Resoluciones SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2017-026. Resolución SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2017-026 - Liquídese en el plazo de hasta dos años a la Cooperativa de Ahorro y Crédito Instituto Nacional de Higiene Leopoldo Izquieta Pérez, con domicilio en la ciudad de Guayaquil, provincia del Guayas

Número de Boletín990
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Economía Popular y Solidaria
Lunes 24 de abril de 2017 – 43Registro Of‌i cial Nº 990
Que, la doctora Juana Romero Vasconez, Especialista
Jefe de la Dirección Administrativa Financiera, mediante
memorando No. SETED-DAF-2017-0364-M, de 06 de
marzo de 2017, dirigido a la ingeniera Paola Merizalde
Bassante, Directora Administrativa Financiera, previa
invocación del artículo 40 del Reglamento para Registro y
Control de Cauciones, señala que mediante formulario de
adquisición y pago No. 372017, de fecha 24 de febrero de
2017 se dispuso el pago por la contratación de seguros, en la
que se encuentra incluida la póliza de seguros de f‌i delidad,
por lo que solicita el envío de la resolución de la máxima
autoridad de la SETED, relacionada con el porcentaje que
la entidad contribuye para cubrir el monto de la prima de
seguro f‌i delidad del personal caucionado de la SETED,
destacando que en ningún caso aportará con más del 60%
de las primas de seguro;
Que, la ingeniera Paola Merizalde Bassante, Directora
Administrativa Financiera, mediante memorando No.
SETED-DAF-2017-0379-M, de 08 de marzo de 2017,
solicita a la Coordinadora General Administrativa
Financiera se sirva disponer a la Coordinación General
Jurídica, la elaboración de la resolución relacionada con el
porcentaje que la entidad contribuye para cubrir el monto
de la prima de seguro de f‌i delidad del personal caucionado
de la SETED, para la suscripción del Secretario Técnico de
Drogas;
Que, la magíster Mishel Rivera Enríquez, Coordinadora
General Administrativa Financiera, mediante memorando
No. SETED-CGAF-2017-0042-M, de 10 de marzo de
2017, solicita al Secretario Técnico de Drogas, disponer
a la Coordinación General Jurídica, la elaboración de la
resolución relacionada con el porcentaje que la entidad
contribuye para cubrir el monto de la prima de seguro
de f‌i delidad del personal caucionado de la SETED, lo
cual es aprobado mediante sumilla inserta en el referido
memorando;
Que, Rocafuerte Seguros, mediante póliza No. 50000571,
de 16 de febrero de 2017, ha emitido la póliza de seguro
de f‌i delidad contratada por la SETED, para su personal
caucionado, por el periodo comprendido entre el 31 de
enero de 2017 y el 30 de septiembre de 2017; y,
En ejercicio de la atribución prevista en el numeral 2 del
Resuelve:
Artículo 1.- Autorizar, como contribución de la SETED,
el pago del sesenta por ciento (60%) de la póliza de seguro
de f‌i delidad No. 50000571, de conformidad con lo previsto
en el artículo 40 del Reglamento para Registro y Control de
Cauciones emitido por la Contraloría General del Estado.
Artículo 2.- Establecer que las y los servidores caucionados
de la SETED, paguen el cuarenta por ciento (40%)
restante de la mencionada póliza de f‌i delidad, en la parte
proporcional que les corresponda, por una sola vez en el
presente ejercicio f‌i scal.
Artículo 3.- Encargar a la Dirección de Administración del
Talento Humano la inclusión en la póliza de f‌i delidad, del
personal que ingrese a prestar servicios en la SETED y que
esté obligado a rendir caución, de conformidad con la Ley
Orgánica del Servicio Público, desde el primer día de su
vinculación.
El valor proporcional de la prima de la póliza de f‌i delidad
se descontará a las y los nuevos servidores, de su primera
remuneración, desde la fecha de incorporación hasta la
fecha de vencimiento de la póliza de f‌i delidad.
El descuento deberá ser comunicado por la Dirección de
Administración del Talento Humano al inicio de funciones
de toda persona que se incorpore a la SETED.
Artículo 4.- De la difusión y ejecución de la presente
Resolución encárguese a las Direcciones de Administración
del Talento Humano y Administrativa Financiera.
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Dada en el Despacho de la Secretaría Técnica de Drogas –
SETED, en Quito, D.M., el 16 de marzo de 2017.
f.) Gras. (sp) Rodrigo M. Suárez S., Secretario Técnico de
Drogas.
No. SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2017-026
Hugo Jácome Estrella
SUPERINTENDENTE DE ECONOMÍA
POPULAR Y SOLIDARIA
Considerando:
del Ecuador señala que las entidades de control del
sistema f‌i nanciero nacional, se encargarán de preservar su
seguridad, estabilidad, transparencia y solidez; y, el literal
b) del artículo 147 de la Ley Orgánica de la Economía
Popular y Solidaria, al determinar las atribuciones de esta
Superintendencia, dispone: “Velar por la estabilidad,
solidez y correcto funcionamiento de las instituciones
sujetas a su control”;
Que, los numerales 3) y 25) del artículo 62 del Código
Orgánico Monetario y Financiero, en concordancia con el
artículo 74 del Código ibídem, señalan entre otras como
función de la Superintendencia de Economía Popular y
Solidaria, autorizar la liquidación de las entidades que
conforman el Sector Financiero Popular y Solidario y
designar liquidadores;

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