Una nueva perspectiva de interacción entre los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario: el uso de medios menos nocivos como un principio que gobierna los conflictos armados

AutorGabriela Monserrat Flores Villacís
Páginas235-261
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ABSTRACT
During times of war, the relationship between International Humanitarian Law
and International Human Rights Law has always been controversial, and has gene-
rally been solved by prioritizing the rules of the former and minimizing the appli-
cation of the latter’s. In practice, this has translated into insucient standards of
protection for individuals and, more specically, into the endorsement of an un-
restrained right to kill enemy combatants. is paper suggests a novel approach to
this regime interaction: the application of International Human Rights Law during
wartime should serve as an interpretative tool of International Humanitarian Law
rules, strengthening the safeguards oered by the latter and, thus, better respec-
ting the rights of individuals during hostilities. Regarding the right to life, this
interpretation would require to abandon the idea of a right to kill opponents and,
instead, demand that least harmful means be employed during military operations,
when possible. Lethal force should be allowed only in cases where military necessity
justies it, henceforth avoiding causing individuals more harm than that strictly
required. e purpose of this article is not to advocate for a prohibition of killing
combatants -as the nature of armed conicts would render that rule unattainable-;
it is, however, to establish a principle capable of guiding combatants’ behaviour
towards a more humane conduct of hostilities.
KEYWORDS
Human Rights Law, Humanitarian Law, regime interaction, least harmful means,
right to life, combatants.
Una nueva perspectiva de interacción entre los Derechos
Humanos y el Derecho Internacional Humanitario: el uso de
medios menos nocivos como un principio que gobierna los
conflictos armados
RESUMEN
Durante un conicto armado, la interacción entre el Derecho Internacional Humanitario
y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos ha sido siempre controversial y, por
lo general, ha sido resuelto priorizando las reglas derivadas del primero y minimizando
la aplicación de las del segundo. En la práctica, esto se ha traducido en estándares
insucientes de protección a los individuos y, más especícamente, en la aceptación de
un irrestricto derecho a matar de los combatientes hacia sus enemigos. No obstante,
este artículo sugiere un enfoque novedoso de interacción entre estos dos regímenes: el
Derecho Internacional de los Derechos Humanos debería servir como una herramienta
de interpretación de las normas del Derecho Internacional Humanitario, con el n de
fortalecer el nivel de protección disponible en las normas de este último y lograr así la
garantía efectiva de los derechos de los individuos durante las hostilidades. Con respecto
al derecho a la vida, esta interpretación requeriría el abandono de la idea del derecho
a matar y, en su lugar, requerir el uso de medios menos nocivos durante las operaciones
militares, cuando sea posible. El recurrir a fuerza letal debería ser permitido únicamente
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Gabriela Monserrat Flores Villacís
en aquellos casos en que la necesidad militar lo justique, de manera que se evite causar
a los individuos más daño del estrictamente requerido. El propósito de este artículo
no es propugnar una prohibición absoluta de matar a los combatientes enemigos –
pues la naturaleza de los conictos armados tornaría inalcanzable una regla de esas
características–; sin embargo, sí es establecer un principio capaz de guiar la conducta de
los combatientes hacia una conducción de hostilidades más humana.
PALABRAS CLAVE
Derechos Humanos, Derecho Humanitario, interacción de los regímenes, medios menos
nocivos, derecho a la vida, combatientes.

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