SEPS-IGT-IGJ-INFMR-DNLESF-2021-0280 Declárese el cierre del proceso de liquidación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Credi-Latina “En Liquidación”

Número de Boletín492
SecciónResoluciones
EmisorSUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA - SEPS
Registro Ocial - Suplemento Nº 492
29
Lunes 12 de julio de 2021
Página 1 de 5
RESOLUCIÓN No. SEPS-IGT-IGJ-INFMR-DNLESF-2021-0280
CATALINA PAZO CHIMBO
INTENDENTE GENERAL TÉCNICO
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 318 del Libro I del Código Orgánico Monetario y Financiero establece: “Cierre
de la liquidación. Concluido el proceso de liquidación, el liquidador efectuará la
conciliación de cuentas y cierre contable del balance de liquidación, así como el informe
final de la liquidación, los cuales serán presentados al organismo de control y dados a
conocer a los accionistas y/o socios pendientes de pago, de conformidad con las normas que
expida el organismo de control.-Al cierre de la liquidación el organismo de control
dispondrá la extinción de la entidad y excluirá a la entidad financiera del Catastro Público”;
Que, la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, emitida por
la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, en su Libro I: “Sistema monetario
y financiero”, Título II “Sistema financiero nacional”, Capítulo XXXVII: “Sector financiero
popular y solidario”, Sección XIII: “Norma que regula las liquidaciones de las entidades del
sector financiero popular y solidario, sujetas al control de la Superintendencia de Economía
Popular y Solidaria”, en la Subsección IV “CONCLUSIÓN DE LA LIQUIDACIÓN”, en el
artículo 278 (FUENTE: FIEL WEB A la fecha), dispone: “Concluido el proceso de
liquidación, el liquidador efectuará la conciliación de cuentas y cierre contable del balance
de liquidación, así como el informe final de la liquidación, los cuales serán presentados a la
Superintendencia de Economía Popular y Solidaria y dados a conocer a los socios
pendientes de pago, de conformidad con las normas que expida el organismo de control.-
No se concluirá el proceso de liquidación sin que previamente se haya presentado el informe
final de liquidación, con el contenido y documentación habilitante que disponga el
organismo de control. Al cierre de la liquidación la Superintendencia de Economía Popular
y Solidaria dispondrá la extinción de la entidad y la excluirá del Catastro Público.-
Asimismo, el liquidador presentará el informe final de la liquidación a la COSEDE”;
Que, el artículo 17 del Reglamento General de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria
señala: “La Superintendencia, una vez que apruebe el informe final del liquidador,
dispondrá la cancelación del registro de la organización, declarándola extinguida de pleno
derecho y notificando del particular al Ministerio encargado de la inclusión económica y
social, para que, igualmente, cancele su registro en esa entidad";
Que, la Norma de Control para el Cierre de la Liquidación y Extinción de las Entidades del Sector
Financiero Popular y Solidario bajo control de la Superintendencia de Economía Popular y
Solidaria, expedida mediante Resolución No. SEPS-IGT-INFMR-INGINT-2021-0098, de
26 de marzo de 2021, en su artículo 3 dispone: “Inicio del cierre de la liquidación.-
Concluido el proceso de liquidación, el liquidador efectuará la conciliación de cuentas, el
cierre contable del balance de la liquidación y el informe final de la liquidación, para ser
remitidos a este Organismo de Control y dados a conocer a los socios pendientes de pago.
Al informe final de la liquidación se anexará el balance final debidamente suscrito; y, el
acta de carencia de patrimonio, de ser el caso”;
Que, el artículo 8 de la Norma antes indicada señala:Resolución de cierre del proceso de
liquidación y extinción de la entidad.-Una vez presentado ante el organismo de control el
informe final de liquidación por parte del liquidador, el Superintendente de Economía

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR