Acuerdo 46 - Reapertúrese la Embajada del Ecuador en la República de Austria

Número de Boletín265
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
Martes 19 de junio de 2018 – 7Registro Of‌i cial Nº 265
Comuníquese y publíquese.
Dado en la ciudad de San Francisco de Quito, Distrito
Metropolitano, a 16 de mayo de 2018.
f.) Econ. Eva García Fabre, Ministra de Industrias y
Productividad.
CERTIFICACIÓN DE COPIAS
MINISTERIO DE INDUSTRIAS Y PRODUC-
TIVIDAD.- GESTIÓN INTERNA DE SECRETARÍA
GENERAL.- De conformidad a lo establecido en el
Capítulo IV, Artículo 11 numeral 1.3.2.1.1 literal (L
y número 10 de Gestión Interna de Documentación y
Archivo de la reforma del Estatuto Orgánico de Gestión
Organizacional por procesos aprobado mediante Acuerdo
Ministerial N° 16 165 de fecha 18 de octubre del 2016; Se
certif‌i ca en una (1) foja útil el Acuerdo Ministerial 18
074.
Documento que ha sido cotejado con su expediente
presentado como original y reposa en Dirección
Administrativa - Gestión Interna de Secretaría General;
al que me remito en caso de ser necesario.
LO CERTIFICO.
Quito, D.M., 29 de mayo de 2018.
f.) Tlgo. Henry Santamaría Loza, Secretaría General -
Documentación y Archivo, Ministerio de Industrias y
Productividad.
OBSERVACIÓN: La Gestión Interna de Secretaría
General del Ministerio de Industrias y Productividad;
no se responsabiliza por la veracidad y estado de los
documentos presentados para la certif‌i cación, por parte
de las Unidades que lo custodian. Y que puedan inducir
al error o equivocación, así como tampoco el uso doloso
o fraudulento que se pueda hacer de los documentos
certif‌i cados.
No. 000046
María Fernanda Espinosa Garcés
MINISTRA DE RELACIONES EXTERIORES Y
MOVILIDAD HUMANA
Considerando:
Que el inciso segundo del artículo 141 de la Constitución de
la República del Ecuador, establece: “La Función Ejecutiva
está integrada por la Presidencia y Vicepresidencia de la
República, los Ministerios de Estado y los demás organismos
e instituciones necesarios para cumplir, en el ámbito de su
competencia, las atribuciones de rectoría, planif‌i cación,
ejecución y evaluación de las políticas públicas nacionales
y planes que se creen para ejecutarlas”;
Que el numeral 1 del artículo 154 de la Constitución de
la República del Ecuador, prescribe: “A las ministras
y ministros de Estado, además de las atribuciones
establecidas en la ley, les corresponde: 1. Ejercer la
rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y
expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que
requiera su gestión (…)”;
del Ecuador, señala: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad
estatal ejercerán solamente las competencias y facultades
que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán
el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y el ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
Ecuador, manif‌i esta: “Las relaciones del Ecuador con
la comunidad internacional responderán a los intereses
del pueblo ecuatoriano, al que le rendirán cuenta sus
responsables y ejecutores (…)”;
Relaciones Diplomáticas, señala: “El establecimiento de
relaciones diplomáticas entre Estados y el envío de misiones
diplomáticas permanentes se efectúa por consentimiento
mutuo”.
determina: “El Servicio Exterior tiene a su cargo
cumplir la gestión internacional del Estado, conforme a
la Constitución Política de la República, a las leyes y al
derecho internacional (...)”;
manif‌i esta: “(…) Como órgano inmediato al jefe de Estado,
corresponde al Ministro de Relaciones Exteriores colaborar
directamente con el jefe del Estado en la formulación de la
política internacional y ejecutarla. El Ministro es, además,
el jefe directo del Servicio Exterior”;
indica: “El Ministerio de Relaciones Exteriores, bajo
la dirección directa del Ministro, es el órgano central
que orienta, dirige y coordina el trabajo de las misiones
diplomáticas y de las of‌i cinas consulares. Compete al
Ministerio de Relaciones Exteriores especialmente: (…)
4) Las relaciones que mantiene el Ecuador con otros
estados; 5) Las declaraciones (…) de establecimiento,
continuidad, suspensión, ruptura o reanudación de
relaciones diplomáticas, consulares, comerciales, postales,
telegráf‌i cas y otras (…)”;
dispone: “El Ministro de Relaciones Exteriores expedirá
las normas, acuerdos y resoluciones del Ministerio, el de
las misiones diplomáticas y el de las of‌i cinas consulares”;
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