Resoluciones. SEPS-IGT-IGJ-INFMR-DNLESF-2021-0268 Amplíese el plazo para la liquidación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Escencia Indígena Ltda. “En Liquidación”, domiciliada en el cantón Ibarra, provincia de Imbabura

Número de Boletín485
SecciónResoluciones
EmisorSUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA - SEPS
Registro Ocial - Segundo Suplemento Nº 485
13
Jueves de julio de 2021
Página 1 de 4
RESOLUCIÓN No. SEPS-IGT-IGJ-INFMR-DNLESF-2021-0268
CATALINA PAZOS CHIMBO
INTENDENTE GENERAL TÉCNICO
CONSIDERANDO:
instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores
públicos y las personas que actúen en virtud de una potestad estatal ejercerán
solamente las competencias y facultades que les sean atribuidas en la Constitución y
la ley. Tendrán el deber de coordinar acciones para el cumplimiento de sus fines y
hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos reconocidos en la Constitución”;
Que, el artículo 309 ibídem dispone: “El sistema financiero nacional se compone de los
sectores público, privado, y del popular y solidario, que intermedian recursos del
público. Cada uno de estos sectores contará con normas y entidades de control
específicas y diferenciadas, que se encargarán de preservar su seguridad,
estabilidad, transparencia y solidez. Estas entidades serán autónomas. Los directivos
de las entidades de control serán responsables administrativa, civil y penalmente por
sus decisiones”;
Que, el numeral 4 del artículo 307 del Libro I del Código Orgánico Monetario y Financiero
establece: “En la resolución de liquidación voluntaria o forzosa se dispondrá, al
menos, lo siguiente: (…) 4. El plazo para la liquidación que será de hasta tres (3)
años, pudiendo ser prorrogada por dos (2) años, previa solicitud debidamente
sustentada por el liquidador y autorizada por el Superintendente”;
Que, el penúltimo inciso del artículo 312 de la norma antes citada indica: “(…) El plazo
para la liquidación establecido en el Código Orgánico Monetario y Financiero se
aplicará también a las entidades cuya liquidación se hubiere resuelto a partir de la
vigencia de este cuerpo legal (…);
Que, mediante Acuerdo No. 0000111, de 16 de noviembre de 2006, el Ministerio de
Bienestar Social aprobó el estatuto y concedió personalidad jurídica a la
Cooperativa de Ahorro y Crédito Escencia Indígena Ltda., con domicilio en el
cantón Ibarra, provincia de Imbabura;
Que, a través de la Resolución No. SEPS-ROEPS-2013-000355, de 22 de abril de 2013,
este Organismo de Control aprobó el estatuto debidamente adecuado a la Ley
Orgánica deEconomía Popular y Solidaria de la COOPERATIVA DE AHORRO
Y CRÉDITO ESCENCIA INDÍGENA LTDA;
Que, mediante Resolución No. SEPS-IGT-IGJ-IFMR-DNLQSF-2017-054, de 29 de
mayo de 2017, la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria resolvió
liquidar a la COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO ESCENCIA
INDÍGENA LTDA, por encontrarse incursa en las causales de liquidación forzosa
previstas en el artículo 303, numerales 2 y 5, del Libro I del Código Orgánico
Monetario y Financiero; y, designar como liquidador al señor Telmo Roberto
Muñoz Bermeo;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR