Acuerdos 13 327. Deléganse a varios funcionarios para que participen y actúen en representación del señor Ministro ante las siguientes instituciones: Señor economista Bolívar Bolaños Garaicoa en el Directorio de la Empresa de Ferrocarriles del Ecuador, Empresa Pública, FEEP

Número de Boletín25
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Industrias y Productividad
Fecha de la disposición 6 de Junio de 2013

EL MINISTRO DE INDUSTRIAS Y

PRODUCTIVIDAD

Considerando:

Que, mediante Decreto Ejecutivo 1508 de 8 de mayo del 2013, se designó al Economista Ramiro González Jaramillo como Ministro de Industrias y Productividad.

Que, corresponde al Ministro de Industrias y Productividad dirigir la política del Ministerio a su cargo y expedir las normas, acuerdos y resoluciones que requiera la gestión ministerial.

Que, de conformidad con lo establecido en el Art. 35 de la Ley de Modernización del Estado, el Ministro de Industrias y Productividad, puede delegar sus atribuciones y facultades a funcionarios de su portafolio, cuando la conveniencia institucional lo requiera.

Que, el Art. 6 de la ley de Creación de la Empresa de Ferrocarriles del Ecuador, Empresa Pública, -FEEP-, dispone: "El Directorio de Ferrocarriles del Ecuador Empresa Pública FEEP, estará integrado por: ….3. El Ministro de Industrias y Productividad."

Que, el Art. 55 del Estatuto Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva dispone: "Las atribuciones de las diversas entidades y autoridades de la Administración Pública Central e Institucional, serán delegables en las autoridades u órganos de inferior jerarquía excepto las que se encuentran prohibidas por la Ley o por decreto. La delegación será publicada en el Registro Oficial…" en concordancia con los Art. 56 y 57 del mismo estatuto.

Que, el Art. 59 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, señala: "Cuando las resoluciones administrativas se adopten por delegación se hará constar expresamente esta circunstancia y se considerarán dictadas por autoridad delegante, siendo la responsabilidad del delegado que actúa".

Que, el Art. 57 del Estatuto Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que...

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