Acuerdos 000166. Suprímese la Coordinación Zonal N° 5, domiciliada en la ciudad de Milagro

Número de Boletín929
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
Fecha de la disposición12 de Diciembre de 2016

EL MINISTRO DE RELACIONES

EXTERIORES Y MOVILIDAD HUMANA

Considerando:

Que, la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 154 prescribe: "A las ministras y ministros de Estado, además de las atribuciones establecidas en la ley, les corresponde: 1) Ejercer la rectoría de las políticas públicas del área a su cargo y expedir los acuerdos y resoluciones administrativas que requiera su gestión.";

Que, la Constitución de la República del Ecuador en el artículo 227 determina: "La administración pública constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquía, desconcentración, descentralización, coordinación, participación, planificación, transparencia y evaluación.";

Que, el artículo 277 de la Constitución de la República establece que para la consecución del buen vivir, serán deberes generales del Estado: "4. Producir bienes, crear y mantener infraestructura y proveer servicios públicos.";

Que, el segundo inciso del artículo 314 de la Constitución de la República dispone que: "El Estado garantizará que los servicios públicos y su provisión respondan a los principios de obligatoriedad, generalidad, uniformidad, eficiencia, responsabilidad, universalidad, accesibilidad, regularidad, continuidad y calidad (...)";

Que, el numeral 6 del artículo 5 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas establece que en el funcionamiento de los sistemas de planificación y de finanzas públicas se establecerán los mecanismos de descentralización y desconcentración pertinentes, que permitan una gestión eficiente y cercana a la población;

Que, el artículo 7 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior determina: "El Ministro de Relaciones Exteriores...

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