Resoluciones. IICSAE-IICSAE-2017-0027-RE Deléguense Funciones Al Señor Mariano Morocho Morocho

Número de Boletín90
SecciónResoluciones
EmisorINSTITUTO DE IDIOMAS, CIENCIAS Y SABERES ANCESTRALES
Viernes 29 de septiembre de 2017 – 31Registro Of‌i cial Nº 90
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la
fecha de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Dado en la ciudad de Quito D.M., el primero (1) día del
mes de septiembre del 2017.
Comuníquese y Publíquese.
f.) Luis Enrique Males Morales, Director Ejecutivo.
Nro. IICSAE-IICSAE-2017-0027-RE
Quito, D.M., 31 de agosto de 2017.
Luis Males Morales
DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE
IDIOMAS, CIENCIAS Y SABERES ANCESTRALES
Considerando:
Que el artículo 226 de la Constitución ibídem manif‌i esta
que “las instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que
les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.”;
del Ecuador prescribe que “…La administración
pública constituye un servicio a la colectividad que
se rige por los principios de ef‌i cacia, ef‌i ciencia,
calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización,
coordinación, participación, planif‌i cación, transparencia
y evaluación…”;
Privatizaciones y Prestación de servicios públicos por parte
de la iniciativa privada establece que “DELEGACION DE
ATRIBUCIONES.- Cuando la importancia económica
o geográf‌i ca de la zona o la conveniencia institucional
lo requiera, los máximos personeros de las instituciones
del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u of‌i cios
que sean necesarios para delegar sus atribuciones. En
estos documentos se establecerá el ámbito geográf‌i co
o institucional en el cual los funcionarios delegados
ejercerán sus atribuciones. Podrán, asimismo, delegar sus
atribuciones a servidores públicos de otras instituciones
estatales, cumpliendo el deber constitucional de coordinar
actividades por la consecución del bien común…”;
Que el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva establece que:
Las atribuciones propias de las diversas entidades
y autoridades de la Administración Pública Central
e Institucional, serán delegables en las autoridades
u órganos de inferior jerarquía, excepto las que se
encuentren prohibidas por Ley o por Decreto. La
delegación será publicada en el Registro Of‌i cial…”;
Intercultural, establece que: “el Instituto de Idiomas,
Ciencias y Saberes Ancestrales de los Pueblos y
Nacionalidades, es una entidad del SEIB adscrita a
la Autoridad Nacional de Educación. Se encarga de
fortalecer las políticas educativas establecidas por la
Autoridad Educativa Nacional y el Consejo plurinacional
de Educación Intercultural Bilingüe, promueve el uso y el
desarrollo de los saberes, ciencias e idiomas ancestrales
de los pueblos y de las nacionalidades. El Estado provee
del presupuesto para el funcionamiento de esta entidad”;
artículo 90 establece que las Funciones del Instituto
de Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestrales, son las
siguientes: “a. Investigar, sistematizar, registrar y
difundir, por todos los medios, las ciencias, los saberes,
los conocimientos relativos a temas de interculturalidad,
plurinacionalidad, identidad, historia, cultura, economía
comunitaria, gobierno comunitario y demás ciencias
del saber ancestral con el objeto de desarrollar la
interculturalidad y plurinacionalidad”; b. Investigar,
sistematizar y llevar el registro lingüístico de los idiomas
ancestrales de la República del Ecuador; c. Formular
las normas lingüísticas de los idiomas ancestrales de
la República del Ecuador; d. Investigar y formular las
metodologías de aprendizajes de los idiomas ancestrales de
la República del Ecuador; e. Diseñar las estrategias, líneas
y programas de comunicación en idiomas ancestrales; f.
Promocionar la participación académica e intelectual de
los pueblos y nacionalidades de la República del Ecuador
en espacios académicos nacionales e internacionales; y, g.
Referenciar los procesos de los saberes ancestrales para su
legitimación y registro de patentes”;
Que el numeral 6) del artículo 258 del Reglamento General
son atribuciones del Director Ejecutivo del Instituto de
Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestrales, dirigir, coordinar
y supervisar la gestión del Instituto y expedir los actos que
requiera la gestión institucional;
Que mediante Acción de Personal No. 269 de 06 de junio
de 2016, el Economista Augusto Espinosa, Ministro de
Educación; nombró al señor Luis Males como Director
Ejecutivo del Instituto de Idiomas, Ciencias y Saberes
Ancestrales.
Que mediante el Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por Procesos del Instituto de Idiomas,
Ciencias y Saberes Ancestrales, publicado en el Registro
Of‌i cial Edición Especial No. 25 de 03 de julio de 2017, el
artículo 10, literal f), se establece que, será responsabilidad
del Director Ejecutivo dirigir, coordinar y supervisar la
gestión del Instituto y expedir los actos que requiera la
gestión institucional;
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