El proceso oral en materia contencioso-administrativa y contencioso-tributaria en el Ecuador: breve relato de una transformación gris

AutorGabriel Santiago Galán Melo
CargoPhD (c) en Derecho. Magíster en Derecho civil y procesal civil. Director de la Carrera de Derecho. Universidad Hemisferios, Quito, Ecuador
Páginas53-79
Revista de Derecho. Vol. 12 (II) (2023), pp. 53-79. ISSN: 1390-440X eISSN: 1390-7794
Recepción: 13-07-2023. Aceptación: 30-09-2023. Publicación electr ónica: 11-10-2023
https://doi.org/10.31207/ih.v12i2.328
| vol. 12 (II) (2023), p. 53
EL PROCESO ORAL EN LAS MATERIAS CONTENCIOSO-
ADMINISTRATIVA Y CONTENCIOSO-TRIBUTARIA EN EL
ECUADOR: BREVE RELATO DE UNA
TRANSFORMACIÓN GRIS
THE ORAL PROCESS IN CONTENTIOUS-ADMINISTRATIVE AND CONTENTIOUS-TAX MATTERS IN
ECUADOR: A BRIEF ACCOUNT OF A SUBTLE TRANSFORMATION
Gabriel Santiago Galán Melo*
Resumen: El presente artículo pretende relatar de modo muy sucinto ciertas
particularidades de la inclusión de las materias contencioso-administrativa y
contencioso-tributaria en el proceso de audiencias reglado, en Ecuador, por
el Código Orgánico General de Procesos (COGEP): su caracterización y las
posibles ventajas y desventajas que la transformación procesal ha
evidenciado prima facie -y a ojos de este relator- a esta fecha (mayo de
2022). En nuestro país, a partir de la promulgación del COGEP, académicos,
jueces y abogados anunciaron abiertamente un sinnúmero de retos y reparos
a la transformación procesal impuesta en los ámbitos atribuidos para el
litigio de lo contencioso administrativo y lo contencioso tributario, cuya
discusión sigue inconclusa. La finalidad que este trabajo persigue es relievar
algunos de los posibles aciertos y desaciertos que aún se debaten
públicamente sobre el cambio realizado.
Palabras clave: Relaciones públicas administrativas, regulación jurídica,
relaciones públicas civiles, teoría jurídica.
* PhD (c) en Derecho. Magíster en Derecho civil y procesal civil. Director de la Carrera de
Derecho. Universidad Hemisferios, Quito, Ecuador. Correo electrónico:
ggalan@profesores.uhemisferios.edu.ec
Gabriel Sa ntiago Galán Melo
| v. 12 (II) (2023), p. 54
Abstract: The present article aims to provide a very brief account of certain
specifics regarding the inclusion of contentious-administrative and
contentious-tax matters in the regulated hea ring process in Ecuador,
according to the Organic General Code of Processes (COGEP): its
characterization a nd the potentia l advantages a nd disadvantages tha t the
procedural transformation has evidenced prima facie - in the eyes of this
author - up to this date (May 2022). In our country, since the promulgation
of the COGEP, scholars, judges, and lawyers openly voiced numerous
challenges and reservations regarding the procedural changes imposed in
the ar eas attributed to contentious administrative and contentious tax
litigation, the discussion of which remains inconclusive. The purpose of this
work is to highlight some of the possible successes and failures that a re still
being publicly debated regarding the implemented change.
Keywords: Administrative public relations, legal regulation, civil public
relations, legal theory.
Summary. I. Introducción. II. Caracterización. III. Ventajas y desventajas. IV.
Conclusiones. Referencias
I. INTRODUCCIÓN
Contrario sensu a la percepción generalizada en la cotidianidad del
debate sobre la tradición jurídica del proceso judicial en nuestro país, el
proceso romano clásico y el proceso germano fueron sustancialmente
procesos orales. No fue sino hasta el medioevo en el que el proceso adoptó
paulatinamente la forma escrita. La doctrina jurídica posterior al siglo X,
desarrolló en Europa la noción escrituraria del proceso ordinario del derecho
común, aunque, a partir de la Revolución Francesa de 1789, surgió
gradualmente una reacción que, finalmente, ha restaurado -para el sistema
del civil law- la predominancia de la oralidad; en especial, a partir de la
segunda mitad del siglo XIX. En las cortes del common law, por su parte,
caracterizadas por su pragmatismo respecto de nuestro sistema jurídico, el
proceso oral se implementó mucho antes (Canosa, 2003).
El proceso escrito europeo fue concebido como un pleito privado,
eminentemente dispositivo, en el que la prueba respondía a un sistema de
tarifa legal, que se desarrollaba ante un juez distante, con facultades
disminuidas (sin poderes relevantes), y en simple posición de espectador
(Canosa, 2003). Al respecto, Cappelletti (1973) sostiene que el proceso se

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