La responsabilidad de los hospitales y clínicas de salud respecto de los profesionales que laboran en ellos: un acercamiento al artículo 203 de la Ley Orgánica de Salud

AutorMaría Susana Bastidas
CargoEstudiante del Colegio de Jurisprudencia
Páginas49-66
49
La responsabilidad de los hospitales y clínicas de salud respecto de los
profesionales que laboran en ellos: un acercamiento al artículo 203 de la
María Susana Bastidas Tamayo
Universidad San Francisco de Quito (USFQ), estudiante del Colegio de Jurisprudencia,
Campus Cumbayá, Casilla Postal 17-1200-841, Quito 170901, Ecuador
Correo electrónico: mariasusanabastidas@gmail.com
Recibido/Received: 26/02/2017
Aceptado/Accepted: 27/08/2017
Resumen
La presente investigación constituye una lectura crítica al artículo 203 de la Ley Orgánica de
Salud y al régimen de responsabilidad planteado por esta norma dentro del ordenamiento
jurídico ecuatoriano. En un intento de aproximación a la responsabilidad de hospitales y
clínicas privadas respecto de las actuaciones de los profesionales médicos que laboran en
ellos, se analizarán conceptos fundamentales y diversas teorías planteadas por la doctrina y la
jurisprudencia internacional. Los esfuerzos del documento presentado tienen por objeto traer
a la mesa de debate un tema polémico y delicado, que extiende sus repercusiones fuera del
ámbito legal y que ha conmocionado al país en tanto involucra a un sector fundamental de la
sociedad: los prestadores de servicios de salud, plasmados en la  gura de hospitales y clínicas de
salud privados.
Palabras clave
Ley Orgánica de Salud; responsabilidad; responsabilidad de profesionales; servicios de salud;
prestadores de salud privados; deber de cuidado.
e liability of hospitals and medical clinics regarding the professionals who works in
them: an approach to article 203 of the Organic Health Law
Abstract
e present research constitutes a critical reading of article 203 of the Organic Law of Health
and the liability regime raised by this norm within the Ecuadorian legal system. In an attempt
to approximate to the liability of private hospitals and clinics regarding the actions of medical
professionals working in them, we will analyze fundamental concepts and diverse theories raised
by international doctrine and jurisprudence.  e e orts of this document aim to bring to the
discussion table a controversial and sensitive issue that involves a fundamental sector of society:
health service providers embodied in the  gure of hospitals and private health clinics.
MARÍA SUSANA BASTIDAS TAMAYO
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Keywords
Organic Health Law; liability; professional liability; health services; private health care provider;
duty of care.
1. Introducción
La aplicación del régimen de responsabilidad civil individual resulta un tanto anacrónica al
momento de reparar el daño ocasionado a un paciente que ha recibido tratamiento médico
de cualquier índole en un hospital. En la mayoría de casos, la mala práctica médica incluye
a las instalaciones donde se prestaron dichos servicios y no se limita únicamente a la relación
profesional-paciente. Ante este dilema, el derecho de daños ha planteado un régimen
de responsabilidad que involucra a los hospitales y clínicas privadas respecto de los actos u
omisiones de sus profesionales médicos. Los avances en este ámbito del derecho han planteado
múltiples hipótesis, cuestionamientos y posibles respuestas ante la variada casuística que puede
presentarse.
En un intento de normar las repercusiones que deben afrontar los hospitales privados ante los
errores o acciones de los profesionales médicos, la legislación ecuatoriana ha afrontado el tema
de manera expresa. La Ley Orgánica de Salud prescribe en el artículo 203 que “los servicios
de salud, serán corresponsables civilmente, de las actuaciones de los profesionales de la salud
que laboran en ellos”1. A pesar de su brevedad, esta norma constituye el único artículo de la
legislación nacional que menciona de manera especíca la posibilidad de que la responsabilidad
de los profesionales médicos se extienda a las personas jurídicas prestadoras de servicios de salud
a las cuales pertenecen.
A primera vista, este parecería ser un caso en que un tercero debe responder por los hechos de los
que estuvieren a su cuidado, similar a aquellos ya prescritos por el Código Civil. No obstante,
debido a la particularidad del ámbito del prestador de servicios de salud, sería incorrecto realizar
un mero ejercicio de analogía con las normas ya existentes.
La presente investigación tiene por nalidad plantear ciertos parámetros de interpretación del
artículo 203 de la Ley Orgánica de Salud con un enfoque central en la determinación del tipo
de responsabilidad aplicable para hospitales y clínicas privadas respecto de los actos u omisiones
del personal médico que generen un daño al paciente. Adicionalmente, este texto pretende
provocar en el lector curiosidad acerca de las posibles repercusiones en el ámbito práctico que
puede desencadenar la aplicación de la disposición pertinente.
La estructura de la investigación constituye una lectura crítica al artículo 203 de la Ley Orgánica
de Salud, dividida en tres partes. Durante la primera sección, y a manera de apertura de la
discusión, se conduce al lector por un breve repaso de las distintas teorías esbozadas en torno al
tema de la responsabilidad del hospital. El estudio se centra en el desarrollo de la doctrina del
respondeat superior como un mecanismo legal para “superar las limitaciones de la responsabilidad
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