Regulaciones. REGULACIÓN No. DIR-041-2018. APRUÉBESE EL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS PARA LA RECUPERACIÓN MEDIANTE EL EJERCICIO DE LA POTESTAD COACTIVA

Número de Boletín654
SecciónRegulaciones
EmisorCorporación Financiera Nacional Banca Pública

EL DIRECTORIO DE LA CORPORACION FINANCIERA NACIONAL BANCA PÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 226 de la Constitución establece el principio de legalidad, mismo que señala: “Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y ¡a ley -

Que, el artículo 2 del Decreto Ejecutivo 868, publicado en el Registro Oficial N° 676 de fecha 25 de enero del 2016, con el que se reorganiza a la Corporación Financiera Nacional B.P., señala que dicha institución es: "una entidad financiera pública, dedicada al financiamiento del sector productivo de bienes y servicios, así como proyectos de desarrollo en el ámbito nacional e internacional. Buscará estimular la inversión productiva e impulsar el crecimiento económico sostenible, a través de apoyo financiero o no financiero a los sectores productivos, de bienes y servicios; asc como de proyectos que contribuyan a la mejora de la competitividad nacional."

Que, en el numeral 12 del articulo 375 del Código Orgánico Monetario y Financiero, señala que es una competencia del Directorio: "Aprobarlos reglamentos internos".

Que, la Subgerencia de Calidad y Desarrollo, mediante memorando CFN-B P.-SGCD-2018-0003-M de fecha 07 de noviembre de 2018, somete para conocimiento y aprobación del Directorio, el Manual de procedimientos para la recuperación mediante el ejercido de la potestad Coactiva, mismos que han sido aprobados por el Comité de Administración Integral de Riesgos en la sesión realizada el día 7 de noviembre de 2018.

Que, la Gerencia Jurídica, mediante CFN-B.P.-GEJU-2018-0738-M de fecha 09 de noviembre de 2018, presenta un informe sobre el Manual de procedimientos para la recuperación mediante el ejercido de la potestad Coactiva, en donde señala:

"De acuerdo a las atribuciones establecidas en el apartado b. del literal b del numeral 2.1.6 del articulo 13 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Corporación Financiera Nacional B.P., sobre el Manual de procedimientos para la recuperación mediante el ejercicio de la potestad coactiva que fue puesto a revisión por parte de la Gerencia de Calidad, se indica lo siguiente;

Mediante Suplemento del Registro Oficial Nro. 31, de fecha 20 de junio de 2017, se publicó el Código Orgánico Administrativo, el cual regula las actuaciones de la administración pública, así como establece normas relativas al procedimiento coactivo a cargo de las instituciones antes mencionadas. Es pertinente señalar, que en la Disposición Final de la norma ibídem, se señala que la misma, entrará en vigencia, luego de transcurridos doce meses, contados a partir de su publicación en el Registro Oficial, es decir, que a partir del 07 de julio de 2018, el cuerpo normativo mencionado, es de aplicación obligatoria para las instituciones públicas

Dado lo anterior, el 13 de septiembre de 2018, mediante Edición Especial del Registro Oficial número 539, se publicó el Reglamento para el ejercicio de la potestad coactiva de la Corporación Financiera Nacional B.P., el cual contempla las normas adjetivas referentes al proceso coactivo, contemplado en el Código Orgánico Administrativo.

De manera que, al existir un nuevo reglamento que regula dicho procedimiento, es necesario que se actualice el Manual de procedimientos para la recuperación mediante el ejercicio de la potestad coactiva, acorde a la normativa descrita, el cual conforme a la revisión de ésta área, ha sido elaborado y emitido respetando los Principios de Legalidad y Seguridad Jurídica, en los artículos 226 y 82 de la Constitución de la República del Ecuador, respectivamente. Por lo que corresponde poner a conocimiento del Directorio dicha normativa interna, para su revisión y posterior aprobación, de acuerdo a los apartados h, y m del literal b del numeral 1. i. 1 del artículo 13 del Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de nuestra institución.

Que, el ingeniero Munir Massuh, Gerente General, dispone dentro de la agenda de Directorio, se presente para conocimiento y aprobación del Directorio, el Manual de procedimientos para la recuperación mediante el ejercicio de la potestad Coactiva, en atención del memorando N° CFN-B.P.-SGCD-2018-0003-M de fecha 07 de noviembre de 2018.

Que, el presente documento manifiesta la voluntad del Directorio de (a Corporación Financiera Nacional B.P., por lo que la suscrita certifica lo resuelto por la autoridad de dicho órgano copiado en su sesión ordinaria.

Debidamente motivado, en ejercicio de sus atribuciones,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1 Aprobar el Manual de Procedimientos para la recuperación mediante el ejercicio de la potestad coactiva (MP-GCC-Q3-RC), con sus anexos:

R-GCC-RC-Q1 Solicitud de calificación de postores personas naturales.

R-GCC-RC-02 Solicitud de calificación de postores personas jurídicas.

R-GGC-RG-03 Registro de firma y sumilla de personal interno de la Gerencia de Coactiva.

R-GCC-RG-04 Solicitud de facilidad de pago.

R-GCG-RC-05 Registro de visitas.

DISPOSICION FINAL

La presente regulación entrará en vigencia a partir de su expedición, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.

Remítase al Registro Oficial para su correspondiente publicación,

Notifíquese a la Gerencia Coactiva para su cumplimiento y a la Gerencia de Calidad para la actualización en la normativa institucional.

CONTENIDO GENERAL

  1. OBJETIVO

  2. ALCANCE

  3. ROLES Y/O RESPONSABLES

  4. BASE LEGAL

  5. POLÍTICAS

    5.1. Normativa interna de la Corporación Financiera Nacional B.P

    5.2. Generales

    5.3. Requerimiento de pago voluntario, orden de pago y medidas cautelares

    5.4. Notificación de la orden de pago al coactivado y ejecución del embargo de bienes

    5.5. Avalúo del bien embargado

    5.6. Remate de bienes embargados

    5.7. Adjudicación

    5.8. Facilidades de pago

  6. DESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS

    6.1. Emitir orden de pago y medidas cautelares

    6.2. Notificación de la orden de pago al coactivado y ejecución del embargo de bienes

    6.3. Orden de avalúo del bien embargado

    6.4. Remate de bienes embargados y adjudicación

    6.5. Facilidades de pago

  7. FLUJOGRAMAS

    7.1. Emitir orden de pago y medidas cautelares

    7.2. Notificación de la orden de pago al coactivado y ejecución del embargo de bienes

    7.3. Orden de avalúo del bien embargado

    7.4. Remate de bienes embargados y adjudicación

    7.5. Facilidades de pago

  8. INDICADORES DE GESTIÓN

  9. CONTABILIZACIONES

  10. TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

  11. DOCUMENTOS RELACIONADOS

  12. FORMULARIOS

  13. ANEXOS

  14. GLOSARIO DE TÉRMINOS

  15. OBJETIVO

    Establecer los lineamientos a seguir para que a través del ejercicio de la potestad coactiva se haga efectivo el cobro de crédito y demás obligaciones pendientes de pago a la institución.

  16. ALCANCE

    Desde: La recepción de los documentos para iniciar el proceso coactivo.

    Incluye: Los procedimientos para:

    • Emitir orden de pago y medidas cautelares.

    • Realizar la efectiva notificación de la orden de pago y la ejecución de embargo de bienes del coactivado.

    • Ordenar el avalúo de los bienes embargados.

    • Convocar a remate de bienes embargados y su posterior adjudicación.

    • Facilidades de pago.

    Hasta: La emisión de la providencia con los documentos que se deben devolver al cliente.

    No comprende: El detalle de:

    • La validación en listas nacionales e internacionales.

    • La verificación en bases reservadas de la información del cliente.

    • El procedimiento de dación en pago.

    • La administración de bienes embargados.

    • La gestión de cobranzas, realizada por la Gerencia de Cobranzas.

    • La gestión de custodia y archivo de documentos, títulos y especies, realizada por la Subgerencia de Cartera y Garantías.

    • La gestión de custodia del expediente final del proceso coactivo, realizada por la Secretaría General.

    • La acciones en caso de insolvencia o quiebra de la o del deudor, realizada por la Subgerencia de Patrocinio.

  17. ROLES Y/O RESPONSABLES

  18. BASE LEGAL

    4.1 Constitución de la República del Ecuador.

    4.2 Código Orgánico Monetario y Financiero, Libro I.

    4.3 Código Civil.

    4.4 Código Orgánico Integral Penal.

    4.5 Código de Comercio.

    4.6 Ley Orgánica de Regulación y Control del Poder de Mercado y su Reglamento.

    4.7 Ley Orgánica para la Reestructuración de la Banca Pública, Banca Cerrada y Gestión del Sistema Linanciero Nacional.

    4.8 Ley Orgánica para el Cierre de la Crisis Bancaria de 1999.

    4.9 Ley Orgánica Para el Fomento Productivo, Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, y estabilidad y equilibrio fiscal.

    4.10 Código Orgánico General del Proceso.

    4.11 Código Orgánico Administrativo.

    4.12 Código de Procedimiento Civil.

    4.13 Codificación de las Normas de la Superintendencia de Bancos.

    4.13.1 Libro I.- Normas de control para las entidades de los sectores financieros público y privado.

    4.13.1.1 Título XVI.- Del proceso de exclusión y transferencia de activos y pasivos y de la liquidación de las entidades de los sectores financiero público y privado.

    4.13.1.2 Título XX.- Disposiciones Generales.

  19. POLÍTICAS

    5.1. Normativa interna de la Corporación Financiera Nacional B.P.

    5.1.1 Normativa de la Corporación Financiera Nacional B.P., Libro I Operaciones, Título VI Reglamentos Operativos, Subtítulo I Reglamentos sobre recuperación. Capítulo II Reglamento para el ejercicio de la potestad coactiva.

    5.2. Generales

    5.2.1. La Gerencia de Coactiva, para el desarrollo de sus actividades debe considerar lo estipulado en el "Manual de prevención de lavado de...

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