Resoluciones. Resolución N° 0072

Número de Boletín1020
SecciónResoluciones
EmisorBANECUADOR
BANECUADOR
RESOLUCIÓN N° 0072
EXPEDIR LAS HERRAMIENTAS
METODOLÓGICAS, CUADRO
GENERAL DE CLASIFICACIÓN
DOCUMENTAL Y TABLA DE
PLAZOS DE CONSERVACIÓN
DOCUMENTAL
ING. HUGO DEL POZO BARREZUETA
DIRECTOR
Quito: Avenida 12 de Octubre
N23-99 y Wilson
Segundo Piso
Of‌i cinas centrales y ventas:
Telf. 3941-800
Exts.: 2301 - 2305
Distribución (Almacén):
Mañosca Nº 201 y Av. 10 de Agosto
Telf. 243-0110
Sucursal Guayaquil:
Av. 9 de Octubre Nº 1616 y Av. Del Ejército
esquina, Edif‌i cio del Colegio de Abogados
del Guayas, primer piso. Telf. 252-7107
Suscripción anual:
US$ 400 + IVA para la ciudad de Quito
US$ 450 + IVA para el resto del país
Impreso en Editora Nacional
172 páginas
www.registrof‌i cial.gob.ec
Al servicio del país
desde el 1º de julio de 1895
Año IV - Nº 1020
Quito, martes 9 de
mayo de 2017
Valor: US$ 5,00 + IVA
EDICIÓN ESPECIAL
2 – Martes 9 de mayo de 2017 Edición Especial Nº 1020 – Registro Of‌i cial
No. 072
Ingeniero Ricardo Zurita Castro
GERENTE GENERAL DE BANECUADOR B.P.
Considerando:
Que, mediante Decreto Ejecutivo No. 677, suscrito el 13
de mayo de 2015, publicado en el Suplemento del Registro
Of‌i cial No. 512 del 01 de junio de 2015, se creó el banco
público denominado BANECUADOR B.P. como entidad
f‌i nanciera que forma parte del Sector Financiero Público,
con personalidad jurídica propia, jurisdicción nacional, con
patrimonio autónomo, autonomía técnica, administrativa,
f‌i nanciera y presupuestaria;
Que, mediante Resolución No. D-2015-002 de 02 de junio
de 2015 el Directorio de BANECUADOR B.P. nombró al
ingeniero Ricardo Zurita Castro como Gerente General de
BANECUADOR B.P.;
establece que las Instituciones del Estado, sus organismos,
dependencias, las servidoras o servidores públicos y las
personas que actúen en virtud de una potestad estatal
ejercerán solamente las competencias y facultades que
les sean atribuidas en la Constitución y la Ley. Tendrán el
deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus
f‌i nes y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución;
establece que: “La administración pública constituye un
servicio a la colectividad que se rige por los principios de
ef‌i cacia, ef‌i ciencia, calidad, jerarquía, desconcentración,
descentralización, coordinación, participación,
planif‌i cación, transparencia y evaluación;
Archivos determina que “…Constituye patrimonio del
Estado la documentación básica que actualmente existe o
que en adelante se produjere en los archivos de todas las
instituciones del sector público…”;
Que, el artículo 15 de la Norma Técnica de Gestión
Documental y Archivo de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública establece que “…La Secretaría
General, o la Dirección de Gestión Documental y Archivo, o
quien haga sus veces, en cada entidad de la Administración
Pública Central, Institucional y que depende de la
Función Ejecutiva, será la responsable de analizar y
aprobar el Cuadro General de Clasif‌i cación Documental
y la Tabla de Plazos de Conservación Documental, así
como, los inventarios de baja documental y transferencia
institucional.”;
Que, el artículo 19 de la Norma Técnica de Gestión
Documental y Archivo de la Secretaría Nacional de la
Administración Pública dispone que “…Para operar los
procesos del Sistema Institucional, cada dependencia
contará con los siguientes instrumentos:
I. El Cuadro;
II. La Tabla;
III. Los inventarios documentales:
a. General por expediente
b. De transferencia
c. De baja documental
IV. La Guía de Archivos
Estos son los instrumentos básicos para la gestión,
organización, clasif‌i cación, conservación y consulta de
los diferentes tipos de archivo, por lo que serán de uso
obligatorio para todos los servidores públicos participantes
en el Sistema Nacional y en los Sistemas Institucionales
correspondientes.
Los instrumentos dictaminados y aprobados se remitirán
para su conocimiento, validación y registro a la Dirección
Nacional de Archivo de la Administración Pública;
Que, el numeral 4.1.7 de la Metodología de la Norma
Técnica de Gestión Documental y Archivo, literal II
establece: “Formalización. Se llevará a cabo un plan
de acción para la implantación y difusión en el ámbito
de todos los archivos de la institución, que incluirá uno
comunicacional desde la mayor jerarquía y otro de la
Dirección de Gestión Documental y Archivo”
Que, con of‌i cio Nro. BANECUADOR-GG-2016-1068-OF,
de fecha 30 de diciembre de 2016, se solicitó a la Dirección
Nacional de Archivo de la Administración Pública, la
validación y registro de las Herramientas Metodológicas
de BANECUADOR B.P (Cuadro General de Clasif‌i cación
Documental y la Tabla de Plazos de Conservación
Documental);
Que, mediante of‌i cio Nro. SNAP-DINAAP-2017-0017-O
de 08 de febrero de 2017, la Dirección Nacional de Archivo
de la Administración Pública de la SNAP, remitió en físico
el informe de revisión de las Herramientas Metodológicas
de BANECUADOR B.P., con las observaciones respectivas;
Que, en cumplimiento a la disposición transitoria primera
del Acuerdo Ministerial 1043 de la Secretaría Nacional de
la Administración Pública; BANECUADOR B.P. mediante
of‌i cio Nro. BANECUADOR-2017-0226-OF de 09 de marzo
de 2017, remitió a la Dirección Nacional de Archivo de la
Administración Pública de la SNAP, para su conocimiento
y aprobación las Herramientas Metodológicas del
BANECUADOR B.P., una vez que realizó las correcciones
respectivas;
Que, con of‌i cio Nro. SNAP-DINAAP-2017-0029-O de 13
de marzo de 2017, la Dirección Nacional de Archivo de
la Administración Pública de la SNAP, remitió el informe
técnico Nro. DINAAP-BANECUADOR-2017-0008,
mediante el cual valida las Herramientas Metodológicas de
BANECUADOR B.P., en cumplimiento al numeral VIII del
artículo 3 de la Norma Técnica de Gestión Documental y
Archivo;
Martes 9 de mayo de 2017 – 3Registro Of‌i cial – Edición Especial Nº 1020
EN USO DE LAS ATRIBUCIONES QUE LE
CONFIERE EL ARTÍCULO 17, LITERALES K, M, T
DEL ESTATUTO SOCIAL DE BANECUADOR B.P.
Resuelve:
Artículo Único.- Expedir las Herramientas Metodológicas,
Cuadro General de Clasif‌i cación Documental y Tabla de
Plazos de Conservación Documental de BANECUADOR
B.P., que serán de aplicación obligatoria para las Gerencias
y Subgerencias Nacionales, Gerencias de Sucursal
Zonal, Gerencias de Sucursal Provincial, Gerencias
de Agencias Cantonales y Of‌i cinas Especiales que
conforman BANECUADOR B.P.; que permitan catalogar
los expedientes que generan cada una de las unidades
administrativas y técnicas que conforman a BANECUADOR
B.P.; y registren los valores documentales, plazos de
conservación, el destino f‌i nal y la técnica de selección
documental para cada una de las series documentales
establecidas en el referido Cuadro.
Disposiciones Generales
Primera.- La Secretaría General de BANECUADOR B.P.,
atenderá los requerimientos y consultas técnicas referentes
a la implementación del Cuadro General de Clasif‌i cación
Documental, la Tabla de Plazos de Conservación
Documental; y, supervisará la aplicación de las referidas
herramientas metodológicas validadas por la Dirección
Nacional de la Administración Pública de la SNAP, así
como también supervisarán la ejecución de los procesos de
gestión documental y archivo.
Segunda.- Una vez que se cumpla con el período de
conservación de cada serie documental, de conformidad
con lo establecido en la Tabla de Plazos de Conservación
Documental de BANECUADOR B.P., se procederá
conforme a lo dispuesto en el Manual del Proceso de
Gestión Documental y Archivo.
Tercera.- Todas las unidades administrativas y técnicas que
conforman BANECUADOR B.P., prestarán la colaboración
necesaria para la adecuada implementación y aplicación de
las Herramientas Metodológicas de Gestión Documental
y Archivo de BANECUADOR B.P. y a las disposiciones
que emita la Secretaría General para el cumplimiento
de la normativa legal correspondiente, que asegure la
administración, custodia y conservación del patrimonio
documental.
Disposición Final
La presente Resolución Administrativa entrará en vigencia
a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en
el Registro Of‌i cial.
Comuníquese y Publíquese.- Dado en la ciudad de
Quevedo, a los treinta y un días del mes de marzo del dos
mil diecisiete.
f.) Ing. Ricardo Zurita Castro, Gerente General,
BANECUADOR B.P.

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