Resoluciones 17-008. Otórguese y desígnese facultades al Laboratorio de la Compañía Lenor Ecuador Cía. Ltda

Número de Boletín956
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
Lunes 6 de marzo de 2017 – 45Registro Of‌i cial Nº 956
Unif‌i cado de la Legislación Secundaria del Ministerio
del Ambiente, y tratándose de acto administrativo, por
el Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la
Función Ejecutiva.
Se dispone el registro de la Licencia Ambiental en el
Registro Nacional de Fichas y Licencias Ambientales.
Dado en Zamora, a 27 de septiembre de 2016
f.) Byron Patricio González González, Director Provincial
del Ambiente de Zamora Chinchipe.
No.17-008
LA SUBSECRETARÍA DE LA CALIDAD
Considerando:
artículo 52 establece que "las personas tienen derecho
a disponer de bienes y servicios de óptima calidad y a
elegirlos con libertad, así como a una información precisa y
no engañosa sobre su contenido y características";
Que la designación de Servicios de Evaluación de la
Conformidad es atribución del Ministerio de Industrias
y Productividad, de acuerdo con la Ley 76 del Sistema
Ecuatoriano de la Calidad, reformada por el Código
COPCI, publicado en el Suplemento del Registro Of‌i cial
No. 351 de 29 de diciembre de 2010;
para la ejecución de las políticas que dictamine el Comité
Interministerial de la Calidad, el Ministerio de Industrias
y Productividad tendrá entre otras, la siguiente atribución:
"e) Designar temporalmente laboratorios, organismos
evaluadores de la conformidad y otros órganos necesarios
para temas específ‌i cos, siempre y cuando éstos no existan
en el país. Los organismos designados no podrán dar
servicios como entes acreditados en temas diferentes a la
designación";
Que el Artículo 25 del Reglamento a la Ley del Sistema
Ecuatoriano de la Calidad, vigente mediante Decreto
756, publicado en el Suplemento del Registro Of‌i cial No.
450 de 17 de mayo de 2011, establece que el Ministro de
Industrias y Productividad en base al informe presentado
por el Servicio de Acreditación Ecuatoriano "OAE-
resolverá conceder o negar la Designación; y, dispone
que transcurridos los dos años, el OEC podrá solicitar la
renovación de la designación por una vez, siempre y cuando
se evidencie el mantenimiento de las condiciones iniciales
de designación mediante un informe anual de evaluación
de seguimiento realizado por el OAE, y se hubiere iniciado
un proceso de acreditación ante el OAE para el alcance en
cuestión;
Que en el artículo 27 del Reglamento a la Ley del Sistema
Ecuatoriano de la Calidad se establecen las obligaciones que
los Organismos Evaluadores de la Conformidad designados
deben cumplir;
Que mediante Acuerdo Ministerial No. 11 446 del 25 de
noviembre de 2011, publicado en el Registro Of‌i cial No.
599 del 19 de noviembre de 2011, la Ministra de Industrias
y Productividad delega a la Subsecretaria de la Calidad la
facultad de conceder o negar la designación al organismo
de evaluación de la conformidad solicitante.
I. VISTOS:
1. Mediante comunicación de fecha 30 de agosto de 2016,
el Ing. Mauricio Canchignña, Gerente General de la
compañía LENOR ECUADOR CIA. LTDA. solicitó a la
Subsecretaría de la Calidad del Ministerio de Industrias y
Productividad, "(…) se sirvan proceder a la evaluación de
este Organismo de Evaluación de la Conformidad a f‌i n de
obtener la Designación para realizar la actividad de ensayos
según los documentos normativos RTE INEN 089, UNE-
EN 71-1, SEGURIDAD DE LOS JUGUETES; UNE-EN
71-2 SEGURIDAD DE LOS JUGUETES; Laboratorio
de encendedores RTEINEN 105, NTE INEN ISO 9994.
Encendedores, Requisitos de Seguridad.
2. Con of‌i cio Nro. MIPRO-DOEC-2016-0035-O de 30 de
agosto de 2016, el Mgs. Jaime Oswaldo Naranjo Iñiguez,
Director de Organismos de Evaluación de la Conformidad
(E) del Ministerio de Industrias y Productividad, informó
a la Economista Johana Paola zapata Maldonado, Director
Ejecutiva del Servicio de Acreditación Ecuatoriano, que la
compañía LENOR ECUADOR CIA. LTDA., a través de su
representante legal, requiere obtener la designación de su
laboratorio para "( ) efectuar los ensayos de conformidad
con los documentos normativos RTE INEN 089, UNE-
EN 71-1, SEGURIDAD DE LOS JUGUETES; UNE-EN
71-2 SEGURIDAD DE LOS JUGUETES; Laboratorio
de encendedores RTEINEN 105, NTE INEN ISO 9994.
Encendedores, Requisitos de Seguridad, por lo que solicitó
"( ) se sirva certif‌i car si existen organismos o laboratorios
acreditados para el alcance solicitado; y en caso de no
existir, mucho agradeceré a usted proceder con la evaluación
respectiva y emitir el informe técnico correspondiente.
3. Mediante Of‌i cio No. SAE-DE-2016-0012-OF de 11
de enero de 2017, suscrito por la Econ. Johana Paola
Zapata Maldonado, Directora Ejecutiva del Servicio de
Acreditación Ecuatoriano, comunica a la Subsecretaría del
Sistema de la Calidad de la Productividad del MIPRO lo
siguiente:
“(…)
Mediante Informe Técnico L 16-019D "Evaluación
de la Capacidad Técnica para designación como

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