Resoluciones. SCVS-INS-DNA-2018-00003003 Descalifíquese La Idoneidad De La Ingeniera Gabriela Alexandra Cabrera Chica, Para Que En Lo Futuro No Pueda Volver A Ejercer Cargo Alguno En Las Instituciones Sometidas Al Control De La Superintendencia De Compañías, Valores Y Seguros

Número de Boletín233
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Compañías Valores y Seguros
Jueves 3 de mayo de 2018 – 31Registro Of‌i cial Nº 233 – Suplemento
aplicación del artículo 39 de la Ley General de Seguros,
así como siente las razones pertinentes en conformidad
con la Ley de Registro, a f‌i n de que surta pleno efecto
legal.
ARTÍCULO 4.- DISPONER que de esta resolución y de su
inscripción, tome nota el Notario Público Décimo Tercero
del cantón Guayaquil, en la escritura de constitución
de MEMORIAS SERVICIOS DEL ECUADOR S.A.
“MEMOSER”, actualmente CONSTITUCIÓN C.A.
COMPAÑÍA DE SEGUROS, otorgada el 4 de noviembre
de 1985.
ARTÍCULO 5.- DISPONER que de esta resolución y
de su inscripción, tome nota la Notaria Pública Trigésima
Sexta del cantón Quito, en la escritura de aumento de
capital y reforma del estatuto social, otorgada el 22 de
abril de 2016.
COMUNÍQUESE.- Dada en la Superintendencia de
Compañías, Valores y Seguros, en la ciudad de Quito, el
28 de marzo de 2018.
f.) Ab. Suad Manssur Villagrán, Superintendente de
Compañías, Valores y Seguros.
No. SCVS-INS-DNA-2018-00003003
Guayaquil, 05 de abril de 2018
Ab. Suad Manssur Villagrán
SUPERINTENDENTE DE COMPAÑIAS,
VALORES Y SEGUROS
Considerando:
Que la trigésima primera disposición transitoria del
Código Orgánico Monetario y Financiero dispuso que la
Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros asuma
las competencias de control y supervisión del régimen de
seguros a partir del 12 de septiembre de 2015;
Que mediante Registro Of‌i cial Edición Especial 44
de 24 de julio de 2017, se publicó la Codif‌i cación de
Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y
Seguros, expedida con Resolución No. 385-2017-A de 22
de mayo de 2017 por la Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera;
Que en el artículos 8, Sección III, Capítulo X “De
las auditorías”, del Libro III de la Codif‌i cación de
Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y
Seguros, se establece que:
La auditoría interna es una actividad independiente
y objetiva, diseñada para agregar valor y asegurar
la corrección de las operaciones f‌i nancieras, técnicas,
administrativas, económicas y de otra índole de
una empresa de seguros o compañía de reaseguros,
proporcionando una certeza razonable de que éstas se
hayan realizado de acuerdo con las normas legales,
estatutarias, reglamentarias y de procedimiento que
fueren aplicables. Ayuda al cumplimiento de los
objetivos de una organización, brindando un informe
sistemático y disciplinario para evaluar y mejorar la
efectividad y ef‌i ciencia de la administración del riesgo,
el control y los procesos organizacionales presentes y
futuros, que conduzca de manera organizada al logro
de las metas y objetivos propuestos.
La auditoría interna asesorará a la alta gerencia en
el desarrollo de controles internos. Para preservar su
independencia no podrá brindar otro tipo de asesoría
por resultar antagónica a sus funciones.
La auditoría interna es una función independiente
establecida dentro de la empresa de seguros o
compañía de reaseguros para examinar y evaluar
los sistemas de control interno, incluyendo controles
sobre informes f‌i nancieros. Quienes la desempeñen
deberán mantener independencia y objetividad; así
como la pericia y cuidado profesionales que exigen
las normas de la profesión;
Que el artículo 9, Sección III, Capítulo X “De las
auditorías”, del Libro III de la Codif‌i cación de
Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y
Seguros, dispone que “Son funciones del auditor interno,
entre otras, las siguientes: 1. Vigilar en cualquier tiempo
las operaciones de la entidad; (…)”;
Que mediante Resolución No. SB-INJ-DNJ-SN-2015-452
de 09 de junio de 2015, la Superintendencia de Bancos
calif‌i có la idoneidad de la ingeniera GABRIELA
ALEXANDRA CABRERA CHICA para que pueda
desempeñar las funciones de Auditora Interna de TOPSEG
COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS S.A., a
esa fecha;
Que mediante Of‌i cio No. SCVS-IRQ-DRS-
SA-2017-00033858 de 25 de septiembre de 2017, dirigido
a la ingeniera GABRIELA ALEXANDRA CABRERA
CHICA, Auditora Interna de TOPSEG COMPAÑÍA DE
SEGUROS S.A., a esa fecha, la Subdirección de Auditoría
señaló las siguientes observaciones a los descargos
presentados por la mencionada Ingeniera, mediante
comunicación No. TS-375-2017 de 15 de agosto de 2017,
en relación a las inconsistencias derivadas de la auditoría
in-situ practicada a TOPSEG COMPAÑÍA DE SEGUROS
S.A.:
1. ANTICIPO DE UTILIDADES DEL EJERCICIO
ECONÓMICO 2016
2. FONDOS ENTREGADOS AL LICENCIADO
CÉSAR MANUEL MOYA BUSTILLOS
3. CHEQUES A NOMBRE DE EMPLEADOS DE
TOPSEG COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.
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