Leyes. LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DE DELITOS

Número de Boletín282
SecciónLeyes
EmisorAsamblea Nacional

Oficio No. PAN-SEJV-2023-060

Quito D.M., 31 de marzo de 2023

Ingeniero

Hugo del Pozo Barrezueta

DIRECTOR DEL REGISTRO OFICIAL

En su Despacho.

De mi consideración:

La Asamblea Nacional, de conformidad con las atribuciones que le confiere la Constitución de la República del Ecuador y la Ley Orgánica de la Función Legislativa, discutió y aprobó el Proyecto de LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DE DELITOS.

En sesión del 28 de marzo de 2023, el Pleno de la Asamblea Nacional conoció y se pronunció sobre la objeción parcial al referido Proyecto de Ley, presentada por el señor Guillermo Lasso Mendoza, Presidente Constitucional de la República, a fecha 08 de marzo de 2023, mediante Oficio No. T. 394-SGJ-23-0065.

Por lo expuesto, y tal como disponen los artículos 138 de la Constitución de la República del Ecuador y 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, acompaño el texto de la LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DE DELITOS, para que se sirva publicarlo en el Registro Oficial.

Con sentimientos de distinguida consideración.

Atentamente,

DR. VIRGILIO SAQUICELA ESPINOZA

Presidente de la Asamblea Nacional

CERTIFICACIÓN

En mi calidad de Secretario General de la Asamblea Nacional, me permito CERTIFICAR que el día 28 de septiembre de 2022 la Asamblea Nacional discutió en primer debate el “PROYECTO DE LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DE DELITOS” y, en segundo debate los días 24 de enero y 02 de febrero de 2023, siendo en esta última fecha finalmente aprobado.

Dicho Proyecto de Ley fue objetado parcialmente por el Presidente Constitucional de la República el 08 de marzo de 2023. Finalmente, la Asamblea Nacional el día 28 de marzo de 2023, de conformidad con lo señalado en el tercer inciso del artículo 138 de la Constitución de la República del Ecuador y el tercer inciso del artículo 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, examinó y se pronunció sobre la objeción parcial al Proyecto de “LEY ORGÁNICA REFORMATORIA A LA LEY ORGÁNICA DE PREVENCIÓN, DETECCIÓN Y ERRADICACIÓN DEL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS Y FINANCIAMIENTO DE DELITOS”, ratificándose en el mismo.

Quito D.M., 30 de marzo de 2023.

AEG. ALVARO SALAZAR PAREDES

Secretario General

EL PLENO

CONSIDERANDO

Que el artículo 1 de la Constitución de la República del Ecuador, busca garantizar en un orden social justo para que se respete los derechos de pluralismo, cultura, político y social, para sostener una convivencia segura entre comunidades, pueblos, nacionalidades y colectivos;

Que la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 82 expresa que el derecho a la seguridad se manifiesta con la existencia de normas jurídicas previas, caras, públicas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR