Acuerdos 031-2016. Suprímese el puesto de Viceministro de Políticas y Servicio de Comercio Exterior

Número de Boletín835
SecciónAcuerdos
EmisorMinisterio de Comercio Exterior
Fecha de la disposición29 de Julio de 2016

EL MINISTRO DE COMERCIO EXTERIOR

Considerando:

Que, el artículo 313 de la Constitución de la República de Ecuador establece que el Estado se reserva el derecho de administrar, regular, controlar y gestionar los sectores estratégicos de conformidad con los principios de sostenibilidad ambiental, precaución, prevención y eficiencia;

Que, el artículo 40 de la Ley de Modernización del Estado, Privatizaciones y Prestaciones de Servicios Públicos por parte de la Iniciativa Privada; determina que es competencia exclusiva del Ejecutivo la regulación de la estructura, funcionamiento, y procedimientos de todas sus dependencias y órganos administrativos;

Que, el artículo 10 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo de la Función Ejecutiva establece: "Todos los órganos y autoridades de la Administración Pública Central que conforman la Función Ejecutiva se hallan sometidos a la jerarquía del Presidente de la República y a la de los respectivos ministros de Estado.";

Que, Mediante Decreto Ejecutivo No. 25, publicado en el Suplemento al Registro Oficial No. 19 del 20 de junio de 2013, se crea el Ministerio de Comercio Exterior, organismo rector de la política de comercio exterior e inversiones, el cual está encargado de formular, planificar, dirigir, gestionar y coordinar la política de comercio exterior, la promoción comercial, la atracción de inversiones, las negociaciones comerciales bilaterales y multilaterales, la regulación de importaciones y la sustitución selectiva y estratégica de importaciones.

Que, mediante Acuerdo Ministerial N.º 012, publicado en el Registro Oficial N.º 291 del 23 de marzo de 2015, se expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Ministerio de Comercio Exterior;

Que, mediante Decreto Ejecutivo N.º 1121 del 18 de julio de 2016 el Presidente Constitucional de la República dispuso:

"Las instituciones que cuenten con menos de mil servidores públicos, incluido el personal bajo...

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