Resoluciones 0022. Iníciese desde el día lunes 16 de marzo al lunes 30 de marzo de 2015, la vacunación estratégica Interfase contra la Fiebre Aftosa dirigida a bovinos jóvenes menores de un año, a nivel nacional con mayor énfasis en las zonas de Alto Riesgo Epidemiológico

Número de Boletín534
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca
Fecha de la disposición 3 de Marzo de 2015

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA ECUATORIANA DE ASEGURAMIENTO DE LA

CALIDAD DEL AGRO -AGROCALIDAD

Considerando:

Que, el artículo 281, numeral 7 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que la soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del Estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiados de manera permanente. Para ello, será responsabilidad del Estado: Precautelar que los animales destinados a la alimentación humana estén sanos y sean criados en un entorno saludable;

Que, el artículo 281, numeral 13 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que la soberanía alimentaria constituye un objetivo estratégico y una obligación del estado para garantizar que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades alcancen la autosuficiencia de alimentos sanos y culturalmente apropiados de manera permanente. Para ello, será responsabilidad del Estado: Prevenir y proteger a la población de consumo de alimentos contaminados o que pongan en riesgo su salud o que la ciencia tenga incertidumbre sobre sus efectos;

Que, el artículo 7 de la Ley de Sanidad Animal, dispone que le corresponde al Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca, determinara el cuadro de vacunaciones que deben efectuarse en la ganadería nacional y que serán obligatoriamente realizadas por los...

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