Resolución Re-2018-033 Ing. Manuel Rodríguez Camacho

Número de Boletín235
SecciónResoluciones
EmisorAGENCIA CONTROL HIDROCARBURÍFERO
34 – Lunes 7 de mayo de 2018 Registro Of‌i cial Nº 235
Que, es necesario racionalizar y desconcentrar la gestión
administrativa de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero en general y del Director Ejecutivo de
la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero en
especial, a f‌i n de proveer de mayor agilidad al despacho de
las labores inherentes a dicha institución; y,
Que, En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere
Privatizaciones y Prestación de Servicios Públicos por parte
de la Iniciativa Privada, en concordancia con el artículo 55
del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la
Función Ejecutiva,
Resuelve:
Art. 1.- Delegar al Abogado Diego Miguel Urquizo
Cabay, para que a nombre y representación del Director
Ejecutivo de la Agencia de Regulación y Control
Hidrocarburífero ejerza las siguientes funciones:
a. Ejercer el patrocinio judicial y extrajudicial de la
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero –
ARCH, en los procesos judiciales que se instauren en su
contra, a excepción de aquellos procesos en los cuales
se otorgue procuración judicial;
b. Comparecer a audiencias y transigir de ser legalmente
factible (si fuese en asuntos en benef‌i cio de la
institución), f‌i rmando actas, y todo documento que
sea necesario, en concordancia con lo dispuesto en
Orgánica de la Procuraduría General del Estado;
Art. 2.- El Abogado Diego Miguel Urquizo Cabay,
responderá administrativamente ante el Director Ejecutivo
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero,
personal, civil y penalmente ante las autoridades
competentes por los actos realizados en ejercicio de la
presente delegación.
Art. 3.- El Abogado Diego Miguel Urquizo Cabay,
informará por escrito cuando el Director Ejecutivo de la
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero así lo
requiera, de las acciones tomadas en ejercicio de la presente
delegación.
Art. 4.- Esta Resolución entrará en vigencia a partir
de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 13 de marzo de
2018.
f.) Ing. Raúl Darío Baldeón López, Director Ejecutivo,
Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
ARCH.
Nro. RE-2018-033
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE
LA AGENCIA DE REGULACIÓN Y
CONTROL HIDROCARBURÍFERO
Considerando:
Ecuador publicada en el Registro Of‌i cial Nro. 449 de fecha
20 de octubre de 2008, determina que: "Las Instituciones
del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o
servidores públicos y las personas que actúen en virtud de
una potestad estatal ejercerán solamente las competencias
y facultades que les serán atribuidas en la Constitución
y la Ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para
el cumplimiento de sus f‌i nes y hacer efectivo el goce y
ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución";
Que, el artículo 11 de la Ley de Hidrocarburos, reformado
por la Ley Reformatoria a la Ley de Hidrocarburos y a la
Ley de Régimen Tributario Interno, publicada en el Registro
Of‌i cial Nro. 244 de 27 de julio del 2010, dispone la creación
de la Agencia de Regulación y Control Hidrocarburífero
como organismo técnico – administrativo encargado de
regular, controlar y f‌i scalizar las actividades técnicas
y operacionales en las diferentes fases de la industria
hidrocarburífera;
Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 35
de la Ley de Modernización del Estado, Privatización y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada publicada en el Registro Of‌i cial Nro. 349 de fecha
31 de diciembre de 1993, y el artículo 55 del Estatuto del
Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva
publicado en el Registro Of‌i cial Nro 536 de fecha 18 de
marzo de 2002, el Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero, se encuentra
legalmente facultado para delegar sus atribuciones a los
funcionarios u órganos de inferior jerarquía de la institución
cuando así lo estime conveniente;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. MH-DM-
2015-0009-AM de 13 de abril de 2015, el Ministro de
Hidrocarburos, acuerda expedir el Estatuto Orgánico de
Gestión Organizacional por Procesos de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero, ARCH, publicado
en la Edición Especial Nro. 321 del Registro Of‌i cial de
fecha 20 de mayo de 2015;
Que, mediante Resolución Nro. 005-2016-DIRECTORIO-
ARCH de 03 de mayo del 2016, se designa al Ing. Raúl Darío
Baldeón López como Director Ejecutivo de la Agencia de
Regulación y Control Hidrocarburífero (ARCH);
Que, es competencia del Proceso de Gestión de Control
Técnico de la Comercialización de Derivados del Petróleo
como Gestión Interna de la Dirección de Control Técnico
de Combustibles, ejercer el control a las comerciali-
zadoras y estaciones de servicios autorizadas para ejercer
actividades de comercialización conforme lo dispuesto en
la Ley de Hidrocarburos y la reglamentación aplicable,
observando para el efecto el ámbito de acción y productos
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