Resoluciones. DZ4-DZORDRI17-00000001 Deléguense Competencias A Varios Funcionarios

Número de Boletín135
SecciónResoluciones
EmisorServicio de Rentas Internas
40 – Jueves 7 de diciembre de 2017 Registro Of‌i cial Nº 135
No. DZ4-DZORDRI17-00000001
RESOLUCIÓN DE DELEGACIÓN A
FUNCIONARIOS DE VARIOS DEPARTAMENTOS
DE LA DIRECCIÓN ZONAL 4 DEL SERVICIO DE
RENTAS INTERNAS
EL DIRECTOR ZONAL 4
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
prescribe: “Las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidores o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que les
sean atribuidas en la Constitución y la Ley (…)”;
Que, de acuerdo al artículo 227 de la Constitución de la
República del Ecuador, en concordancia con el artículo 3
de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada; las administraciones públicas deben organizarse
y desarrollarse de manera desconcentrada, para cumplir,
de esta forma, los principios de ef‌i ciencia, calidad,
coordinación, participación, planif‌i cación, transparencia
y evaluación;
Que, el artículo 69 del Código Tributario señala que las
autoridades administrativas que la ley determine están
obligadas a expedir resolución motivada, en el tiempo que
corresponda, respecto de toda consulta, petición, reclamo
o recurso que, en ejercicio de su derecho, presenten
los sujetos pasivos de tributos o quienes se consideren
afectados por un acto de la Administración Tributaria;
Que, los artículos 75 y 76 del referido cuerpo legal
disponen que la competencia administrativa se ejerza por
los órganos que la tengan atribuida, salvo los casos de
delegación o sustitución previstos por las leyes;
Que, el artículo 77 ibídem establece que cuando una ley
atribuya competencia a una administración tributaria, sin
determinar la autoridad que ha de ejercerla, se entenderá
concedida a la competente para conocer de los reclamos;
Que el artículo 124 del mismo cuerpo legal, señala que la
autoridad llamada a dictar la resolución correspondiente
podrá designar a un funcionario de la misma administración
para que, bajo su vigilancia y responsabilidad, sustancie
el reclamo o petición, suscribiendo providencias,
solicitudes, despachos, y demás actuaciones necesarias
para la tramitación de la petición o reclamo, y así mismo
establece que las resoluciones que tome el delegado
tendrán la misma fuerza jurídica y podrán ser susceptibles
de los recursos que tienen las resoluciones de la autoridad
tributaria que delegó.
Que, los artículos 55 y 56 del Estatuto del Régimen
Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva prevén
que las atribuciones propias de las diversas entidades
y autoridades de la Administración Pública Central e
Institucional serán delegables en las autoridades u órganos
de inferior jerarquía, excepto las que se encuentren
prohibidas por ley o por decreto y que los delegados
únicamente podrán a su vez delegar sus competencias
cuando exista autorización expresa para el efecto;
Que, el artículo 2 de la Ley de Creación del Servicio de
Rentas Internas, publicada en el Registro Of‌i cial No. 206
del 2 de diciembre de 1997, establece que el Servicio
de Rentas Internas tiene facultades, atribuciones y
obligaciones;
Que, el artículo 1 de la Resolución No. NAC-
DGERCGC14-00873, publicada en el Segundo
Suplemento del Registro Of‌i cial 367 del 04 de noviembre
del 2014, dispone la aplicación del Estatuto Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos del SRI a partir del
1 de noviembre del 2014;
Que, a las direcciones regionales originalmente
establecidas en el Servicio de Rentas Internas, actualmente
corresponden las direcciones zonales. Dichas zonas
constituyen una instancia de actuación desconcentrada
que se conforma, primordialmente, por la unión de varias
provincias. La denominación de zonal corresponde a lo
dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 357, publicado
en el Registro Of‌i cial No. 205 de 02 de junio de 2010,
por el cual se establecieron las zonas administrativas de
planif‌i cación;
Que, en atención a los cambios incorporados con la
aplicación del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos del Servicio de Rentas Internas, la Dirección
Regional Manabí pasa a constituirse en Dirección Zonal
4 que comprende las Provincias de Manabí y Santo
Domingo de los Tsáchilas;
Que mediante numeral 1 del artículo 1 de la Resolución
No. NAC-DGERCGC14-00872, publicada en el
Segundo Suplemento del Registro Of‌i cial No. 367, de 4
de noviembre de 2014, el Director General del Servicio
de Rentas Internas delegó a los directores zonales de
la entidad la competencia para conocer y resolver las
peticiones que se formularen ante esta administración
tributaria y autorizó a los delegados para que a su vez
deleguen esta competencia;
Que, mediante Resolución Nro. NAC-
DNHRSGE16-00000225 de fecha 01 de junio 2016, el
Director General del Servicio de Rentas Internas, designa
al Abogado Blamir Joel Alcivar Cedeño, para cumplir
las funciones de Director Zonal 4 del Servicio de Rentas
Internas;
Que hasta antes de la publicación del presente acto, los
servidores delegados por esta dirección zonal mediante la
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