Resoluciones YACHAY EP-GG-2017-0014. Refórmese la Resolución Nro. YACHAY EPGG-2016-0034 de 07 de octubre de 2016, publicada en el Registro Oficial No. 890 de 25 de noviembre de 2016

Número de Boletín987
SecciónResoluciones
EmisorEmpresa Pública "YACHAY E.P."
Miércoles 19 de abril de 2017 – 25Registro Of‌i cial Nº 987
o geográf‌i ca de la zona o la conveniencia institucional
lo requiera, los máximos personeros de las instituciones
del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u of‌i cios
que sean necesarios para delegar sus atribuciones. En
estos documentos se establecerá el ámbito geográf‌i co
o institucional en el cual los funcionarios delegados
ejercerán sus atribuciones. (…)”;
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley
o por Decreto. La delegación será publicada en el Registro
Of‌i cial;
Que, el artículo 23, literal g) de la Ley Orgánica del Servicio
Público, determina como uno de los derechos de los
servidores públicos, el de gozar de vacaciones, licencias,
comisiones y permisos de acuerdo con lo previsto en dicha
Ley;
Que, a f‌i n de optimizar los procesos operativos y
administrativos de la Institución, es necesario delegar
determinadas funciones a servidores de la Unidad;
En ejercicio de las facultades previstas en el artículo 35
de Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada; y, artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva,
Resuelve:
Artículo Único.- Delegar a la señora Andrea Gisella
Orquera Fuentes, Asesor 5, Grado 1 de la Dirección General,
para que a nombre y representación del Director General
de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE),
suscriba permisos, comisiones de servicios nacionales y
autorice vacaciones a los funcionarios de la Unidad que
ocupen puestos comprendidos dentro de la escala del nivel
jerárquico superior, así como a los servidores del despacho
de la Dirección General, de la Unidad de Comunicación
Social y Unidad de Planif‌i cación.
DISPOSICIÓN GENERAL
ÚNICA.- La delegada presentará un informe trimestral
respecto a las actuaciones administrativas ejercidas en
virtud de la presente delegación.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente resolución entrará en vigencia a partir de la
fecha de expedición, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Of‌i cial.
Dado en el despacho del señor Director General de la
Unidad de Análisis Financiero y Económico, en Quito,
Distrito Metropolitano a, 17 de febrero de 2017.
f.) Dr. Paúl Villarreal Velásquez, Director General, Unidad
de Análisis Financiero y Económico.
UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO.-
Es f‌i el copia del original que reposa en el archivo de la
UAFE.- Lo certif‌i co.- f.) Ilegible.- 27-03-2017.
Nro. YACHAY EP-GG-2017-0014
Msc. Héctor Rodríguez Chávez
GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA
PÚBLICA “YACHAY EP”
Considerando:
del Ecuador prescribe: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que
le sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
Ecuador ordena: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación.”;
Que, el artículo 233 de la Carta Magna determina: “(…)
Ninguna servidora ni servidor público estará exento de
responsabilidad por los actos realizados en el ejercicio de
sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables
administrativa, civil y penalmente por el manejo y
administración de fondos, bienes o recursos públicos (…);
Que, el artículo 10 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas
establece que el Gerente General ejercerá la representación
legal, judicial y extrajudicial de la empresa y será en
consecuencia el responsable de la gestión empresarial,
administrativa, económica, f‌i nanciera, comercial, técnica y
operativa;
Que, el numeral 8 del artículo 11 de la Ley Orgánica de
Empresas Públicas, establece entre los deberes y atribuciones
del Gerente General, la aprobación y modif‌i cación de los
reglamentos internos que requiera la empresa;
Que, el literal e) del artículo 77 de la Ley Orgánica de la
Contraloría General del Estado, prevé que las máximas
autoridades de las instituciones del Estado son responsables
de los actos, contratos o resoluciones emanados de su
autoridad y establece para éstas, entre otras atribuciones
y obligaciones específ‌i cas la de: “(...) e) Dictar los
correspondientes reglamentos y demás normas secundarias
necesarias para el ef‌i ciente, efectivo y económico
funcionamiento de sus instituciones (...)”;

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