Resoluciones. RPC-SO-23-No.360-2018 Refórmese el Reglamento para carreras y programas académicos en modalidades en línea, a distancia y semipresencial o deconvergencia de medios

Número de Boletín324
SecciónResoluciones
EmisorConsejo de Educación Superior
Martes 11 de septiembre de 2018 – 27Registro Of‌i cial Nº 324
Se dispone el registro de la Licencia Ambiental en el
Registro Nacional de Fichas y Licencias.
Dado en Guayaquil, a: 15 de noviembre de 2017.
f.) Ab. Gunter Morán Kuffó, Coordinador General Zonal
5, Director Provincial del Ambiente del Guayas.
No. RPC-SO-23-No.360-2018
EL CONSEJO DE EDUCACIÓN SUPERIOR
Considerando:
Que, el artículo 353 de la Norma Fundamental del Estado,
dispone: “El Sistema de Educación Superior se regirá por:
1) Un organismo público de planif‌i cación, regulación y
coordinación interna del sistema y de la relación entre sus
distintos actores con la Función Ejecutiva (...)”;
Que, el artículo 166 de la Ley Orgánica de Educación
Superior (LOES), indica: “El Consejo de Educación es
el organismo de derecho público, con personería jurídica,
con patrimonio propio, independencia administrativa,
f‌i nanciera y operativa, que tiene por objetivo la
planif‌i cación, regulación y coordinación interna del
Sistema de Educación Superior, y la relación entre sus
distintos actores con la Función Ejecutiva y la sociedad
ecuatoriana (…)”;
Que, el artículo 169, literal m), numeral 3 de la LOES,
determina que son atribuciones y deberes del Consejo
de Educación Superior (CES): “m) Aprobar al menos los
siguientes reglamentos: (…) 3.- De régimen académico y
títulos, y de régimen de posgrado; y de las modalidades de
estudios: presencial, semipresencial, a distancia, en línea
y otros (…)”;
Que, mediante Resolución 006-001-2011, de 28 de
septiembre de 2011, el Pleno del CES, expidió el
Reglamento Interno de este Organismo, reformado por
última ocación a través de Resolucion RPC-SO-29-
No.559-2017, de 16 de agosto de 2017;
Que, el artículo 50 del Reglamento Interno del CES
establece: “El Pleno tratará en dos debates y aprobará
con mayoría absoluta los siguientes asuntos: 1. Los
reglamentos enumerados en el literal m), del artículo 169
de la LOES (...)”;
Que, a través de Resolución RPC-SE-14-No.043-2015,
de 03 de diciembre de 2015 el Pleno del CES, expidió
el Reglamento para Carreras y Programas Académicos en
Modalidades En Línea, A Distancia y Semipresencial o
de Convergencia De Medios, reformado por ultima vez
mediante Resolución RPC-SO-06-No.085-2018, de 07 de
febrero de 2018;
Que, mediante of‌i cio SENESCYT-SFA-DFAP-2018-
0071-O, de 15 de mayo de 2018, la Directora de Formación
Académica de Posgrado remite el informe técnico
motivado que justif‌i ca la propuesta de reforma de varios
artículos y disposiciones transitoras del Reglamento para
Carreras y Programas Académicos en modalidades en
Línea, A distancia y Semipresencial o de Convergencia de
Medios;
Que, a través de memorando CES-CN-2018-0085-M, de
18 de mayo 2018, la Coordinadora de Normativa remitie
el informe jurídico respecto a la propuesta de reforma al
Reglamento para Carreras y Programas Académicos en
modalidades en Línea, A distancia y Semipresencial o de
Convergencia de Medios”;
Que, mediante Resolución RPC-SO-21-No. 311-2018, de
30 de mayo de 2018, el Pleno del CES, resolvió: “(…)
Artículo 1.- Aprobar en primer debate, la propuesta
de reforma al Reglamento para Carreras y Programas
Académicos en Modalidades en Línea, A Distancia y
Semipresencial o de Convergencia de Medios, presentada
por la Comisión Permanente de Postgrados del Consejo de
Educación Superior (CES)(…)”;
Que, la Comisión Permanente de Postgrados del CES en
su Décima Octava Sesión Ordinaria desarrollada el 14
de junio de 2018, a través de Acuerdo ACPP-SO-018-
No.186-2018, convino: “(…) 1. Acoger la propuesta f‌i nal
de reforma al Reglamento para Carreras y Programas
Académicos en Modalidades en Línea, A Distancia y
Semipresencial o de Convergencia de Medios (…);
Que, a través de memorando CES-CPP-2018-0221-M,
de 15 de junio de 2018, la Comisión Permanente de
Postgrados del CES, solicita se incluya como punto del
orden del día de la próxima Sesión Ordinaria del Pleno
de este Organismo el tratamiento de la propuesta f‌i nal
de reforma al Reglamento para Carreras y Programas
Académicos en Modalidades en Línea, A Distancia y
Semipresencial o de Convergencia de Medios;
Que, una vez conocida y analizada la propuesta presentada
por la Comisión Permanente de Postgrados del CES, se
estima pertinente acoger el contenido de la misma; y,
En ejercicio de las atribuciones que le conf‌i ere la Ley
Orgánica de Educación Superior,
Resuelve:
Artículo Único.- Aprobar en segundo debate la propuesta
de reforma al Reglamento para Carreras y Programas
Académicos en modalidades en Línea, A distancia y
Semipresencial o de Convergencia de Medios, modif‌i cando
en su contenido lo siguiente:
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