Resoluciones 351-2011-M-G. Resolución 351-2011-M-G - Recursos de casación en los juicios interpuestos por las siguientes personas naturales y/o jurídicas: Compañía Textiles Nacionales S. A. en contra del Administrador del Primer Distrito de Aduanas

Número de Boletín152-Edición Especial
SecciónResoluciones
EmisorCorte Nacional de Justicia
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2011

JUICIO DE IMPUGNACION QUE SIGUE: TEXTILES NACIONALES S.A. EN CONTRA DEL ADMINISTRADOR DEL PRIMER DISTRITO DE ADUANAS

CORTE NACIONAL DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO

Juez Ponente: Dr. Gustavo Durango Vela.

Quito, a 23 de Septiembre del 2011, las 15H30.

VISTOS: El señor Antonio de la Cerda Álamos en representación de la Compañía TEXTILES NACIONALES S.A., el 24 de agosto de 2011 interpone recurso de casación en contra del Auto de 17 de los mismos mes y año, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Distrital de lo Fiscal No. 1 de Quito, dentro del juicio de impugnación No. 2104-1995 seguido por TEXTILES NACIONALES S.A., en contra de la Administrador del Primer Distrito de Aduana, encontrándose el recurso en estado de calificar, la Sala advierte: a) De conformidad con la Disposición Transitoria Décima Segunda del Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones publicado en el Suplemento del Registro Oficial 351 de 29 de diciembre de 2010, "Los procesos administrativos o judiciales que se hayan planteado en contra de las autoridades de la administración aduanera, o que ésta autoridad haya iniciado en contra de contribuyentes en materia aduanera, hasta el año 2000 inclusive, cuyas cuantías no superen los mil dólares de los Estados Unidos de América, serán archivados de oficio por la autoridad judicial o administrativa y se eliminarán de las cuentas contables fiscales, sea que se trate de valores reclamados por el contribuyente o por cobrar a favor del fisco" (el énfasis es de la Sala); b) En el presente caso, según obra de los autos, fs. 1 a 3, la demanda de impugnación a las resoluciones expedidas por la Autoridad Aduanera se presentó el 18 de septiembre de 1995, por una cuantía que transformada a dólares de conformidad con el art. 12 de la Ley para la Transformación Económica del Ecuador publicada en el Suplemento del Registro Oficial N° 34 de 13 de marzo del 2000, es inferior a los mil dólares de los Estados Unidos de América; c) La...

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