Decretos 1103. Dispónese la extinción de la Empresa Pública de Fármacos ENFARMA EP

Número de Boletín825-Primer Suplemento
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Fecha de la disposición30 de Junio de 2016

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que, el artículo 315 de la Constitución de la República del Ecuador permite la constitución de empresas públicas para la gestión de sectores estratégicos, la prestación de servicios públicos, el aprovechamiento sustentable de recursos naturales o de bienes públicos y el desarrollo de otras actividades económicas;

Que, las letras a) y b) del artículo 17 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte de la iniciativa privada, facultan al Presidente de la República a emitir disposiciones normativas de tipo administrativo dentro del ámbito del Gobierno Central para fusionar aquellas entidades públicas que dupliquen funciones y actividades, o que puedan desempeñarse más eficientemente fusionadas y reorganizar y suprimir entidades públicas cuya naturaleza haya dejado de ser prioritaria o indispensable para el desarrollo nacional o, que no presten una atención eficiente y oportuna a las demandas de la sociedad;

Que, de conformidad con el artículo 55 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, si una empresa pública hubiere dejado de cumplir los fines u objetivos para los que fue creada o su funcionamiento ya no resulte conveniente desde el punto de vista de la economía nacional o del interés público y, siempre que no fuese posible su fusión, el ministerio o institución rectora del área de acción de la empresa pública propondrá al Directorio de la empresa su liquidación o extinción;

Que, el artículo 56 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas, señala que, para la extinción de una empresa pública se deberán observar las mismas formalidades establecidas para su creación...

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