GG-MPEP-RE-006-2018 Deléguense Facultades A El/la Director/a Regional Administrativo Financiero

Número de Boletín279
SecciónResoluciones
EmisorEMPRESA PÚBLICA MEDIOS PÚBLICOS DE COMUNICACIÓN DEL ECUADOR – MEDIOS PÚBLICOS EP
Lunes 9 de julio de 2018 – 31Registro Of‌i cial Nº 279
No. DZ7-DZORDFI18-00000023
EL DIRECTOR ZONAL 7 DEL SERVICIO
DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Que de acuerdo al artículo 227 de la Constitución de la
República del Ecuador, en concordancia con el artículo 3
de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada; las administraciones públicas deben organizarse
y desarrollarse de manera desconcentrada, para cumplir,
de esta forma, los principios de ef‌i ciencia, calidad,
coordinación, participación, planif‌i cación, transparencia y
evaluación.
Que el tercer inciso del artículo 9 de la Ley de Creación
del Servicio de Rentas Internas dispone que los directores
regionales y provinciales ejercerán, dentro de su respectiva
jurisdicción, las funciones que el Código Tributario asigna
al Director General del Servicio de Rentas Internas, con
excepción de la absolución de consultas, el conocimiento
y resolución de recursos de revisión y la expedición de
resoluciones o circulares de carácter general y obligatorio
para la aplicación de las normas legales y reglamentarias.
Que los artículos 75 y 76 del Código Tributario disponen
que la competencia administrativa se ejerza por los órganos
que la tengan atribuida, salvo los casos de delegación o
sustitución previstos por las leyes.
Que el numeral 2 del artículo 24 del Reglamento para la
Aplicación de la Ley de Creación del Servicio de Rentas
Internas, establece como facultad de los directores
regionales entre otras, las de dirigir, organizar, coordinar y
controlar la gestión del Servicio de Rentas Internas dentro
de su jurisdicción, y vigilar la estricta aplicación de las
leyes y reglamentos tributarios.
Que los artículos 55 y 56 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva prevén que las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por ley
o por decreto y que los delegados únicamente podrán a su
vez delegar sus competencias cuando exista autorización
expresa para el efecto.
Que mediante la Resolución No. NAC-
DNHRSGE17-00000364 del 20 de julio de 2017, se
nombró al Econ. Stalin de Jesús Calva Rodríguez como
Director Zonal 7 del Servicio de Rentas Internas desde el
01 de agosto de 2017.
Que la Disposición General Cuarta del Estatuto Orgánico
de Gestión Organizacional por Procesos del Servicio de
Rentas Internas, expedido mediante Resolución No. NAC-
DGERCG14-00313, publicada en el Registro Of‌i cial No.
134 de 30 de mayo de 2014, establece la conformación
de direcciones zonales que permitan una debida gestión
tributaria y atender las necesidades de los contribuyes,
responsables y terceros.
Que es necesario optimizar las atribuciones de los
distintos servidores de la Dirección Zonal 7, con el f‌i n de
mejorar la atención al contribuyente, desconcentrando las
funciones que estos tienen asignadas.
Que el Art. 106 del Código Tributario establece que
la notif‌i cación se hará por el funcionario o empleado
a quien la ley, el Reglamento o el propio órgano de la
Administración designe. El notif‌i cador dejará constancia,
bajo su responsabilidad personal y pecuniaria, del lugar,
día, hora y forma de notif‌i cación;
Que es necesario instaurar procedimientos ágiles en la
Administración Tributaria, para dotar de ef‌i ciencia a la
atención de peticiones y solicitudes presentadas por los
sujetos pasivos; y,
En ejercicio de la facultad que le conf‌i ere la ley,
Resuelve:
Artículo 1.- Designar al ciudadano Paute Correa Milton
Antonio, servidor de esta institución, como notif‌i cador
de los documentos y actos administrativos emitidos en
la jurisdicción de la Dirección Zonal 7, conforme a lo
establecido en el Art. 106 del Código Tributario.
Artículo 2.- dejar sin efecto la Resolución No.
RSUSHUR2007006 de fecha 22 de agosto de 2007, emitida
por la Directora Regional del Sur del SRI.
Artículo 3.- La presente resolución entrará en vigencia a
partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Comuníquese y cúmplase.- Dado en la ciudad de Loja, 14
de junio de 2018.
Proveyó y f‌i rmó la resolución que antecede el Eco. Stalin
Calva Rodríguez, DIRECTOR ZONAL 7 DEL SERVICIO
DE RENTAS INTERNAS.- Lo certif‌i co.- En la ciudad de
Loja, 14 de junio de 2018.
f.) Diego Cuenca Carrión, Delegado de la Secretaria Zonal
7, Servicio de Rentas Internas.
No. GG-MPEP-RE-006-2018
EMPRESA PÚBLICA MEDIOS
PÚBLICOS DE COMUNICACIÓN
DEL ECUADOR – MEDIOS PÚBLICOS EP.
Economista Fernando Patricio Proaño Salvador,
Representante legal de la empresa pública MEDIOS
PÚBLICOS E.P., en su calidad de Gerente General
Subrogante, de conformidad con la designación efectuada
por el Directorio de la empresa pública MEDIOS
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