Resoluciones 004-058-CEAACES-2013. Expídese el Instructivo procedimental para la recepción de audiencias públicas, para los procesos de evaluación que realice el CEAACES a las Instituciones de Educación Superior

Número de Boletín102
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior
Fecha de la disposición 2 de Septiembre de 2013

EL CONSEJO DE EVALUACIÓN, ACREDITACIÓN

Y ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA

EDUCACIÓN SUPERIOR

Considerando:

Que el artículo 353 de la Constitución de la República establece que el sistema de educación superior se regirá por "1.Un organismo público de planificación, regulación y coordinación interna del sistema y de la relación entre sus distintos actores con la Función Ejecutiva. 2. Un organismo público técnico de acreditación y aseguramiento de la calidad de instituciones, carreras y programas, que no podrá conformarse por representantes de las instituciones objeto de regulación";

Que los artículos 171 y 173 de la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES) establecen que el Consejo de Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) es el organismo público técnico, con personería jurídica y patrimonio propio, con independencia administrativa, financiera y operativa, que normará la autoevaluación institucional, y ejecutará los procesos de evaluación externa, acreditación, clasificación académica y el aseguramiento de la calidad de las instituciones de educación superior;

Que el literal b) del artículo 174 de la LOES, establece dentro de las atribuciones del CEAACES, aprobar la normativa para los procesos de evaluación, acreditación, clasificación académica y aseguramiento de la calidad de las instituciones del Sistema de Educación Superior, programas y carreras, bajo sus distintas modalidades de estudio;

Que es necesario regular el desarrollo de las audiencias públicas en los distintos procesos de evaluación que se realicen a las instituciones de educación superior; y,

En ejercicio de las atribuciones que le confiere la Constitución y la Ley Orgánica de Educación Superior, expide el siguiente:

Instructivo procedimental para la recepción de

audiencias públicas, para los procesos de evaluación

que realice el CEAACES a las Instituciones de

Educación Superior

Sección 1ª Artículo 1

Del objeto y ámbito de aplicación

Art. 1

Ámbito de aplicación y objeto.- El presente instructivo tiene como propósito establecer los procedimientos tendientes a regular el desarrollo de las audiencias públicas, cuando sean solicitadas por las Instituciones de Educación Superior (IES) dentro de los procesos de evaluación, acreditación, clasificación académica, así como para los procesos de evaluación de programas y carreras...

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