PEO-JURRDRI18-00000109 Deléguense Funciones A Quien Desempeñe Las Funciones De Jefe Provincial De Auditoría Tributaria

Número de Boletín226
SecciónResoluciones
EmisorServicio de Rentas Internas
Viernes 20 de abril de 2018 – 43Registro Of‌i cial Nº 226
Resuelve:
Artículo 1.- Delegar a quien desempeñe las funciones
de Jefe Provincial de Reclamos, la atribución de expedir
y suscribir con su sola f‌i rma, dentro del ámbito de su
competencia, en los procesos de impugnación a actos
administrativos, reclamos formales de pago en exceso y en
peticiones y solicitudes en general, lo siguiente:
a) Of‌i cios, providencias y demás actos preparatorios
necesarios, a dicho efecto;
b) Of‌i cios y/o providencias de requerimientos de
información al contribuyente y a terceros;
c) Actas de entrega–recepción mediante las cuales
se reciban y/o se devuelvan a los contribuyentes o
terceros, los documentos originales presentados a la
Administración Tributaria, dentro de los reclamos
administrativos;
d) Providencias para que los sujetos pasivos concurran a
las of‌i cinas de la Administración Tributaria, cuando su
presencia sea requerida;
e) Providencias para que los sujetos pasivos exhiban
las declaraciones, informes, libros y documentos
relacionados con los hechos generadores de obligaciones
tributarias;
f) Comunicaciones preventivas de sanción;
g) Of‌i cio de inicio de sumario por infracción tributaria;
h) Of‌i cios, providencias, solicitudes, despachos y
demás actos preparatorios necesarios dentro de los
reclamos formales de pago en exceso de los impuestos
administrados por el Servicio de Rentas Internas;
i) Of‌i cios mediante los cuales se contestan solicitudes
relacionadas con las funciones de la Unidad de
Reclamos.
j) Resoluciones sancionatorias pecuniarias; y,
k) Of‌i cios y/o providencias que atiendan las peticiones de
ampliación de plazo para la realización de diligencias
de inspecciones, comparecencias o pruebas;
Artículo 2.- Delegar a quien desempeñe las funciones
de Jefe Provincial de Reclamos, la atribución de expedir
y suscribir con su sola f‌i rma, dentro del ámbito de su
competencia y de los procedimientos de determinación
complementaria, lo siguiente:
a) Of‌i cios y/o providencias de requerimientos de
información al contribuyente y a terceros;
b) Of‌i cios y/o providencias que atiendan las peticiones de
prórroga para la presentación de información solicitada
por la Unidad de Reclamos;
c) Of‌i cios y/o providencias mediante los cuales se
disponga la realización de diligencias de inspecciones;
d) Of‌i cios y/o providencias que atiendan las peticiones de
ampliación de plazo para la realización de diligencias
de inspecciones o comparecencias;
e) Of‌i cio a contribuyentes o responsables para comparecer
a lecturas de actas borrador de determinaciones
complementarias.
f) Comunicaciones preventivas de sanción;
g) Of‌i cio de inicio de sumario por infracción tributaria;
h) Resoluciones sancionatorias pecuniarias; y,
i) Of‌i cios que atiendan solicitudes, peticiones y demás
comunicaciones necesarias para los procedimientos de
determinación tributaria.
Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución No.
PEOJURRDRI16-00000256, publicada en el Registro
Of‌i cial 894 de 01 de diciembre de 2016.
La presente resolución entrará en vigencia a partir de su
publicación en el Registro Of‌i cial. Publíquese, notifíquese
y cúmplase.
Proveyó y f‌i rmó la Resolución que antecede, la Ing. Raquel
Guzmán Recalde, Directora Provincial de El Oro del
Servicio de Rentas Internas, en la ciudad de Machala, a 27
de marzo de 2018.
Lo certif‌i co.
f.) Lcda. Tania Urdiales Espinoza, Secretaria Provincial, El
Oro, Servicio de Rentas Internas.
No. PEO-JURRDRI18-00000109
LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE EL ORO
DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Considerando:
Que, de acuerdo al artículo 227 de la Constitución de la
República del Ecuador, en concordancia con el artículo 3
de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada; las administraciones públicas deben organizarse
y desarrollarse de manera desconcentrada, para cumplir,
de esta forma, los principios de ef‌i ciencia, calidad,
coordinación, participación, planif‌i cación, transparencia y
evaluación;
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