Trata de seres humanos y tráfico de inmigrantes en los albores del siglo XXI
Autor | Claudia Storini |
Cargo | Investigadora del Programa Juan de la Cierva, Valencia, España |
Páginas | 175-198 |
FORO
revista
de
derecho, No.
5,
UASB-Ecuador
ICEN
• Quito, 2006
Trata
de
seres
humanos
y tráfico
de
inmigrantes
en
los
albores del
siglo
XXI*
Claudia Storini**
Esta
investigación analiza con detalle la evolución conceptual y la heterogenei-
dad de definiciones entre dos tipos principales de tráfico de personas, esto
es,
la
trata para
la
explotación de
seres
humanos y
el
tráfico de migrantes. Conjunta-
mente
se
estudia el desarrollo de
la
cooperación internacional de
la
acción
su-
pranacional y nacional
en
materia de lucha contra el tráfico de personas,
se
des-
criben los aspectos
más
significativos y
se
analizan los obstáculos que la limitan
o frenan, con el fin de vislumbrar instrumentos analíticos útiles para superarlos,
como, por ejemplo,
en
el
caso de la trata, los incluidos en el Convenio del Con-
sejo de Europa, abierto a
la
firma
el
16 de mayo de 2005.
JI
--------------------------------FORO
LA
DISTINCIÓN ENTRE TRATA DE
SERES HUMANOS Y TRÁFICO
DE
MIGRANTES
En un período de menos de diez años, la lucha contra las diversas formas de trá-
fico de personas se ha impuesto como una importante prioridad para la coope-
ración internacional en diversos niveles, así como para la acción de las principales
organizaciones internacionales y supranacionales, ya sea a nivel mundial (Naciones
Unidas), o regional (en particular en el marco de la Unión Europea). Así, en pocos
años,
se
ha afirmado en el debate internacional una temática, que aún no siendo no-
vedosa, asume una relevancia política inédita.
Las causas y las dinámicas internas de este proceso, bastante complejas e intere-
santes, merecerían un estudio a parte. Diversos aspectos concurren, de hecho, para
hacer de la lucha contra el tráfico de personas un caso emblemático del modo en que
se desarrollan los procesos político-decisionales internacionales, en una época de
* Esta investigación ha sido realizada en el marco del Proyecto I+D de la Generalidad Valenciana GV 2005-205:
"Inmigración y nuevas formas de esclavitud en el S. XXI: La trata de seres humanos".
**
Investigadora del Programa Juan de la Cierva, Valencia, España.
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Claudia
Sforini
creciente internacionalizaciónl globalización económica y cultural. En el terreno es-
pecífico de la lucha contra el tráfico se han reflejado con particular evidencia trans-
formaciones de carácter más general, como: las profundas y rápidas mutaciones en
curso en la percepción de la seguridad internacional; el papel cada vez más signifi-
cativo de las ONG y de los medios de comunicación en la construcción de los temas;
la erosión de la soberanía nacional también en campos de la política tradicionalmen-
te sustraídos a los procesos de coordinación, convergencia y armonización a escala
internacional.
1
Este no es, sin embargo, el objeto de esta parte del trabajo. En las páginas que si-
guen habrá que concentrarse en los desarrollos concretos de la cooperación interna-
cional y de la acción supranacional
en
materia de lucha contra el tráfico de personas,
describiendo los aspectos más significativos e intentando enfocar los mayores obstá-
culos encontrados, que limitan o frenan tal cooperación. La perspectiva adoptada no
es por tanto de tipo puramente interpretativo; se trata por el contrario de un intento
de reconstrucción con el fin de poner de relieve los principales problemas surgidos y
de sugerir algunos instrumentos analíticos útiles para superarlos. Se examinarán los
problemas conexos a la definición del fenómeno con fines prescriptivos, es decir, con
la finalidad de una intervención reguladora por parte de sujetos institucionales nacio-
nales o supranacionales.
La premisa necesaria, que se desarrollará en los párrafos que siguen, está dada en
considerar que cualquier intervención reguladora, de carácter preventivo, o represi-
vo, frente a fenómenos sociales nuevos, o que se presentan con características nue-
vas, supone que sea dada previamente una definición del fenómeno en cuestión. Es
decir, la trata y el tráfico de migrantes.
Podrá tratarse de una definición genérica o detallada, rígida o flexible, pero algu-
na forma de definición es lógicamente indispensable para intervenir sobre el fenóme-
no mismo. Es evidente que la definición del fenómeno no es nunca neutral, sino, al
contrario, siempre funcional a los objetivos reguladores del sujeto decisorio. Asimis-
mo, en el caso de procesos decisionales complejos, como aquellos que tienen lugar a
nivel internacional, la definición misma del fenómeno por regular es a menudo ma-
teria de confrontación, objeto de negociaciones y de compromisos.
Desde este punto de vista, la trata de personas y el tráfico de migran tes no son una
excepción. La definición del fenómeno con fines preventivos y represivos constitu-
ye objeto de encendidos debates, tanto a nivel nacional, en los diversos países impli-
cados, como a nivel internacional, en el seno de las instituciones supranacionales. El
análisis de los términos fundamentales de este debate es útil en cuanto permite enfo-
1.
U. Beck,
La
sociedad del riesgo global, Madrid, Siglo XXI, 2002.
FORO 176
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