Sentencias. 7-17-IN y acumulados/22 En el Caso No. 7-17-IN y acumulados Deséchense las acciones públicas de inconstitucionalidad No. 2-17-IN, 7-17-IN; y, 9-17-IN.

Número de Boletín27
SecciónSentencias
EmisorCorte Constitucional del Ecuador
Miércoles 6 de abril de 2022 Edición Constitucional Nº 27 - Registro Ocial
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Sentencia No. 7-17-IN y acumulados/22
Jueza ponente: Teresa Nuques Martínez
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Quito: José Tamayo E10-25 y Lizardo García. Tel.(593-2) 394-1800
www.corteconstitucional.gob.ec G uayaquil: Calle Pichincha y Av. 9 de Octubre. Edif. Banco Pichincha 6to piso
email: comunicacion@cce.gob.ec
Quito, D. M., 27 de enero de 2022.
CASO No. 7-17-IN y acumulados
EL PLENO DE LA CORTE CONSTITUCIONAL DEL ECUADOR EN
EJERCICIO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES Y LEGALES,
EMITE LA SIGUIENTE
SENTENCIA
Tema : La Corte analiza la constitucionalidad por el fondo y por la forma de la Ley de
Extinción de las Universidades y Escuelas Politécnicas suspendidas por el Consejo de
Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior
(CEAACES) y Mecanismos para asegurar la eficiencia en la distribución y uso de
recursos públicos en el Sistema de Educación Superior y de las disposiciones
reformatorias a la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), contendidas en la
referida ley, contrastándola con el derecho a la autonomía universitaria, a la
prohibición de confiscación. Luego del examen correspondiente, el Organismo
desecha las demandas presentadas.
I. ANTECEDENTES PROCESALES
A. Causa No. 2-17-IN
1. El 11 de enero de 2017, la Universidad Andina Simón Bolívar, (en adelante
universidad accionante”) presentó una demanda de acción pública de
inconstitucionalidad, por razones de forma y fondo, en contra de los artículos 1, 4, 6,
7 y 8 de las disposiciones reformatorias a la Ley Orgánica de Educación Superior
(LOES) que constan en la Ley de Extinción de las Universidades y Escuelas
Politécnicas suspendidas por el Consejo de Evaluación, Acreditación y
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) y Mecanismos
para asegurar la eficiencia en la distribución y uso de recursos públicos en el Sistema
de Educación Superior, (en adelante “disposiciones reformatorias”).
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La causa fue
signada bajo el número 2-17-IN.
2. El 6 de junio de 2017, la Sala de Admisión conformada por los jueces
constitucionales Pamela Martínez Loayza, Ruth Seni Pinargote y Manuel Viteri
Olvera, admitió a trámite la causa No. 2-17-IN.
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Publicada en el Registro Oficial Suplemento 913 de 30 de diciembre de 2016.
Miércoles 6 de abril de 2022Edición Constitucional Nº 27 - Registro Ocial
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Sentencia No. 7-17-IN y acumulados/22
Jueza ponente: Teresa Nuques Martínez
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B. Causa No. 7-17-IN
3. El 31 de enero de 2017, los señores Jorge Cristóbal Montero Rodríguez, ex rector y
acreedor de la Escuela Superior Politécnica Ecológica Profesor “Servio Tulio
Montero Ludeña”; Víctor Armando Estrada Avilés, director ejecutivo de la
Corporación Ecológica “CEI” ex promotor de la Escuela Superior Politécnica
Ecológica Amazónica “ESPEA”; y, Francisco Honorato Zea Zamora, ex rector de la
Universidad Técnica Particular de Ciencias Ambientales “José Peralta” (en adelante
“los accionantes”), presentaron una demanda de acción pública de
inconstitucionalidad, por razones de forma y fondo, en contra de la Ley de Extinción
de las Universidades y Escuelas Politécnicas suspendidas por el Consejo de
Evaluación, Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior
(CEAACES) y Mecanismos para asegurar la eficiencia en la distribución y uso de
recursos públicos en el Sistema de Educación Superior, “en toda su extensión”,2 (en
adelante “ley demandada”). La causa fue signada bajo el número 7-17-IN.3
4. El 21 de febrero de 2017, la Sala de Admisión, conformada por los jueces
constitucionales Wendy Molina Andrade, Francisco Butiñá Martínez y Alfredo Ruiz
Guzmán, avocó conocimiento de la causa No. 7-17-IN y solicitó a los accionantes
que completen y aclaren su demanda. Los accionantes cumplieron con este
requerimiento el 6 de marzo de 2017.
5. El 6 de junio de 2017, la Sala de Admisión conformada por los jueces
constitucionales Pamela Martínez Loayza, Ruth Seni Pinargote y Manuel Viteri
Olvera, admitió a trámite la causa No. 7-17-IN.
6. De conformidad con el sorteo efectuado por el Pleno de la Corte Constitucional en
sesión del 9 de julio de 2019, la sustanciación de la presente causa correspondió a la
jueza constitucional Teresa Nuques Martínez, quien, mediante providencia del 27 de
diciembre de 2021, avocó conocimiento.
C. Causa No. 9-17-IN
7. El 7 de febrero de 2017, el señor Juan Sebastián Segovia Miño presentó una
demanda de acción pública de inconstitucionalidad, por razones de fondo, en contra
de los artículos 1, 4, 6, 7 y 8 de las disposiciones reformatorias a la Ley Orgánica de
Educación Superior (LOES) que constan Ley de Extinción de las Universidades y
2 Expe diente const itucion al. Foja 6.
3 En la causa se presentaron varios escritos de amici curiae (pág. 551-752 del expediente constit ucional),
dirigidos a solicitar a la Corte Constitucional la declaratoria de inconstitucionalidad de la Ley de
Extinción de las Universidades y Escuelas Politécnicas suspendidas por el Consejo de Evaluación ,
Acreditación y Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) y Mecanismos para
asegurar la eficiencia en la distribución y uso de recursos públicos e n el Sistema de Educación Superior,
con el objeto de que se reabran las instituciones cerradas a través de la referida ley, de manera especial, la
Escuela Superior Politécnica Ecológica Amazónica, ESPEA.
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Jueza ponente: Teresa Nuques Martínez
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Escuelas Politécnicas suspendidas por el Consejo de Evaluación, Acreditación y
Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior (CEAACES) y Mecanismos
para asegurar la eficiencia en la distribución y uso de recursos públicos en el Sistema
de Educación Superior. La causa fue signada bajo el número 9-17-IN.
8. El 13 de junio de 2017, la Sala de Admisión conformada por los jueces
constitucionales Pamela Martínez Loayza, Ruth Seni Pinargote y Manuel Viteri
Olvera, admitió a trámite la causa No. 9-17-IN.
9. El 5 de febrero de 2019 fueron posesionados ante el Pleno de la Asamblea Nacional,
las juezas y jueces constitucionales Hernán Salgado Pesantes, Teresa Nuques
Martínez, Agustín Grijalva Jiménez, Ramiro Ávila Santamaría, Alí Lozada Prado,
Daniela Salazar Marín, Enrique Herrería Bonnet, Carmen Corral Ponce y Karla
Andrade Quevedo.
10. El 29 de septiembre de 2021, en sesión ordinaria, el pleno de la Corte Constitucional
aprobó la acumulación de las causas No. 2-17-IN y 9-17-IN a la causa No. 7-17-IN
de ponencia de la jueza constitucional Teresa Nuques Martínez.
11. El 7 de enero de 2022, se llevó a cabo la audiencia dentro del caso No. 7-17-IN y
acumulados, a la que comparecieron los accionantes de la causa No. 2-17-IN y 7-17-
IN; sin embargo, no se contó con la presencia del accionante de la causa No. 9-17-
IN, pese a haber sido debidamente notificado, a través del auto de fecha 27 de
diciembre de 2021. Asimismo, en la referida audiencia, intervinieron: la Asamblea
Nacional, la Procuraduría General del Estado, la delegada de la Presidencia de la
República; y, los respectivos amici curiae.
II. COMPETENCIA
12. El Pleno de la Corte Constitucional es competente para conocer y resolver las
acciones públicas de inconstitucionalidad, de conformidad con lo previsto en el
artículo 436 numerales 2, 3 y 4 de la Constitución de la República CRE-; artículos
Constitucionales -LOGJCC- y en el artículo 77 de la Codificación del Reglamento de
Sustanciación de Procesos de Competencia de la Corte Constitucional -CRSCC-.
III. NORMAS IMPUGNADAS
A. Causas No. 2-17-IN y 9-17-IN
13. Las disposiciones reformatorias impugnadas en estas causas son: el artículo 1 que
sustituye el artículo 24 de la LOES; el artículo 4 que sustituye el literal “w” del
artículo 169 de la LOES; el artículo 6 que sustituye el primer inciso de la Disposición
General Séptima de la LOES; el artículo 7 que incluye la Disposición General
Décimo Segunda; y, el artículo 8 que incluye la Disposición Transitoria Vigésima

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