Resoluciones 2016-014. Refórmese el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos
Número de Boletín | 823 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Servicio Ecuatoriano de Normalización |
Fecha de la disposición | 1 de Julio de 2016 |
EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL SERVICIO
ECUATORIANO DE NORMALIZACIÓN-INEN
Considerando:
Que, la Constitución de la República, en su artículo 154, numeral 1, prescribe: "... las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión";
Que, el artículo 226 de la Carta Magna determina: "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución".
Que, el artículo 227 de este mismo ordenamiento, establece: "La Administración Pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación";
Que, mediante Resolución No. SENRESPROC-2006-0000046, publicada en el Registro Oficial No. 251 de 17 de abril de 2006, el Secretario Nacional Técnico de Desarrollo de Recursos Humanos y Remuneraciones del Sector Público emitió la Norma Técnica de Diseño de Reglamentos o Estatutos Orgánicos de Gestión Organizacional por Procesos;
Que, la Disposición General Primera de la mencionada Norma Técnica señala que en caso de incorporar o eliminar productos en los procesos organizacionales y siempre y cuando no implique reformas a la estructura orgánica, se requerirá únicamente del informe técnico de la UATH y estas modificaciones serán emitidas mediante acto resolutivo de la institución;
Que, el Servicio Ecuatoriano de Normalización -INEN- es una entidad técnica de derecho público adscrita al Ministerio de Industrias y Productividad, fundada el 28 de agosto de 1970, como Instituto Ecuatoriano de Normalización, organismo responsable de promover programas orientados al mejoramiento de la calidad; mediante Decreto Ejecutivo No. 338 dictado por el Presidente Constitucional de la República del Ecuador, Econ. Rafael Correa Delgado, el 16 de mayo del 2014 y publicado en el Registro Oficial No. 263 Suplemento, de 9 de junio del 2014, en su artículo 2, establece: "Sustitúyanse las denominaciones del "Instituto Ecuatoriano de Normalización", por "Servicio Ecuatoriano de Normalización...";
Que, mediante Resolución No. MRL-20120566, del 6 de septiembre del 2012 la Viceministra del Servicio Público del Ministerio de Relaciones Laborales, revisa el cambio de denominación del puesto de Director General a Director Ejecutivo;
Que, mediante Acuerdo Ministerial No. 16 035 el Ministro de Industrias y Productividad, con fecha 26 de febrero de 2016, designó al Ing. Cesar Eduardo Díaz Guevara, como Director Ejecutivo del Servicio Ecuatoriano de Normalización;
Que, es necesario modificar los productos y/o servicios que no se encuentran contemplados en el estatuto orgánico por procesos, publicado en el R.O. E. E. No. 342 del 28 de septiembre de 2012;
Que, con oficio INEN-DNO-2016-0547-MEM de fecha 26 de mayo del 2016, la Dirección de Talento Humano del INEN emite un informe técnico señalando los cambios que se deben realizar a los productos de las diferentes direcciones y unidades del Servicio Ecuatoriano de Normalización, INEN; y,
En ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 226 de la Constitución de la República, artículo 18 de la Ley del Sistema Ecuatoriano de la Calidad y el Estatuto por Procesos del Servicio Ecuatoriano de Normalización.
Resuelve:
Expedir la siguiente REFORMA DEL ESTATUTO
ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL
POR PROCESOS DEL SERVICIO ECUATORIANO
DE NORMALIZACIÓN
c.1. Validación de requisitos físicos, químicos, bromatológicos y microbiológicos:
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Informes de ensayos
c.2. Sistema de Gestión de Calidad INEN:
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Informe de auditoría y evaluación
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Certificado de Acreditación como organismo de certificación e inspección
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Certificado de Acreditación de laboratorios de ensayos
c.3. Apoyo a la industria en la aplicación de la normalización:
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Propuesta de Acuerdos/ Arreglos o Convenios de Reconocimiento Mutuo de Certificados de Conformidad concertados internacionalmente.
-
Certificados de inspección.
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Certificados de Conformidad con documentos normativos.
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Actas de añejamiento y autorizaciones de envasamiento de bebidas alcohólicas.
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Oficios de evaluación de informes de emisión de contaminantes de vehículos automotores.
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Informes de evaluación del cumplimiento de normas y reglamentos técnicos.
En la letra C, subnumeral 3.1.1, numeral 3.1 del artículo 8 INCORPORAR lo siguiente:
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Informe de inspecciones técnicas de los procedimientos administrativos incoados por la Subsecretaría de la Calidad.
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Informes de asesoría al Comité Nacional del Código de Alimentación Secretaría Técnica dentro del Comité Nacional del...
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