Resoluciones. Re-2017-067 Ing. Ronald Vicente Encalada González

Número de Boletín27
SecciónResoluciones
EmisorAgencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
Lunes 3 de julio de 2017 – 41Registro Of‌i cial Nº 27
No. RE-2017-067
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA
AGENCIA DE REGULACIÓN Y CONTROL
HIDROCARBURÍFERO (S)
Considerando:
Ecuador publicada en el Registro Of‌i cial Nro. 449 de fecha
20 de octubre de 2008, determina que: “Las Instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les serán atribuidas en la Constitución
y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos, reformado
por la Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la
Ley de Régimen Tributario Interno, publicada en el Registro
Of‌i cial Nro. 244 de 27 de julio del 2010, dispone la creación
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
como organismo técnico – administrativo encargado de
regular, controlar y f‌i scalizar las actividades técnicas
y operacionales en las diferentes fases de la industria
hidrocarburífera;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 35
de la Ley de Modernización del Estado, Privatización y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada publicada en el Registro Of‌i cial Nro. 349 de fecha
31 de diciembre de 1993, y el artículo 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
publicado en el Registro Of‌i cial Nro. 536 de fecha 18 de
marzo de 2002, el Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero, se encuentra
legalmente facultado para delegar sus atribuciones a los
funcionarios u órganos de inferior jerarquía de la institución
cuando así lo estime conveniente;
Que, mediante Acuerdo Ministerial Nro. MH-DM-
2015-0009-AM de 13 de abril de 2015, el Ministro de
Hidrocarburos, acuerda expedir el Estatuto Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero, ARCH, publicado
en la Edición Especial Nro. 321 del Registro Of‌i cial de
fecha 20 de mayo de 2015;
Que, mediante Resolución Nro. 005-2016-DIRECTORIO-
ARCH de 03 de mayo del 2016, se designa al Ing. Raúl Darío
Baldeón López como Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH);
Que, mediante Acción de Personal Nro. DAF-GTH-247 de
25 de abril de 2017, el Ministro de Hidrocarburos autoriza
la subrogación al cargo de Director Ejecutivo de la Agencia
de Regulación y Control Hidrocarburífero, al Ing. José
Ignacio Franco Magallanes misma que rige del 02 al 05 de
mayo de 2017;
Que, es necesario racionalizar y desconcentrar la gestión
administrativa de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero en general y del Director Ejecutivo de
la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero en
especial, a f‌i n de proveer mayor agilidad al despacho de las
labores inherentes a la institución; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere el artículo
35 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones
y Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada, en concordancia con el artículo 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva,
Resuelve:
Art. 1.- Delegar al Ing. Ronald Vicente Encalada González,
para que a nombre y representación del Director Ejecutivo
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
ejerza a más de las funciones establecidas en el número
11.2.6 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional
por Procesos de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero, las siguientes:
a) Suscribir dentro del ámbito de su jurisdicción, el
ACUERDO - COMPROMISO-INTS-001 para EL
MANEJO DEL GAS LICUADO DE PETRÓLEO A
FAMILIAS DE LOS SERVICIOS DE ATENCIÓN
DIRECTA Y DE CONVENIO DE LOS SERVICIOS
DE LOS CENTROS INFANTILES DEL BUEN
VIVIR Y DE LOS PROGRAMAS CRECIENDO
CON NUESTROS HIJOS CNH, ADULTO
MAYOR, DISCAPACIDADES, PLAN FAMILIA
Y JUVENTUD” entre La ARCH, y el Ministerio de
Inclusión Económica y Social.
b) Coordinar y administrar el ACUERDO-COMPROMISO
INTS-001 para EL MANEJO DEL GAS LICUADO
DE PETRÓLEO A FAMILIAS DE LOS SERVICIOS
DE ATENCIÓN DIRECTA Y DE CONVENIO DE
LOS SERVICIOS DE LOS CENTROS INFANTILES
DEL BUEN VIVIR Y DE LOS PROGRAMAS
CRECIENDO CON NUESTROS HIJOS CNH,
ADULTO MAYOR, DISCAPACIDADES, PLAN
FAMILIA Y JUVENTUD” .
Art. 2.- El Ing. Ronald Vicente Encalada González,
responderá administrativamente ante el Director Ejecutivo
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero,
personal, civil y penalmente ante las autoridades
competentes por los actos realizados en ejercicio de la
presente delegación.
Art. 3.- El Ing. Ronald Vicente Encalada González,
emitirá un informe ejecutivo por escrito o cuando el
Director Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero así lo requiera, de las acciones tomadas en
ejercicio de la presente delegación.
Art. 4.- En el contenido de los documentos a los que se
ref‌i ere el artículo 1 de la presente resolución, deberá hacerse
constar el siguiente texto:
“Suscribo el presente (Tipo de documento) en virtud de
la Delegación otorgada mediante Resolución (Señalar
No. y fecha de la delegación), por el Ing. Raúl Darío
Baldeón López, en su calidad de Director Ejecutivo de
la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero.”
Art. 5.- Esta Resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
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