La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso 'Zambrano Vélez y otros': implicaciones para el Ecuador

AutorCarolina Silva Portero
CargoAsesora jurídica de la Junta Metropolitana de Protección de Derechos de la Niñez y Adolescencia
Páginas227-236
La sentencia de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos en el caso
“Zambrano-Vélez y otros”
Implicaciones para el Ecuador
Carolina Silva Portero*
El artículo analiza la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos
en el caso Zambrano Vélez y otros vs. Ecuador, abstrayendo las principales con-
secuencias jurídicas para el Estado ecuatoriano derivadas de dicha sentencia.
Concretamente, se estudian las obligaciones que el Estado debe cumplir respec-
to a la regulación de estados de emergencia, reformas a la Ley de Seguridad
Nacional, y el uso legítimo de la fuerza.
INTRODUCCIÓN: EL ECUADOR EN ELSISTEMA
INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS
ElSistema Interamericano de Derechos Humanos fue creado por los Estados
miembros de la OEA1y su valor radica fundamentalmente en que las senten-
cias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos2poseen un carácter obligato-
rio y vinculante para los estados que ratificaron la Convención Americana de
FORO 227
*Asesora jurídica de la Junta Metropolitana de Protección de Derechos de la Niñez y Adolescencia.
1. El 30 de abril de 1948, el Ecuador conjuntamente con otros veinte países de la región reunidos en Bogotá,
Colombia, adoptaron la Carta de la Organización de Estados Americanos (OEA), en la cual consagraron princi-
pios de cooperación regional y afirmaron el compromiso de proteger los Derechos Humanos. Así, el 2 de mayo
del mismo año, se promulgó la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre, primera expresión
internacional de principios de Derechos Humanos.
2. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos son los
órganos competentes para conocer las violaciones a la Convención Americana, y fueron creadas con el fin de
establecer un mecanismo de protección de los derechos consagrados en la Convención Americana. Véase
Convención Americana de Derechos Humanos, Capítulo VI, art. 33 y ss.
FORO revista de derecho, No. 8,
UASB-Ecuador / CEN • Quito, 2007
FORO

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