Resoluciones 002-2013-CC. Resolución 002-2013-CC - Modifícase el Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional

Número de Boletín938-Primer Suplemento
SecciónResoluciones
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Fecha de la disposición11 de Abril de 2013

CORTE CONSTITUCIONAL

DEL ECUADOR

EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR

Considerando:

Que la Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 429 establece que "La Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación constitucional y de administración de justicia en esta materia";

Que el artículo 191 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional confiere al Pleno de la Corte Constitucional la facultad de: "8. Expedir, interpretar y modificar, a través de resoluciones, los reglamentos internos necesarios para el funcionamiento de la Corte Constitucional";

Que el Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional fue publicado en el Suplemento del Registro Oficial N.° 127 del 10 de febrero de 2010, aprobado por el Pleno de la Corte Constitucional para el período de transición;

Que es necesario modificar el Reglamento de Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional, con el objeto de brindar celeridad, oportunidad y una tutela efectiva, imparcial y expedita de los derechos y garantías constitucionales;

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, resuelve expedir la siguiente:

MODIFICACIÓN AL REGLAMENTO DE SUSTANCIACIÓN DE PROCESOS DE COMPETENCIA DE LA CORTE CONSTITUCIONAL

Art. 1 Sustitúyase el Art. 1 por el siguiente:

"El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas para la sustanciación de los procesos de competencia de la Corte Constitucional".

Art. 2 En el Art. 2, suprímanse los términos "sustantivos y procesales".
Art. 3 En el Art. 3 (sustituido por el Art. 1 de sus reformas), inciso primero, a continuación de "Control Constitucional" insértese "y su jurisprudencia"

Sustitúyase el numeral 7 por el siguiente:

"7. Conocer y resolver peticiones de medidas cautelares, solicitadas dentro de los procesos puestos a su conocimiento".

En el numeral 8, a continuación del literal "a" insértese el siguiente: "b. Acción de incumplimiento".

Art. 4 Sustitúyase el Art. 4 por el siguiente:

"Art. 4.- Confidencialidad.-...

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