Resoluciones. SEPS-IGT-IFMR-IGJ-2019-017 Expídese la Norma para el Registro de Socios para la adjudicación de predios de las cooperativas de vivienda en proceso de liquidación

Número de Boletín499
SecciónResoluciones
EmisorSuperintendencia de Economía Popular y Solidaria
40 – Viernes 31 de mayo de 2019 Registro Of‌i cial Nº 499
c) Hasta el 31 de julio de 2019 concluirán todas las
actividades de naturaleza administrativa, f‌i nanciera,
talento humano, planif‌i cación, contratación pública,
gestión documental de la planta central de la
Superintendencia de la Información y Comunicación,
con Registro Único de Contribuyentes Nro.
1768176070001.
Artículo 2.- De conformidad al artículo uno del presente
instrumento, las servidoras y servidores públicos que
ejercen las funciones de Intendentes/as y Directores/
as Administrativos Financieros en las respectivas
jurisdicciones zonales, ejecutarán todas las acciones y
medidas administrativas que fueren necesarias para concluir
con el proceso de cierre de cuentas, activos y pasivos, con
sus correspondientes inventarios de la Superintendencia de
la Información y Comunicación.
Artículo 3.- DISPONER a los Directores/as
Administrativos Financieros de las Intendencias Zonales
que conforman la Superintendencia de la Información
y Comunicación, que a través de los administradores
de contrato y/o convenios tomen las medidas que fueren
necesarias para liquidar y dar por terminadas todas las
relaciones de naturaleza contractual y convencional
que tenga la Superintendencia de la Información y
Comunicación con personas naturales y jurídicas de
derecho privado o público.
Para el efecto se dispondrá a cada uno de los administradores
que de acuerdo al cronograma regulado en el artículo uno
del presente instrumento, se generen todos los informes,
actas y cualquier documento necesario para liquidar en
legal y debida forma los convenios o contratos que se hallan
vigentes.
Artículo 4.- Al amparo de la Disposición Transitoria
Tercera de la Ley Orgánica Reformatoria a la Ley
Orgánica de Comunicación publicada en el Registro
Of‌i cial Nro. 432 Suplemento de 20 de febrero de 2019 y con
fundamento en las directrices dictadas por el Ministerio de
Trabajo mediante of‌i cio Nro. MDT-SPN-2019-0056 de 18
de abril de 2019, se delega la facultad para emitir los actos
administrativos que fueren necesarios para desvincular a
todo el personal de la Superintendencia de la Información
y Comunicación de las respectivas jurisdicciones zonales,
observando para el efecto las normas constitucionales,
legales y reglamentarias vigentes en cada uno de los
regímenes contemplados para el ejercicio del servicio
público, así como el cronograma para el cierre efectivo
de las Intendencias Zonales previsto en el artículo uno del
presente instrumento.
DISPOSICIÓN GENERAL
Artículo Único.- Los servidores públicos que tengan
a su cargo el uso de claves para el manejo de portales
informáticos de cualquier naturaleza, efectuarán la entrega
formal de esta información de acuerdo a lo previsto en la
normativa vigente.
Del cumplimiento de esta disposición se encargarán
las Direcciones Administrativas Financieras de las
Intendencias Zonales en coordinación con la Intendencia
General de Gestión.
DISPOSICIÓN REFORMATORIA
Artículo Único.- Cúmplase con el cronograma regulado
en el artículo 1 del presente instrumento y sustitúyase
íntegramente el contenido de la Resolución No.
008-SUPERCOM-2014 de 02 de enero de 2014 por de la
presente Resolución.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
Artículo Único.- Deróguense expresamente todas las
disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan o
contraríen lo resuelto a través de este instrumento.
DISPOSICIÓN FINAL
Artículo Único.- La presente Resolución entrará en
vigencia desde la fecha de su expedición, sin perjuicio de
su publicación en el Registro Of‌i cial.
Dado en Quito, Distrito Metropolitano, a los 15 de mayo
de 2019.
Comuníquese y cúmplase.
f.) Econ. Juan Bernard Gambarrotti Rodríguez,
Superintendente – Liquidador, Superintendencia de la
Información y Comunicación.
Certif‌i co: Que el economista Juan Bernard Gambarrotti
Rodríguez, Liquidador de la Superintendencia de la
Información y Comunicación, suscribió la Resolución No.
SUPERCOM-2019-006,
Quito, Distrito Metropolitano, a los 15 de mayo de 2019.
f.) Abg. Diego Bedoya, Secretario General, (E).
No. SEPS-IGT-IFMR-IGJ-2019-017
Sofía Margarita Hernández Naranjo
SUPERINTENDENTE
DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
Considerando:
y Solidaria, señala “Las organizaciones se disolverán y
liquidarán por voluntad de sus integrantes, expresada
con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes,
y por las causales establecidas en la presente Ley y en el
procedimiento estipulado en su estatuto social”;
Que, el inciso primero del artículo 29 de la referida Ley,
determina: “Podrán ser socios de una cooperativa las
personas naturales legalmente capaces o las personas
jurídicas que cumplan con el vínculo común y los requisitos
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