Resoluciones YACHAY EP-GG-2017-0014. Refórmese la Resolución Nro. YACHAY EPGG-2016-0034 de 07 de octubre de 2016, publicada en el Registro Oficial No. 890 de 25 de noviembre de 2016
Número de Boletín | 987 |
Sección | Resoluciones |
Emisor | Empresa Pública "YACHAY E.P." |
Miércoles 19 de abril de 2017 – 25Registro Ofi cial Nº 987
o geográfi ca de la zona o la conveniencia institucional
lo requiera, los máximos personeros de las instituciones
del Estado dictarán acuerdos, resoluciones u ofi cios
que sean necesarios para delegar sus atribuciones. En
estos documentos se establecerá el ámbito geográfi co
o institucional en el cual los funcionarios delegados
ejercerán sus atribuciones. (…)”;
Que, el artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva, establece que las
atribuciones propias de las diversas entidades y autoridades
de la Administración Pública Central e Institucional,
serán delegables en las autoridades u órganos de inferior
jerarquía, excepto las que se encuentren prohibidas por Ley
o por Decreto. La delegación será publicada en el Registro
Ofi cial;
Que, el artículo 23, literal g) de la Ley Orgánica del Servicio
Público, determina como uno de los derechos de los
servidores públicos, el de gozar de vacaciones, licencias,
comisiones y permisos de acuerdo con lo previsto en dicha
Ley;
Que, a fi n de optimizar los procesos operativos y
administrativos de la Institución, es necesario delegar
determinadas funciones a servidores de la Unidad;
En ejercicio de las facultades previstas en el artículo 35
de Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y
Prestación de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa
Privada; y, artículo 55 del Estatuto del Régimen Jurídico
Administrativo de la Función Ejecutiva,
Resuelve:
Artículo Único.- Delegar a la señora Andrea Gisella
Orquera Fuentes, Asesor 5, Grado 1 de la Dirección General,
para que a nombre y representación del Director General
de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE),
suscriba permisos, comisiones de servicios nacionales y
autorice vacaciones a los funcionarios de la Unidad que
ocupen puestos comprendidos dentro de la escala del nivel
jerárquico superior, así como a los servidores del despacho
de la Dirección General, de la Unidad de Comunicación
Social y Unidad de Planifi cación.
DISPOSICIÓN GENERAL
ÚNICA.- La delegada presentará un informe trimestral
respecto a las actuaciones administrativas ejercidas en
virtud de la presente delegación.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente resolución entrará en vigencia a partir de la
fecha de expedición, sin perjuicio de su publicación en el
Registro Ofi cial.
Dado en el despacho del señor Director General de la
Unidad de Análisis Financiero y Económico, en Quito,
Distrito Metropolitano a, 17 de febrero de 2017.
f.) Dr. Paúl Villarreal Velásquez, Director General, Unidad
de Análisis Financiero y Económico.
UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO.-
Es fi el copia del original que reposa en el archivo de la
UAFE.- Lo certifi co.- f.) Ilegible.- 27-03-2017.
Nro. YACHAY EP-GG-2017-0014
Msc. Héctor Rodríguez Chávez
GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA
PÚBLICA “YACHAY EP”
Considerando:
Que, el artículo 226 de la Constitución de la República
del Ecuador prescribe: “Las instituciones del Estado, sus
organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que
le sean atribuidas en la Constitución y la ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
fi nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 227 de la Constitución de la República del
Ecuador ordena: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
efi cacia, efi ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planifi cación, transparencia y evaluación.”;
Que, el artículo 233 de la Carta Magna determina: “(…)
Ninguna servidora ni servidor público estará exento de
responsabilidad por los actos realizados en el ejercicio de
sus funciones, o por sus omisiones, y serán responsables
administrativa, civil y penalmente por el manejo y
administración de fondos, bienes o recursos públicos (…)”;
Que, el artículo 10 de la Ley Orgánica de Empresas Públicas
establece que el Gerente General ejercerá la representación
legal, judicial y extrajudicial de la empresa y será en
consecuencia el responsable de la gestión empresarial,
administrativa, económica, fi nanciera, comercial, técnica y
operativa;
Que, el numeral 8 del artículo 11 de la Ley Orgánica de
Empresas Públicas, establece entre los deberes y atribuciones
del Gerente General, la aprobación y modifi cación de los
reglamentos internos que requiera la empresa;
Contraloría General del Estado, prevé que las máximas
autoridades de las instituciones del Estado son responsables
de los actos, contratos o resoluciones emanados de su
autoridad y establece para éstas, entre otras atribuciones
y obligaciones específi cas la de: “(...) e) Dictar los
correspondientes reglamentos y demás normas secundarias
necesarias para el efi ciente, efectivo y económico
funcionamiento de sus instituciones (...)”;
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