Henán Salgado, Manual de justicia constitucional ecuatoriana

AutorRamiro Rivadeneira
CargoAsesor constitucional del Tribunal Constitucional del Ecuador
Páginas293-298
FORO revista
de
derecho, No.
6,
UASB-Ecuador /
CEN
Quito,
2006
Hemán Salgado Pesantes,
MANUAL
DE
JUSTICIA CONSTITUCIONAL ECUA-
TORIANA, Serie Fortalecimiento de
la Justicia Constitucional en Ecua-
dor, vol. 5, Quito, Corporación
Editora Nacional/Instituto de De-
recho Público Comparado de la
Universidad Carlos III de Madrid /
Comisión Europea / Tribunal
Constitucional, 2004, 232 pp.
por
Ramiro Rivadeneira*
El capítulo 1 el autor lo dedica al
concepto de la justicia constitucio-
nal, aseverando que su doctrina se cons-
truye a partir de la supremacía de la
Constitución, entendida ésta como una
ley especial que descansa en la soberanía
popular y de la que emanan las directri-
ces del ordenamiento jurídico de un país,
por lo que pasa a ser condición de validez
y unidad de tal sistema jurídico. Añade
que el control constitucional requiere de
órganos -tribunales o cortes constitucio-
nales- que controlan las leyes, protegen
derechos fundamentales, usan la interpre-
tación constitucional, que por sus caracte-
rísticas especiales requieren sus propios métodos, deben ser independientes de cual-
quier función y órgano del Estado, y emiten decisiones de naturaleza jurisdiccional
que repercuten en el ordenamiento jurídico y en el contexto político del país, con-
ducentes a consolidar su democracia, finalidad trascendental que a la vez se consti-
tuye en el fundamento de su legitimidad. Deja establecido, de todas formas, que en
un Estado que tenga una Constitución "de papel" para beneficio de un gobierno au-
toritario, la justicia constitucional no podrá desempeñar otra función que no sea la
"de mera fachada".
En el capítulo
11
el autor explica los dos modelos de justicia constitucional. Así,
en primer lugar, se refiere
al
control difuso de origen norteamericano, y que en ese
país dio lugar
al
denominado judicial review. Realiza una breve historia de su parti-
da de nacimiento que se la ubica en el famoso caso Marbury
vs.
Madison de 1803,
con lo cual ayuda a comprender cómo este sistema de control se encuentra descen-
tralizado en la Función Judicial, por tener los jueces la potestad de velar por la su-
premacía de la Constitución en cada caso concreto, y la importancia que pasa a te-
ner la Corte Suprema en los países que han adoptado este modelo, por ser el órgano
judicial de mayor jerarquía y tener competencia para unificar la jurisprudencia de
los tribunales inferiores. En segundo lugar, se refiere
al
modelo concentrado, tam-
bién conocido como europeo continental, que nace y se desarrolla en el siglo XX
* Asesor constitucional del Tribunal Constitucional del Ecuador.
FORO 293

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