Resoluciones. 052 Dispónese la desclasifi cación de la información y documentación relacionada con el Ing. Galo Lara Yépez que reposa en la Secretaría de Inteligencia

Número de Boletín362
SecciónResoluciones
EmisorMinisterio de Defensa Nacional
46 – Miércoles 7 de noviembre de 2018 Registro Of‌i cial Nº 362
No. 052
GRAD. (sp) Oswaldo Jarrín Román
MINISTRO DE DEFENSA NACIONAL
Considerando:
Estado, establece sobre la clasificación de la información
de los organismos de seguridad: “De la clasificación de
la información de los organismos de seguridad.- La
Secretaría Nacional de Inteligencia y los organismos de
seguridad podrán clasificar la información resultante de
las investigaciones o actividades que realicen, mediante
resolución motivada de la máxima autoridad de la
entidad respectiva.
La información y documentación se clasificará como
reservada, secreta y secretísima. El reglamento a la
ley determinará los fundamentos para la clasificación,
reclasificación y desclasificación y los niveles de acceso
exclusivos a la información clasificada (…)”;
Que, el artículo 28 del Reglamento a la Ley de Seguridad
Pública del Estado dispone: “De la calificación de
documentos.- Los documentos producidos y procesados
en la Secretaría Nacional de Inteligencia y en los
organismos integrantes del Sistema Nacional de
Inteligencia, así como la información resultante de
las investigaciones, se clasificarán previa resolución
motivada de la máxima autoridad de la entidad
respectiva, de acuerdo a lo establecido en la Ley de
Seguridad Pública y del Estado, en los siguientes
niveles: Reservado, Secreto y Secretísimo (…)”;
Que, el artículo 33 del Reglamento antes referido
señala: “De las normas para la desclasificación y
reclasificación.- El Ministerio de Defensa Nacional, para
la desclasificación o reclasificación de la información
calificada como secretísima, secreta y reservada,
seguirá las siguientes normas:
a) Antes de emitirse la resolución de desclasificación
o reclasificación solicitará el pronunciamiento
motivado de los organismos que hayan efectuado la
calificación previa de la información; y,
b) Emitirá la resolución motivada que decida la
desclasificación o reclasificación, en base al estudio
correspondiente y previa evaluación del criterio del
organismo que haya realizado la clasificación.
Una
vez resuelta la desclasificación o reclasificación
por parte del Ministerio de Defensa Nacional o
quien haga sus veces, el organismo a cuyo cargo
estuvo la clasificación original, deberá proceder
a la identificación de la información con la nueva
calificación.”;
Que, el Presidente de la República del Ecuador, mediante
Decreto Ejecutivo Nº 382 de 27 de abril de 2018, designa
como Ministro de Defensa Nacional al GRAD. (sp)
Oswaldo Jarrín Román; y,
Que, mediante of‌i cio Nº SIN-D-AT-S-0463-2018-OF de
26 de septiembre de 2018, el señor Subsecretario General
Administrador Temporal de la Secretaría de Inteligencia
informa y solicita al señor Ministro de Defensa Nacional:
“Razón por la cual el Ing. Tito Galo Lara Yépez,
conjuntamente con su abogado Silvio Enríquez Toala,
solicitaron a esta Cartera de Estado, las desclasif‌i cación
de la información y documentación generada en procesos
de investigación y seguimiento al ciudadano Ing. Tito Galo
Lara Yépez, en función del anuncio del señor Presidente
Constitucional de la República del Ecuador realizado el
lunes 04 de junio del presente año, ya que dentro de las
operaciones Quinsaloma e Independencia no se pudo
encontrar información relacionada con el ciudadano
en mención dentro de los archivos que reposan en la
Secretaría de Inteligencia.”,
(…) En mi calidad de Administrador Temporal de la
Secretaría de Inteligencia nombrado por el Presidente
Constitucional de la República del Ecuador, mediante
Decreto Ejecutivo Nº 526 de 21 de septiembre de 2018,
me permito emitir un Pronunciamiento Favorable
en cuanto a la desclasif‌i cación de la información
relacionada con el Ing. Galo Lara Yépez; y, al
mismo tiempo solicitar a Usted, se autorice mediante
Resolución la desclasif‌i cación en mención, a f‌i n de dar
cumplimiento a la disposición del señor Presidente
Constitucional de la República del Ecuador y al
requerimiento realizado por el Ing. Tito Galo Lara
Yépez, a través de su abogado Silvio Enríquez Toala”.
En ejercicio de las atribuciones legales y de conformidad
con el artículo 33 del Reglamento a la Ley de Seguridad
Pública del Estado,
Resuelve:
Art. 1.- Disponer la desclasif‌i cación de la información y
documentación relacionada con el Ing. Galo Lara Yépez
que reposa en la Secretaría de Inteligencia.
Art. 2.- Disponer que la Secretaría de Inteligencia
identif‌i que la información y documentación desclasif‌i cada
como ordinaria y proceda con la entrega al Ing. Tito Galo
Lara Yépez.
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su
suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro
Of‌i cial.
Comuníquese y publíquese.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a 28 de septiembre
de 2018.
f.) GRAD. (sp) Oswaldo Jarrín Román, Ministro de Defensa
Nacional.
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