La Función Judicial y la nueva Constitución Política de la República

AutorSantiago Andrade Ubidia
CargoVicerrector de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, presidente de su Comité de Doctorado
Páginas51-74
La Función Judicial y la nueva Constitución
Política de la República*
Santiago Andrade Ubidia**
Este artículo examina la estructura de la Función Judicial en la vigente Constitu-
ción Política de la República, se anotan los problemas que se han presentado a
partir de 1998 en que entró en vigencia la Carta Fundamental y se insinúan algu-
nas posibles reformas en orden a alcanzar una organización de la Función Judi-
cial que supere las falencias detectadas.
Más del ochenta por ciento de los electores ecuatorianos se han pronunciado
afirmativamente por un cambio institucional y la convocatoria a una asam-
blea constituyente que elabore una nueva Constitución Política para el Estado, la nú-
mero 20 en menos de 180 años de vida independiente, que será sometida a referén-
dum.
Existe gran expectativa y mucha esperanza de que la asamblea constituyente, que
estará dotada de plenos poderes, encuentre los caminos para solucionar los graves
problemas de inequidad, exclusión, desigualdad y segregación en que vive un alto
porcentaje de la población ecuatoriana.
La asamblea constituyente, por sí sola, tiene pocas posibilidades de poner reme-
dio a los graves problemas que aquejan al país; es cierto que puede elaborar una
Constitución Política que supere a la anterior, e inclusive dictar leyes que estén de
acuerdo con la nueva carta fundamental, pero se necesita algo más, que quizá es el
elemento fundamental: la voluntad positiva de todos los habitantes del territorio na-
cional de modificar nuestros patrones de conducta y nuestros comportamientos indi-
FORO 51
*Este artículo se escribió antes de que se integrara la Comisión del CONESUP para elaborar la propuesta de Cons-
titución en la cual ha intervenido el Dr. Santiago Andrade Ubidia. Algunas de las ideas expresadas por el Dr. An-
drade, respecto al sector justicia, fueron recogidas por la Comisión.
** Vicerrector de la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador, presidente de su Comité de Doctorado. Pro-
fesor principal del Área de Derecho de la UASB. Miembro de la Comisión de juristas del CONESUP para la ela-
boración del Proyecto de Constitución, autor de varias publicaciones sobre el tema.
FORO revista de derecho, No. 7,
UASB-Ecuador / CEN • Quito, 2007
FORO
vidualistas, egoístas, excluyentes, abusivos, consumistas, que están en total contra-
posición con los deberes de profundo sentido ético, espíritu de sacrificio, amor por el
bien común, generosidad, patriotismo y solidaridad que son indispensables para
construir una nueva sociedad y de esta manera progresar con equidad y democracia,
requisitos sine qua non para que, países como el nuestro, que se hallan sumidos en
el subdesarrollo, salgan del estado de postración en que se hallan y alcancen niveles
compatibles con la dignidad humana para todos los ciudadanos y ciudadanas.
¿EXISTE O NO INDEPENDENCIA JUDICIAL?
El primer tema que debe abordarse es respecto de la independencia del tercer po-
der del Estado. Clásicamente, “siguiendo las pautas de Maurice Hauriou, políticos
eran el Poder Ejecutivo y el Legislativo, a más del constituyente, formados por indi-
viduos que hacían política y creaban la ley. La judicatura, en cambio, pertrechada co-
mo administradora de justicia, o a lo sumo como Poder profesionalizado y neutro,
solamente debía asumir roles jurídicos sin creación jurídica alguna”.1Precisamente
esta concepción de poder jurídico y no político ha sido la causa de la gran debilidad
de la Función Judicial, que se ha traducido en su falta de independencia. Para alcan-
zarla es necesario “[…] admitir que para que exista una efectiva cuota de indepen-
dencia de un Poder, debe mediar una situación de previo equilibrio entre ese Poder
ylos demás. Dicho de otro modo, un Poder enclenque o minusválido difícilmente se-
independiente de los otros, más robustos que él. Y en este orden de ideas, cabe de-
tectar que, históricamente, el Poder Judicial se ha encontrado en una seria inferiori-
dad de condiciones si se lo compara con sus pares; a menudo ha padecido una debi-
lidad congénita, a la que se suma una falta de identidad y el hecho de haber afronta-
do y continuar enfrentando situaciones tensivas de acoso, domesticación y fracciona-
miento”2lo cual se ha traducido en un poder huérfano y confundido, débil, domesti-
cado y acosado, y finalmente dividido.3
Es de conocimiento público el acoso permanente que en nuestra patria ha sufrido
la Función Judicial, sea de parte de las otras funciones del Estado, y de los grupos de
poder, llámense cámaras de la producción y más grupos de poder económico, bufe-
tes de abogados, organizaciones de la sociedad civil, organizaciones sindicales etc.
Santiago Andrade Ubidia
FORO 52
1. Néstor P. Sagüés, El tercer Poder, Notas sobre el poder político del Poder Judicial,Buenos Aires, LexisNexis,
2005, p. XIX.
2. Ibídem, p. 3.
3. Una amplia explicación de las aristas más conflictivas antes enumeradas, se encuentra en Néstor P. Sagüés, El
tercer Poder, Notas sobre el poder político del Poder Judicial, pp. 4-10.

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