Decretos 1109. Ratifíquese en todos sus artículos el 'Convenio de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República de Italia', suscrito en la ciudad de Quito, el 25 de noviembre de 2015

Número de Boletín825-Primer Suplemento
SecciónDecretos
EmisorPresidencia de la República
Fecha de la disposición30 de Junio de 2016

Rafael Correa Delgado

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL

DE LA REPÚBLICA

Considerando:

Que el "Convenio de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República de Italia", fue suscrito en la ciudad de Quito, el 25 de noviembre de 2015;

Que el artículo 418 de la Constitución de la República establece que al Presidente de la República le corresponde suscribir o ratificar los tratados y otros instrumentos internacionales;

Que en este sentido y en cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, el Secretario General Jurídico de la Presidencia de la República con oficio No. T. 7288-SGJ-15-907 de 15 de diciembre de 2015, remitió a la Corte Constitucional, el referido convenio, para que resuelva si requiere de aprobación legislativa;

Que en base a lo expuesto, mediante Dictamen No. 003-16-DTI-CC de 9 de marzo de 2016, la Corte

Constitucional, resolvió que el referido "Convenio de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República de Italia", requiere de aprobación previa por parte de la Asamblea Nacional;

Que de conformidad con el segundo inciso del artículo 418 de la Constitución de la República, el Presidente Constitucional de la República solicitó con oficio No. T. 7288-SGJ-16-233 de 8 de abril de 2016, a la Asamblea Nacional, la aprobación del antedicho Convenio;

Que el Pleno de la Asamblea Nacional, el 23 de junio de 2016, resolvió aprobar el "Convenio de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la República de Italia "; y,

En ejercicio de la facultad conferida por el artículo 147, número 10, de la Constitución de la República,

Decreta:

Artículo Único Ratificase en todos sus artículos el

"Convenio de Servicios Aéreos entre el Gobierno de la República del Ecuador y el Gobierno de la...

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