Ordenanzas Municipales. Cantón Las Lajas- Que regula la limpieza y cerramiento a predios no edificados en el cantón . 20 006-2024 Cantón Morona- Que establece el procedimiento administrativo sancionador en el GAD

Fecha de publicación09 Mayo 2024
SecciónOrdenanza Municipal
EmisorOrdenanzas Municipales
Tipo de documentoOrdenanzas Municipales
Jueves 9 de mayo de 2024 Edición Especial Nº 1557 - Registro Ocial
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ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO SANCIONADOR EN EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN
MORONA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En el Registro Oficial Suplemento No. 31, del 07 de julio del 2017, se publica el
Código Orgánico Administrativo, que en la disposición final establece que entrará en
vigencia luego de transcurridos doce meses, contados a partir de su publicación en
el Registro Oficial
Es necesario establecer el debido proceso para el conocimiento, trámite y sanción
por cualquier infracción a las ordenanzas municipales vigentes.
Las ordenanzas municipales que se encuentran vigentes en el Gobierno Municipal
del cantón Morona, contemplan distintos procedimientos para su aplicación,
contraponiéndose de esta manera a las normas del debido proceso que establece el
actual Código Orgánico Administrativo, siendo necesario legislar una normativa que
establezca el procedimiento administrativo sancionador para todas las ordenanzas
municipales del cantón.
Según el Art. 1 del Código Orgánico Administrativo, establece que esta norma regula
el ejercicio de la función administrativa de los organismos que conforman el sector
público.
El Art. 67 del COA establece que el ejercicio de las competencias asignadas a los
órganos o entidades administrativos incluye, no solo lo expresamente definido en la
ley, sino todo aquello que sea necesario para el cumplimiento de sus funciones;
Es necesario establecer el procedimiento administrativo, a fin que las actuaciones
municipales se enmarquen dentro del debido proceso, evitando que los funcionarios
públicos se constituyan en juez y parte de sus propias actuaciones administrativas;
Es fundamental simplificar los trámites que deben efectuar los ciudadanos ante las
administraciones públicas con el fin de desarrollar actividades productivas y tornar
eficientes los casos administrativos que se presenten.
Es deber de la municipalidad garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa
en todas las etapas del proceso administrativo, poniendo en práctica el derecho a la
seguridad jurídica que se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la
existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las
autoridades competentes.
Jueves 9 de mayo de 2024Registro Ocial - Edición Especial Nº 1557
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ORDENANZA QUE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO SANCIONADOR EN EL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN
MORONA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
En el Registro Oficial Suplemento No. 31, del 07 de julio del 2017, se publica el
Código Orgánico Administrativo, que en la disposición final establece que entrará en
vigencia luego de transcurridos doce meses, contados a partir de su publicación en
el Registro Oficial
Es necesario establecer el debido proceso para el conocimiento, trámite y sanción
por cualquier infracción a las ordenanzas municipales vigentes.
Las ordenanzas municipales que se encuentran vigentes en el Gobierno Municipal
del cantón Morona, contemplan distintos procedimientos para su aplicación,
contraponiéndose de esta manera a las normas del debido proceso que establece el
actual Código Orgánico Administrativo, siendo necesario legislar una normativa que
establezca el procedimiento administrativo sancionador para todas las ordenanzas
municipales del cantón.
Según el Art. 1 del Código Orgánico Administrativo, establece que esta norma regula
el ejercicio de la función administrativa de los organismos que conforman el sector
público.
El Art. 67 del COA establece que el ejercicio de las competencias asignadas a los
órganos o entidades administrativos incluye, no solo lo expresamente definido en la
ley, sino todo aquello que sea necesario para el cumplimiento de sus funciones;
Es necesario establecer el procedimiento administrativo, a fin que las actuaciones
municipales se enmarquen dentro del debido proceso, evitando que los funcionarios
públicos se constituyan en juez y parte de sus propias actuaciones administrativas;
Es fundamental simplificar los trámites que deben efectuar los ciudadanos ante las
administraciones públicas con el fin de desarrollar actividades productivas y tornar
eficientes los casos administrativos que se presenten.
Es deber de la municipalidad garantizar el debido proceso y el derecho a la defensa
en todas las etapas del proceso administrativo, poniendo en práctica el derecho a la
seguridad jurídica que se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la
existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las
autoridades competentes.
EL CONCEJO MUNICIPAL DEL GOBIERNO MUNICIPAL DEL CANTÓN MORONA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1 de la Constitución de la República, determina que el Ecuador es
un Estado constitucional de Derechos y Justicia Social, democrático, soberano,
independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico;
persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial
y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación
y celeridad; en ningún caso quedará en indefensión. El incumplimiento de las
resoluciones judiciales será sancionado por la ley;
todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden,
se asegurará el derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías
básicas: 1.- Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizar el
cumplimiento de las normas y los derechos de las partes. Numeral 7, literal l) Las
resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si
en la resolución no se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y
no se explica la pertinencia de su aplicación a los antecedentes de hecho. Los actos
administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente motivados
se consideraran nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados;
derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en el respeto a la Constitución y en la
existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las
autoridades competentes;
Que, de conformidad a lo que determina el numeral 13 del artículo 83 de la
Constitución de la República, son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas
y ecuatorianos, entre otros, conservar el patrimonio cultural y natural del país y cuidar
y mantener los bienes públicos;
Que, en el Art. 169 de la Constitución de la República del Ecuador, establece que el
sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas
procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia,
inmediación, celeridad y economía procesal;
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán

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