Re-2017-066 Ing. Xavier Villarreal Revelo, Coordinador De Gestión De Control Técnico De Transporte Y Almacenamiento De Derivados Del Petróleo

Fecha de disposición03 Julio 2017
Fecha de publicación03 Julio 2017
Número de Gaceta27
Lunes 3 de julio de 2017 – 39Registro Of‌i cial Nº 27
j. Suscribir oficios y demás comunicaciones solicitando
informes técnicos y documentación complementaria,
previa aprobación de cruces de pequeña magnitud,
de cruces a los derechos de vía y afectaciones a la
infraestructura hidrocarburífera de poliductos y
gasoductos;
k. Suscribir oficios y/o comunicaciones que
deban elaborarse para solicitar información o
documentación complementaria, a fin de agilizar los
trámites de aprobación de solicitudes;
Art. 2.- El Ing. Juan Manuel Rodríguez Camacho,
responderá administrativamente ante el Director
Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero, personal, civil y penalmente ante las
autoridades competentes por los actos realizados en
ejercicio de la presente delegación.
Art. 3.- El Ing. Juan Manuel Rodríguez Camacho,
emitirá un informe ejecutivo por escrito cuando el
Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y
Control Hidrocarburífero así lo requiera, de las acciones
tomadas en ejercicio de la presente delegación.
Art. 4.- En el contenido de los documentos a los que se
refiere el artículo 1 de la presente Resolución, deberá
hacerse constar el siguiente texto:
“Suscribo el presente (Tipo de documento) en virtud
de la Delegación otorgada mediante Resolución
(Señalar No. y fecha de la delegación), por el Ing.
Raúl Darío Baldeón López, en su calidad de Director
Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero.”
Art. 5.- La presente Resolución quedará extinguida
ipso iure al retornar el titular a la Dirección de Control
Técnico de Combustibles.
Art. 6.- La presente Resolución entrará en vigencia a
partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación
en el Registro Oficial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 02 de mayo de
2017.
f.) Ing. José Ignacio Franco Magallanes, Director
Ejecutivo (S), Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero.
ARCH.- AGENCIA DE REGULACIÓN Y
CONTROL HIDROCARBURÍFERO.- Es fiel copia
del original.- Lo certifico.- f.) Patricia Iglesias, Centro
de Documentación.- Quito, 29 de mayo de 2017.
Nro. RE-2017-066
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURÍFERO
Considerando:
del Ecuador determina que: “Las Instituciones del Estado,
sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les serán atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos, reformado
por la Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la
Ley de Régimen Tributario Interno, publicado en el Registro
Of‌i cial No. 244 de 27 de julio del 2010, dispone la creación
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
como organismo técnico – administrativo encargado de
regular, controlar y f‌i scalizar las actividades técnicas
y operacionales en las diferentes fases de la industria
hidrocarburífera;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 35
de la Ley de Modernización del Estado, Privatización y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada y el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
y Administrativo de la Función Ejecutiva, el Director
Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero, se encuentra legalmente facultado para
delegar sus atribuciones a los funcionarios u órganos de
inferior jerarquía de la institución cuando así lo estime
conveniente;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. MH-DM-2015-
009-AM de 13 de abril de 2015, publicado en la Edición
Especial No. 321 del Registro Of‌i cial de fecha 20 de mayo
de 2015, el Ministro de Hidrocarburos, acuerda expedir el
Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero,
ARCH;
Que, es competencia del Proceso de Gestión de Control
Técnico de Transporte y Almacenamiento de Derivados del
Petróleo como gestión interna de la Dirección de Control
Técnico de Combustibles, ejercer el control sobre el
transporte y almacenamiento de Hidrocarburos, conforme
lo dispuesto en la Ley de Hidrocarburos y la reglamentación
aplicable, observando para el efecto el ámbito de acción
y productos señalados en el número 11.2.5 del Estatuto
Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la
Agenda de Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH);
Que, mediante Acción de Personal Nro. DAF-GTH-247 de
25 de abril de 2017, se deja constancia de la Subrogación
al cargo de Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación
y Control Hidrocarburífero (ARCH), al Ing. José Ignacio
Franco Magallanes;
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