Mercado de plataformas: la competencia desleal en la era de la economía colaborativa

AutorFernando Bajaña Tovar,Paúl Antonio González Morán,Paúl Antonio González Morán
CargoAbogado por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, asesor constitucional/Abogado por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, Asistente de Terrenos de la Dirección de Terrenos del Municipio de Guayaquil
Páginas43-60
43
dossier
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Platform market: unfair competition in the age of the collaborative economy
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Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, Ecuador
Resumen
Las modernas dinámicas de mercado han optado por incorporar dentro de la noción de Economía
Colaborativa aquellas prácticas con nes de lucro que son ejercidas de forma sosticada, a través
de las denominadas tecnologías de la información y comunicación. Esta situación, discurre con la
intención inicial con que surgió el consumo colaborativo, génesis de la economía cooperativista.
La situación descrita surge a modo de enmascarar las relaciones comerciales que subyacen detrás
de las plataformas digitales, con el ánimo de liberar el cumplimiento de las cargas legislativas que
se imponen en el curso normal de actividades mercantiles. Esta liberación injusticada de cargas
normativas tiene como antecedente una búsqueda histórica del sistema capitalista por eludir los
gravámenes engorrosos, todo lo cual traduce en los operadores económicos, un abaratamiento
desleal de costos regulativos dentro de sus procesos mercantiles. Lo expuesto, con el ánimo de hallar
un desplazamiento ilícito de la demanda en su favor y conseguir altos índices de maximización de
utilidades. En ese contexto, el presente ensayo procurará pasar revista a las modalidades utilizadas
a lo largo del tiempo para eludir costes, hasta llegar al enmascaramiento en las formas propias
de la economía colaborativa, con una especial revisión de estas nuevas prácticas mercantiles y su
eventual encuadre en conductas de competencia desleal, a la luz de la normativa ecuatoriana que
regula las actividades de mercado, particularmente, respecto a la cláusula especíca de no violación
de normas.
Palabras clave
Economía Colaborativa, Competencia desleal, Plataformas digitales, Modelos C2C, Modelos
B2C, Violación de Normas, Regulación.
Abstract
Modern market dynamics have decided to incorporate into the notion of collaborative economy
those practices for prot exercised by professionals, through the so called information and
communication technologies. is situation diers from the initial intention with which the
collaborative consumption, the genesis of the cooperative economy, arose. e situation described
arises as a means of masking the commercial relationships behind the digital platforms, with the
aim of freeing the fulllment of the legislative burdens that are imposed in the normal course
of commercial activities. is unjustied release of normative burdens has as its antecedent an
historical search by the capitalist system to evade cumbersome taxes; all of which translates into
1 Abogado por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, asesor constitucional.
Correo electrónico: fernando.bajana@cce.gob.ec
2 Abogado por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, Asistente de Terrenos de la Dirección de Terrenos del
Municipio de Guayaquil. Correo electrónico: paugonam@guayaquil.gov.ec
Recibido: 16/06/2019 – Aceptado: 06/11/2019
Iuris Dictio 24 / Diciembre 2019 / pp. 43-60
e-ISSN 2528-7834 / DOI: http://dx.doi.org/10.18272/iu.v24i24.1459
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Fernando Bajaña Tovar y Paúl González Morán
Iuris Dictio Nº24 / Diciembre, 2019 / pp.43-60. e-ISSN 2528-7834. DOI: http://dx.doi.org/10.18272/iu.v24i24.1459
economic operators as an unfair lowering of regulatory costs within their business processes, with
the aim of nding an illegal displacement of demand in their favor and achieving high rates of
prot maximization. In this context, this essay will seek to review the ways that have been used
over time to avoid costs, ending with masking the methods of the collaborative economy, with
a special review of these new business practices and their possible framing in unfair competition
conduct, in the light of Ecuadorian legislation, particularly with regard to the specic clause of
non-violation of rules.
Keywords
Collaborative Economy, Unfair Competition, Digital Platforms, C2C Models, B2C Models,
Violation of Standards, Regulation.
1. El escape de las cargas: el bucle elusivo del sistema capitalista
Durante mucho tiempo se estableció, casi de modo inconcuso y uniforme, que el capitalismo
era un sistema económico. No obstante, desde hacía ya algunos años, dicha tesis fue sometida
a discusión, toda vez que a aquel se le atribuyó ser, a más de económico, un sistema social. Para
tratar de explicar lo anterior, se parte de la idea de que la economía es una manifestación de las
relaciones sociales, y, como tal, no puede realizarse un estudio aislado de ambos fenómenos, por
cuanto depende el uno del otro, de modo directo. De esa manera, el capitalismo termina por ser
un sistema adaptativo que se ajusta y muta, de conformidad con factores propios de un entorno
cambiante, que responde a la evolución de las sociedades.
A más de la consideración propuesta, es necesario destacar que el capitalismo
no siempre utiliza los mismos modelos para procurar su cometido teleológico, cual fuere la
generación de riquezas. En ese sentido, se advierte una constante refundación en sus modelos de
funcionamiento utilizados. Empero, cabe destacar que las transformaciones no responden a un
ánimo caprichoso y antojadizo, sino más bien, están impulsadas por la búsqueda de escenarios
que impliquen el menor grado de intervención, ordenación y control, a so pretexto de una
autorregulación, propia del sistema, que procure la maximización del desarrollo económico. 
Contrastado con la realidad, la experiencia determina que desde la génesis de la
industrialización se ha visualizado que el sistema capitalista, lejos de poseer la mentada capacidad
homeostática, adolece de medidas correctivas para equilibrar y propiciar el desarrollo equitativo
de todos sus actores. De ese modo, ante la asimetría en la división del poder y las prebendas
conferidas a los detentores de los medios productivos, surgieron corrientes escépticas respecto
de la corrección de un sistema que, pese a depender de la sociedad, no la trataba con justeza y la
excluía del centro de su enfoque. En tal virtud, el capitalismo de los libres mercados fue desplazado
por la intervención del Estado, con la nalidad de propiciar un sistema encaminado a mitigar los
desajustes y perjuicios ocasionados a los actores de minusvalía económica, quienes ocupan un lugar
desfavorecido en la estructura social: los trabajadores. A raíz de ello se reconoció un sinnúmero de
derechos en favor de estos últimos, con el ánimo de alcanzar sociedades más cohesionadas.
Sin embargo, no debe de obviarse que la multiplicidad de derechos reconocidos a los
operarios, surgieron como una imposición, a modo de remedio paliativo, de las fracturas generadas
por la lógica capitalista en el colectivo social. Esta situación descrita es un dato no menor, si se
toma en cuenta que, desde la óptica de la actividad productiva, las medidas sociales reconocidas
se traducen como una serie de costos y cargas que amenazan el afán de obtener rentabilidades
elevadas y la multiplicación del capital. En resumidas cuentas, lo que se trata de resaltar es el hecho
de que el cariz pseudo antropocéntrico adoptado por los sistemas capitalistas, no es consecuencia

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