Resolución MPCEIP-SC-2022-0130-R Apruébese y oficialícese con el carácter de voluntaria la Primera edición de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 45003, Gestión de la seguridad y salud en el trabajo — Seguridad y salud psicológicas en el trabajo —Directrices para la gestión de los riesgos psicosociales (ISO 45003:2021, IDT)
Fecha de publicación | 13 Julio 2022 |
Número de Gaceta | 104 |
Registro Ocial - Suplemento Nº 104
21
Miércoles 13 de julio de 2022
Resolución Nro. MPCEIP-SC-2022-0130-R
Quito, 29 de junio de 2022
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y
PESCA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 52 de la Constitución de la
República del Ecuador, “Las personas tienen derecho a disponer de bienes y servicios de
óptima calidad y a elegirlos con libertad, así como a una información precisa y no
engañosa sobre su contenido y características”;
Que, la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad establece: “el Sistema Ecuatoriano de
la Calidad, tiene como objetivo establecer el marco jurídico destinado a: i) Regular los
principios, políticas y entidades relacionados con las actividades vinculadas con la
evaluación de la conformidad, que facilite el cumplimiento de los compromisos
internacionales en esta materia; ii) Garantizar el cumplimiento de los derechos
ciudadanos relacionados con la seguridad, la protección de la vida y la salud humana,
animal y vegetal, la preservación del medio ambiente, la protección del consumidor
contra prácticas engañosas y la corrección y sanción de estas prácticas; y, iii) Promover
e incentivar la cultura de la calidad y el mejoramiento de la competitividad en la
sociedad ecuatoriana.”;
Que, el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo No. 338, publicado en el Suplemento del
Registro Oficial No. 263 del 9 de junio de 2014 establece: “Sustitúyanse las
denominaciones del Instituto Ecuatoriano de Normalización por Servicio Ecuatoriano de
Normalización. (...)”;
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 559 del 14 de noviembre de 2018, publicado en el
Registro Oficial Suplemento No. 387 del 13 de diciembre de 2018, en su Artículo 1 se
decreta “Fusiónese por absorción al Ministerio de Comercio Exterior e Inversiones las
siguientes instituciones: el Ministerio de Industrias y Productividad, el Instituto de
Promoción de Exportaciones e Inversiones Extranjeras, y el Ministerio de Acuacultura y
Pesca” y en su Artículo 2 dispone “Una vez concluido el proceso de fusión por
absorción, modifiques e la denominación del Ministerio de Comercio Exterior e
Inversiones a Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca”;
Que, en la normativa Ibídem en su artículo 3 dispone “Una vez concluido el proceso de
fusión por absorción, todas las competencias, atribuciones, funciones, representaciones,
y delegaciones constantes en leyes, decretos, reglamentos y demás normativa vigente,
que le correspondían al Ministerio de Industrias y Productividad, al Instituto de
Promoción de Exportaciones, e Inversiones Extranjeras, y el Ministerio de Acuacultura y
Pesca, serán asumidas por el Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones
1/3
* Documento firmado electrónicamente por Quipux
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba