de 2021Registro Ocial - Suplemento Nº 393
3
Resolución Nro. DGAC-DGAC-2021-0011-R
Quito, D.M., 01 de febrero de 2021
Que, mediante Resolución No. 365/2013 de 10 de octubre de 2013, se reformó el Reglamento Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos de la DGAC, con el propósito de jerarquizar las unidades de Auditoría
Interna y de Comunicación Social a nivel de Direcciones;
Que, con Resolución No. 281/2015 de 28 de octubre de 2015, se reformó el Reglamento Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la entidad, para implementar la estandarización de los procesos y homologación
de las atribuciones y productos de la gestión de Comunicación Social;
Que, los literales a) y b) del artículo 51 de la Ley Orgánica de Servicio Público (LOSEP), disponen que es
competencia del Ministerio de Trabajo: “Ejercer la rectoría en materia de remuneraciones del sector público, y
expedir las normas técnicas correspondientes en materia de recursos humanos, conforme lo determinado en
esta ley; y, “Proponer las políticas de Estado y de Gobierno, relacionadas con la administración de recursos
humanos del sector público”;
Que, de conformidad con lo preceptuado en la parte final del artículo 112 del Reglamento de la LOSEP: "()
El Ministerio de Trabajo, es el ente rector en materia de elaboración y aprobación de matriz de competencias,
modelo de gestión, diseño, rediseño e implementación de estructuras organizacionales y aprobación de
estatutos orgánicos en las entidades de la Administración Pública Central, Institucional y que dependen de la
Función Ejecutiva.";
Que, la DGAC requirió de una reforma a la estructura organizacional compatible con la naturaleza y
especialización de la misión consagrada en su base constitutiva, que contemple principios de organización, de
gestión institucional eficiente, eficaz, efectiva y conforme a la normativa vigente;
Que, con oficio No. MTOP-MTOP-19-629-OF de 25 de septiembre de 2019, el Ministro de Transporte y Obras
Públicas (MTOP), validó la Matriz de Competencias de la Dirección General de Aviación Civil;
Que, con oficio No. STPE-2019-0593-OF de12 de diciembre de 2019, la Secretaría Técnica de Planificación
“Planifica Ecuador”, emitió el informe de pertinencia del Análisis de Presencia Institucional en el Territorio
dentro del proceso de desconcentración de la Administración Pública Central de la Dirección General de
Aviación Civil, a fin de continuar con el proceso de reforma institucional;
Que, con oficio No. MTOP-MTOP-20-390-OF de 17 de abril de 2020, el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas (MTOP), solicitó el análisis y validación al proyecto de reforma del Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos de la Dirección General de Aviación Civil (DGAC);
Que, mediante oficio No. MDT-SFSP-2020-0744 de 03 de mayo de 2020, la Subsecretaria de Fortalecimiento
del Servicio Público del Ministerio del Trabajo remitió la información del proyecto de resolución y lista de
asignaciones para el Rediseño e Implementación de la Estructura Institucional de la Dirección General de
Aviación Civil (DGAC) para la creación de tres (03) puestos, supresión de cinco (05) puestos y clasificación y
cambio de denominación de siete (07) puestos, todos correspondientes al nivel jerárquico superior y solicitó el
dictamen presupuestario;
Que, con oficio No. MEF-VGF-2020-0344-O de 15 de mayo de 2020, el Ministerio de Economía y Finanzas,
emitió dictamen presupuestario favorable para el diseño/rediseño de la Estructura Institucional, al Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos y a la valoración de puestos del Nivel Jerárquico Superior de
la Dirección General de Aviación Civil;
Que, mediante Informe Técnico No. MDT-INF-DADO-2020-0215-I de 18 de mayo de 2020, la Dirección de
Análisis y Diseño Organizacional (DADO) emitió informe de pertinencia para la aprobación a la validación
técnica para el rediseño de Estructura Organizacional, proyecto de Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos, Resolución para la clasificación y cambio de denominación de siete (07) puestos, creación de tres
(3) puestos y supresión de cinco (05) puestos del Nivel Jerárquico Superior de la Dirección General de Aviación
2/55
* Documento firmado electrónicamente por Quipux
Jueves 18 de febrero de 2021 Suplemento Nº 393 - Registro Ocial
4
Resolución Nro. DGAC-DGAC-2021-0011-R
Quito, D.M., 01 de febrero de 2021
Civil (DGAC);
Que, con oficio No. MDT-VSP-2020-0393 de 25 de mayo de 2020, el Ministerio del Trabajo, aprobó y emitió
informe favorable para el diseño/rediseño de la Estructura Institucional, Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos y a la valoración de puestos del Nivel Jerárquico Superior de la Dirección General
de Aviación Civil;
Que, mediante Resolución No. DGAC-YA-2020-0041-R de 29 de mayo de 2020, el Director General de
Aviación Civil expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, por medio del cual se
adoptó la nueva estructura organizativa de la Dirección General de Aviación Civil;
Que, de igual manera, mediante Resolución No. DGAC-DGAC-2020-0109-R de 02 de noviembre de 2020, la
máxima autoridad administrativa de la entidad, resolvió ampliar el plazo de cierre de las EODs, con base al
cronograma propuesto por la Coordinación General Administrativa Financiera de la entidad;
Que, mediante memorando No. DGAC-CGAF-2020-0867-M de 09 de noviembre de 2020, la Mgs. Viviana del
Carmen Almeida Moreno, Coordinadora General Administrativa Financiera, dio a conocer a los Directores y
Coordinadores de la entidad, sobre la emisión de la Resolución No. DGAC-DGAC-2020-0109-R de 02 de
noviembre de 2020, con la finalidad de que se socialice con el personal a cargo, para su cabal cumplimiento;
Que, con Informe Técnico No. DGAC-HK-2021-002 de fecha “2020-01-08”, el Director de Administración de
Talento Humano, Mgs. Diego Ron Arias, en el ámbito de su competencia, ha propuesto la reforma parcial de
productos del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Dirección General de Aviación
Civil expedido a través de la Resolución No. DGAC-YA-2020-0041-R de 29 de mayo de 2020, con sustento en
las Actas de Validación del Portafolio de Productos y Servicios aprobados por los Directores de Matriz y
Director Zonal, a partir del cual se establecen cambios en los productos de determinadas gestiones de la
entidad;
Que, mediante memorando No. DGAC-CGAF-2021-0018-M de 13 de enero de 2021, la Coordinadora General
Administrativa Financiera remitió a la máxima autoridad de la DGAC, el “Proyecto de Estatuto Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos de la Dirección General de Aviación Civil, con su respectivo Informe
Técnico”, elaborado con base a los entregables de cada área que fueron revisados en las reuniones mantenidas
con las diferentes Coordinaciones y Direcciones, validados por la Dirección de Planificación y Gestión
Estratégica y consolidados por la Dirección de Administración del Talento Humano, con el objeto de que
“disponga a la Dirección de Asesoría Jurídica, elabore la correspondiente Resolución, así como disponga a la
Dirección de Secretaria General se remita esta Resolución para su publicación en Registro Oficial”;
Que, la máxima autoridad administrativa de la entidad, consideró viable la propuesta presentada, disponiendo el
“2021-01-25”, en la hoja de ruta del memorando No. DGAC-CGAF-2021-0018-M, generado en el Sistema de
Gestión Documental de la DGAC, que el Director de Asesoría Jurídica prepare: “() resolución de
conformidad con lo solicitado por la CGAF”;
Que, para lograr tal propósito, la Dirección de Asesoría Jurídica de esta institución, procedió a revisar el
proyecto de resolución (MODIFICACIÓN RESOLUCIÓN No. 0041), anexado al memorando No.
DGAC-CGAF-2021-0018-M de 13 de enero de 2021 y una vez efectuados los análisis correspondientes,
fundamentado en el informe técnico No. DGAC-HK-2021-002 de fecha “2020-01-08”, ha considerado
apropiado realizar ajustes estrictamente formales sobre este documento, toda vez que, por lo especializado del
tema y las propias dificultades que conlleva su elaboración, dicho instrumento, al ser una herramienta de gestión
para la organización, ha contado con la participación activa y la colaboración de la Dirección de Administración
de Talento Humano y con la asistencia técnica de la Dirección de Planificación y Gestión Estratégica;
En uso de las facultades y atribuciones que le confiere el artículo 6 de la Codificación de la Ley de Aviación
3/55
* Documento firmado electrónicamente por Quipux

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR