Resoluciones. PCH-DPRRAFI18-0000010 Ignacio Pazmiño Meza, Tributario Asistencia al Contribuyente

Número de Boletín290
SecciónResoluciones
EmisorServicio de Rentas Internas
Martes 24 de julio de 2018 – 27Registro Of‌i cial Nº 290
Proveyó y f‌i rmó la Resolución que antecede, la Lcda.
Katty Jimena Paredes Tello, Directora (E) Provincial de
Chimborazo Servicio de Rentas Internas, en la ciudad de
Riobamba, a 28 de mayo de 2018.
Lo certif‌i co.
f.) Ing. Marisol Toledo Fiallo, Secretaria Provincial de
Chimborazo, Servicio de Rentas Internas.
No. PCH-DPRRAFI18-00000010
LA DIRECTORA (E) PROVINCIAL DE
CHIMBORAZO
SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Que, de acuerdo al artículo 227 de la Constitución de la
República del Ecuador, en concordancia con el artículo 3
de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada; las administraciones públicas deben organizarse
y desarrollarse de manera desconcentrada, para cumplir,
de esta forma, los principios de ef‌i ciencia, calidad,
coordinación, participación, planif‌i cación, transparencia y
evaluación;
Que, el tercer inciso del artículo 9 de la Ley de Creación
del Servicio de Rentas Internas dispone que los directores
regionales y provinciales ejercerán, dentro de su respectiva
jurisdicción, las funciones que el Código Tributario asigna
al Director General del Servicio de Rentas Internas, con
excepción de la absolución de consultas, el conocimiento
y resolución de recursos de revisión y la expedición de
resoluciones o circulares de carácter general y obligatorio
para la aplicación de las normas legales y reglamentarias;
Que, el artículo 69 de la Codif‌i cación del Código Tributario
señala que las autoridades administrativas que la ley
determine están obligadas a expedir resolución motivada,
en el tiempo que corresponda, respecto de toda consulta,
petición, reclamo o recurso que, en ejercicio de su derecho,
presenten los sujetos pasivos de tributos o quienes se
consideren afectados por un acto de la Administración
Tributaria;
Que, los artículos 75 y 76 de la codif‌i cación ibídem disponen
que la competencia administrativa se ejerza por los órganos
que la tengan atribuida, salvo los casos de delegación o
sustitución previstos por las leyes;
Que, el artículo 77 de la mencionada codif‌i cación
establece que cuando una ley atribuya competencia a una
administración tributaria, sin determinar la autoridad que
ha de ejercerla, se entenderá concedida a la competente para
conocer de los reclamos;
Que, el numeral 2 del artículo 24 y el artículo 25 del
Reglamento para la Aplicación de la Ley de Creación del
Servicio de Rentas Internas, establece como facultad de
los directores regionales y provinciales entre otras, las
de dirigir, organizar, coordinar y controlar la gestión del
Servicio de Rentas Internas dentro de su jurisdicción, y
vigilar la estricta aplicación de las leyes y reglamentos
tributarios;
Que, los artículos 55 y 56 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva prevén que las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por ley
o por decreto y que los delegados únicamente podrán a su
vez delegar sus competencias cuando exista autorización
expresa para el efecto;
Que, el artículo 90 del Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva establece que los
actos administrativos podrán extinguirse o reformarse
en sede administrativa por razones de legitimidad o de
oportunidad;
Que, mediante Resolución No. NAC-DNHRSGE18-000
00236 emitida el 24 de mayo de 2018, por la Directora
General del Servicio de Rentas Internas, se dispone que
la servidora Katty Jimena Paredes Tello se encargará de
la funciones de Director Provincial de Chimborazo, del
Servicio de Rentas Internas, desde el 28 de mayo hasta el
29 de junio de 2018, inclusive;
Que, la Disposición General Cuarta del Estatuto Orgánico
por Procesos del Servicio de Rentas Internas, expedido
mediante Resolución No. NAC-DGERCG14-00313,
publicada en el Registro Of‌i cial No. 134 de 30 de mayo
de 2014 y sus reformas, establece la conformación de
direcciones zonales que permitan una debida gestión
tributaria y atender las necesidades de los contribuyes,
responsables y terceros;
Que, a las direcciones regionales originalmente
establecidas en el Servicio de Rentas Internas,
actualmente corresponden las direcciones zonales y/o
direcciones provinciales. Dichas zonas constituyen una
instancia de actuación desconcentrada que se conforma,
primordialmente, por la unión de varias provincias. La
denominación de zonal corresponde a lo dispuesto en el
Decreto Ejecutivo No. 357, publicado en el Registro Of‌i cial
No. 205 de 02 de junio de 2010, por el cual se establecieron
las zonas administrativas de planif‌i cación;
Que, mediante Resolución No. NAC-DGERCGC16-000
00383, publicada en el Primer Suplemento del Registro
Of‌i cial No. 838 de 12 de septiembre de 2016, el Director
General del Servicio de Rentas Internas delegó varias de
sus atribuciones a las Direcciones Zonales y Provinciales,
la competencia para conocer y resolver los reclamos y
las peticiones que se formulen ante esta Administración
Tributaria, inclusive las solicitudes relacionadas a la
devolución de los impuestos que administra, así como
para resolver la imposición de sanciones de clausura. Los
delegados podrán delegar estas competencias, excepto la de
resolver los reclamos y las clausuras.
rcer inc
de Re
rovincia
funciones que el Código Tri
al del Servicio de Rent
olución de con
sos de revi
s de c
descon
principios de
ipación, planif‌i cac
iso del artículo 9 de la Ley
entas Internas dispone que l
ales ejercerán, dentr
c
ciones que el Código Tributario a
Servicio de Rentas Internas, c
e consultas, el conocimien
ión
9 de la Ley
as Internas dispone qu
es ejercerán d
cos
ones púb
nera d
s pr
icip
ci
Rentas Internas dispone que los d
ciales ejercerán, dentro de su res
nes que el Código Tributar
a, c
nsparen
alidad,
ncia y
ir,
la
la f
S
reación
ectores
Q
29
Que,
vici
de ju
io d
io
ones
Re
rv
Katty
de Di
4 d
cio de
Jime
de
e R
ón N
mayo
o. NA
d
A
de legi
va
na
pub
de 2
Pro
diante
cad
Disp
cesos
R
posició
d
8, in
n
nternas
clusi
Pare
Provin
s des
s In
redes Te
cia
. PCH-D
CTORA (E) PROVI
CHIMBORAZ
ERE
ntas In
DPRRAFI18-0
H
A (E) PROVINCIAL DE
RAZO
iallo, S
e Renta
H-DPRRAFI18-00000010
vi
trib
a
d
Qu
y Ad
trib
ue, lo
min
artí
os;
nt
tricta
,
s Inte
aplica
coo
erna
y p
ordinar
, estab
rovinc
y
la L
ece c
ci
y el ar
ey de
jera
o po
la
rán del
quía
ones
Admi
lega
rativo
s propi
it
55 y
de la
s
56 de
F
ón d
ntro
de las l
os 7
petenci
ngan atr
previsto
ulo 77 de
ndo una ley atribuya com
utaria, sin deter
nderá conced
un act
5 y 76 de la codif‌i cac
a administrativa se e
ibuida, salvo los
os por las leyes
l
77 de la mencionada codif‌i c
una ley atribuya competencia a
n determinar la autoridad qu
lt
ción i
e ejerza po
os casos de d
por las leyes;
, e
ivos de
por un
75
ia
ri
tos
7 de la mencionada codif‌i
tib
em disp
los ór
ón
No
las
órgano
ación o
s
O
Qu
0038
Of‌ic
ue, m
nas
dia
02
s adm
vo
2 de ju
nistra
zona
No. 35
nio d
al c
7,
unión
corres
as
oncentr
n d
zonas
ada
ciones
co
ón
la c
las
eneral
atribu
m
No.
del S
e
blicada
838 d
esolu
en e
vas de
ción
010,
e plan
blicad
por el
f‌ic

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR