Las sanciones en materia tributaria en el Ecuador

AutorJuan Carlos Mogrovejo
CargoDoctor en Jurisprudencia y Abogado por la Universidad Nacional de Loja (2001), Magíster en Derecho, con mención en Derecho Tributario por la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Docente de la UASB-E)
Páginas21-42
Las sanciones en materia tributaria
en el Ecuador
Juan Carlos Mogrovejo*
RESUMEN
El régimen sancionatorio en materia tributaria es manifestación del ius puniendi
estatal, en el que discurre la sanción como la consecuencia de la realización de
un supuesto de hecho calificado jurídicamente como infracción; de allí la perti-
nencia del análisis de esta figura que devele la naturaleza, fines , tipología y las
competencias de los órganos administrativos y jurisdiccionales llamados a impo-
nerla, con remisión constitucional y legal a la realidad ecuatoriana, que examine
también los principios que informan a este régimen y a ser observados en los pro-
cedimientos e imposición de sanciones tributarias.
PALABRAS CLAVE: sanción, pena, régimen sancionatorio tributario, administración
tributaria, jurisdicción penal tributaria, infracciones tributarias, competencias,
derechos, garantías, principios.
SUMMARY
The penalty system on tax matters is a manifestation of the state ius puniendi, in
which sanctions, as the consequence of the assumptions made in the case legal-
ly qualified as an infringement, appear; thus the relevance of the analysis of this
precept is to unveil its nature, purpose, type, and the competencies of the admin-
istrative bodies and courts called upon to impose it, with reference to the consti-
tutional and legal situation in Ecuador, examining also the principles underlying
this penalty system, and to be observed in proceedings and imposition of tax
penalties.
KEY WORDS: sanction, penalty, tax penalty system, tax administration, tax criminal
jurisdiction, tax offenses, competencies, rights, warranties, principles
* Doctor en Jurisprudencia y Abogado por la Universidad Nacional de Loja (2001), Magíster en Derecho, con men-
ción en Derecho Tributario por la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Docente de la UASB-E).
FORO Revista de Derecho, No. 15,
UASB-Ecuador / CEN • Quito, 2011
FORO
FORO 21
INTRODUCCIÓN
La sanción, en sentido lato, nos remite a la idea de la consecuencia generada por
la acción u omisión humana reñida con las reglas propias de un determinado
ordenamiento llamado a observarse.
Si esta noción se constriñe al espacio político y jurídico, habrá de advertirse que
constituye un elemento necesario que apuntala al propio Estado de Derecho; las reglas
acatadas por la sociedad, y que devienen del poder público por ella legitimado, se res-
paldan, en buena medida, en la aplicación de sanciones ante su posible contravención.
Por lo mismo, si esta figura expresa la cualidad coercitiva del Estado, fundamen-
tada a su vez por los propósitos que este persigue, debe enmarcarse dentro de los
parámetros que, más que definan su legitimación formal, la tornen útil y eficaz para
dichos cometidos.
Se presenta entonces que el Estado de Derecho y, diríase en su versión más aca-
bada, un Estado Constitucional de Derecho, concentra en su ordenamiento primario
una serie de principios que aseguran el respeto y vigencia de derechos y garantías
reconocidos a sus habitantes, y en el caso ecuatoriano, con el añadido de mecanis-
mos que lo tornan con mayor eficacia, en la línea de promover un Estado de dere-
chos y justicia, así proclamado formalmente, lo que, como es de entender, correlati-
vamente conlleva la imposición de obligaciones dirigidas también a sus habitantes,
tanto en su condición de ciudadanos como por el ejercicio de funciones inherentes a
cada instancia del poder público, afianzada su observancia y cumplimiento en un
régimen sancionatorio, reconocido en este escenario, y ampliamente desplegado en
el marco normativo secundario.
En este orden, constitucionalmente se conmina a los ciudadanos a contribuir
con el sostenimiento de las cargas públicas a través de tributos, imposición que, sin
embargo, va a estar supeditada material y formalmente a la observancia de principios
rectores en materia tributaria como los de reserva de ley, legalidad, generalidad, equi-
dad, capacidad contributiva, irretroactividad, no confiscatoriedad, entre otros, en su
mayoría constitucionalizados, pero todos explícita o implícitamente inmersos por el
efecto general del respeto de los derechos reconocidos en la carta fundamental.
Siguiendo esta línea, establecido jurídicamente el supuesto que, una vez acaeci-
do, origina la obligación tributaria, todos quienes se encuentren subsumidos en aquel,
deberán asumirla; mas, a falta de pago voluntario o fuera de las condiciones explici-
tadas normativamente, entra en escena el régimen sancionatorio tributario, como ins-
trumento disuasivo para promover el pago del tributo, contentivo de dos propósitos,
uno de orden preventivo y otro de carácter represivo.
FORO 15, I semestre 2011
FORO 22

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